Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 1999 (26/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 26 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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se en la MORDAZA de Palm Springs, Estados Unidos de MORDAZA, asi como a la MORDAZA de Toronto, Canada, de acuerdo con el primer considerando de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de las personas MORDAZA mencionadas seran asumidos por la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., de acuerdo con el siguiente detalle: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Inscripcion al Evento Tarifa CORPAC : : : : US$ 2,231.00 US$ 1,760.00 US$ 825.00 US$ 25.00

Sr. MORDAZA MORDAZA Gandarillas Pasajes Viaticos Inscripcion al Evento Tarifa CORPAC : : : : US$ 2,231.00 US$ 1,760.00 US$ 825.00 US$ 25.00

Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su denominacion o clase. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 2696

Que por Resolucion Ministerial Nº 537-98-PE de fecha 30 de octubre de 1998, se dispuso que podran ser exceptuados de la prohibicion establecida en la resolucion a que se hace referencia en el considerando precedente, los armadores de embarcaciones pesqueras de arrastre de mayor escala con permiso de pesca para el recurso merluza, que cuenten con redes de arrastre con tamano minimo de malla del copo de 110 mm. y dispongan de cables de arrastre que permitan pescar a profundidades mayores a 200 metros; Que por Resolucion Ministerial Nº 039-99-PE de fecha 29 de enero de 1999, se amplio el periodo de vigencia de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 486-98-PE, 523-98-PE y 537-98-PE hasta el 28 de febrero de 1999; Que mediante el Oficio Nº DE-100-042-99-PE/IMP de fecha 4 de febrero de 1999, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, alcanza el informe tecnico "Situacion de la Pesqueria de merluza, Merluccius gayi peruanus en enero de 1999", en el cual da a conocer los resultados del seguimiento de la pesqueria de merluza, indicando que los desembarques de dicho recurso se caracterizaron por presentar altos porcentajes de ejemplares juveniles de tallas menores de 35 cm., recomendando mantener la vigencia de las resoluciones a que se hace referencia en el considerando precedente; Que de acuerdo a la informacion consignada en los reportes diarios del mes de febrero de 1999, sobre seguimiento de la pesqueria del recurso merluza, alcanzados por el IMARPE, aun se mantienen las condiciones que dieron origen a la expedicion de las resoluciones a que se hace referencia en los considerandos precedentes, por lo que es necesario prorrogar su vigencia a fin de lograr la preservacion y explotacion racional del recurso merluza; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el periodo de vigencia de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 486-98-PE, 523-98-PE y 537-98-PE hasta el 30 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extraccion y Procesamiento Pesquero y las Direcciones Regionales de Pesqueria, en el ambito jurisdiccional de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Los armadores pesqueros que incumplan las disposiciones contenidas en la presente resolucion seran sancionados de conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, su reglamento, el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso Merluza, la Resolucion Ministerial Nº 527-98-PE y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 4º.- La presente resolucion entra en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 2643

Amplian periodo de vigencia de las RR.MM. Nºs. 486, 523 y 537-98-PE, referidas a la extraccion del recurso merluza
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-99-PE MORDAZA, 25 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que por Resolucion Ministerial Nº 486-98-PE de fecha 6 de octubre de 1998, se prohibio a partir de las 00.00 horas del dia 8 de octubre hasta el 31 de diciembre de 1998, las operaciones de pesca a profundidades menores de 70 brazas, de las embarcaciones arrastreras - refrigeradas dedicadas a la extraccion del recurso merluza, a que se refiere el numeral 2.2.1 del Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del Recurso Merluza aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 523-98-PE de fecha 21 de octubre de 1998, se prohibio la extraccion del recurso merluza en la MORDAZA comprendida al sur de los 5° L.S. a partir de las 00.00 horas del dia 23 de octubre hasta el 31 de diciembre de 1998;

Amplian plazo para que titulares de establecimientos industriales pesqueros instalen equipos e instrumentos electronicos gravimetricos de precision
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 063-99-PE MORDAZA, 25 de febrero de 1999

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