Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1999 (13/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de febrero de 1999

Aunque las fases de conformidad de los documentos y las fases de demostracion e inspeccion se encuentran discutidas por separado en esta Guia, en la practica, estas fases son efectuadas simultaneamente. La siguiente es una lista de ejemplos de tipos de items, equipos, facilidades y actividades evaluadas durante la fase de demostracion e inspeccion: a) Verificacion del programa de entrenamiento (aula, simuladores, avion y personal de mantenimiento) b) Calificacion y/o Chequeo de los tripulantes y personal de operaciones c) Facilidades de Estacion (equipamiento, instalaciones, procedimientos y personal) d) Procedimientos de archivos (documentos de entrenamiento, tiempos de servicio y vuelo, documentacion de vuelo) e) Control de vuelo (capacidad de despacho o de seguimiento del vuelo) f) Programas de mantenimiento e inspeccion (procedimientos y archivos) g) Facilidades de mantenimiento (personal, instalaciones, procedimientos, informacion tecnica, partes de repuesto, equipos, combustible, etc.) h) Avion (certificado de aeronavegabilidad, registros de mantenimiento, etc.) i) MEL's y CDL's (procedimientos de uso, si fuese aplicable) j) Programa de peso y balance (procedimientos, precision y control) k) Demostracion de evacuacion de emergencia de los pasajeros, no aplicable a la RAP 135 (demostracion en despegue abortado, en aterrizaje de emergencia y en amaraje segun corresponda) l) Pruebas del avion. Incluye simulacro de un segmento cualquiera de las operaciones para demostrar la habilidad de operar cumpliendo con la RAP aplicable (no aplicable a algunas operaciones pequenas de la RAP 135). 4.5.E) FASE DE CERTIFICACION Una vez que la fase de conformidad de documentos y la de demostracion e inspeccion hayan sido completadas en forma satisfactoria, y que el JPC cuente con los respectivos informes emitidos por el personal competente de la DGTA, acreditando Capacidad Financiera y Legal, el JPC preparara el Certificado de Explotador de Servicios Aereos y procedera a aprobar las Especificaciones de Operacion. Este ultimo documento contiene las autorizaciones, limitaciones y provisiones especificas para la operacion del solicitante. El Permiso de Operacion, el Certificado de Explotador y las Especificaciones de Operacion, en su conjunto, completan los requisitos establecidos por las normas legales para que el solicitante inicie sus operaciones aereas. Las rutas y frecuencias internacionales para transporte de pasajeros autorizados mediante Permiso de Operacion, que no MORDAZA utilizadas durante noventa (90) dias consecutivos, contados desde el dia siguiente a la fecha de otorgamiento del Certificado de Explotador, quedaran automaticamente canceladas y modificado en tal sentido el respectivo Permiso. 5. DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA CERTIFICACION ACLARACIONES PREVIAS 5.1 Si Ud. piensa realizar varios tipos de Servicios Aereos regidos bajo RAP 121 y RAP 135, la documentacion y los manuales que debe poseer y presentar deben estar regidos por el RAP mas restrictivo; en el caso del ejemplo: el RAP 121. Si este fuera su caso, deberia regirse por los "Requisitos para Intento de Certificacion bajo RAP 121". Otra aclaracion. Los Manuales y la documentacion requerida para cada caso, debera presentarlos en archivos separados e identificados desde la A hasta la E, segun corresponda, tal como esta detallado en los requisitos respectivos, los mismos que seran distribuidos de la siguiente manera: Archivo A: Archivo B: Archivo C: Archivo D: Archivo E: 5.3 Direccion Tecnica de la DGTA Direccion de Asesoria Legal Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico Sub-Direccion de Operaciones Sub-Direccion de Aeronavegabilidad

5.2

La codificacion establecida para los manuales debe ser respetada estrictamente y marcada en las tapas, lomos, titulos y separadores de capitulos respectivos. ACCESO AL PERMISO DE OPERACION Previo o durante el MORDAZA de obtencion del Certificado de Explotador, el solicitante podra aplicar para un Permiso de Operacion cumpliendo con los requisitos establecidos por la Ley 26917 y por la Ley 24882, que a continuacion se indican: 5.4.1 Para la prestacion de servicios de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo (mixto), asi como de carga exclusiva: 5.4.1.1 Declaracion Jurada en la que se senalara expresamente (anexo 7):

5.4

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