Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1999 (13/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 13 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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1.3

1.4

1.5

1.6 1.7 1.8

con el personal aeronautico y el programa de instruccion requerido; y con una infraestructura y un programa de mantenimiento acordes con la naturaleza y la amplitud de las operaciones especificadas. Previa a la obtencion del Certificado de Explotador el solicitante podra acceder a un Permiso de Operacion para los fines que MORDAZA pertinentes, con arreglo a Ley. Otorgado el Certificado de Explotador, y por tanto verificadas y acreditadas las capacidades financiera, legal y tecnica del Operador, el solicitante habra completado los requisitos para iniciar sus operaciones aereas. Los Operadores bajo RAPs 135 o 121, que ya cuentan con Permiso de Operacion, o que deseen renovarlo o modificarlo y que estan sin haber sido aun certificados, estan obligados a incorporarse a un MORDAZA de Certificacion y a adecuar sus manuales de Operaciones y de Mantenimiento, a las normas de fondo y de forma contenidas en esta Guia. Los Permisos de Operacion o Permisos de Vuelo de los Operadores que, luego de ingresar al MORDAZA de Certificacion, no califiquen para el Certificado de Explotador, quedaran automaticamente sin efecto, y la Direccion General de Transporte Aereo ejecutara la garantia requerida para el cumplimiento de las obligaciones. Los Operadores bajo RAP's 91, 133 o 137, es decir que no realizan operaciones de transporte aereo comercial, no requieren ser certificados, y solamente deberan cumplir con los requisitos establecidos para acceder a un Permiso de Operacion. El Certificado de Explotador de Servicios Aereos tiene una vigencia indefinida (salvo modificacion, suspension, revocacion o cancelacion por razones plenamente justificadas), mientras que el Permiso de Operacion tiene una vigencia establecida en la respectiva Resolucion. Los contenidos de los manuales y documentos, y el MORDAZA para acceder a un Certificado de Explotador y a un Permiso de Operacion, estan detallados en la presente GUIA DEL USUARIO.

MORDAZA de detallar los documentos y el MORDAZA en si, confrontemos primero el MORDAZA de Servicio Aereo que quiere Ud. realizar de acuerdo con las RAPs...

2.

CORRESPONDENCIA ENTRE LOS RAPs Y LOS SERVICIOS AEREOS 2.1 OPERACION BAJO RAP 121.Ej: AEROPERU, TAA.

Servicios de paga de Transporte Aereo Nacional/ Internacional, Regular/No Regular, con una o mas Aeronaves con un peso de carga paga mayor a 3,400 Kgs., o configurada para mas de 30 asientos de pasajeros. 2.2 OPERACION BAJO RAP 129.-

Servicios de Transporte Aereo Internacional Regular/ No Regular, de Operadores constituidos y registrados en el extranjero, u Operadores en el extranjero con aeronaves de matricula peruana. 2.3 OPERACION BAJO RAP 135.-

Ej: KLM, IBERIA.

Servicios de paga de Transporte Aereo Nacional/ Internacional, Regular/No Regular; con una o mas aeronaves, ya MORDAZA MORDAZA o pequenas, con un peso de carga paga que no exceda de 3,400 kgs. o de 30 asientos de pasajeros. Servicios Aereos Especiales Remunerados Turisticos (turistico). 2.4 OPERACION BAJO RAP 91.-

Ej: ATSA

(no regular);

Ej: AERONAZCA

Servicios Aereos Especiales Remunerados Comerciales (No Transporte Aereo) Servicios Aereos Especiales Complementarios (Privados, Civicos, Instruccion, Propaganda, Deportivos, Cientificos, Particulares). 2.5 OPERACION BAJO RAP 137.-

Ej: PROSP. PESQ. Ej: PESCAPERU ILV

(comercial) (privado); (civico).

Servicios Aereos Especiales de Fumigacion. 2.6 OPERACION BAJO RAP 133.-

Servicios Aereos Especiales con carga externa en helicopteros. ¿Aun no esta claro?...Veamos si aclaramos algunas de sus dudas...

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