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Pág. 170275 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de febrero de 1999 Artículo 2º.- Los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento y los que presten servicios de pesaje de recursos hidrobiológicos, quedan obligados ante la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero a entre- gar, conforme se establezca, el certificado otorgado por el INDECOPI o empresas acreditadas por dicho instituto sobre aferición y calibración de los instrumentos de pesaje, los cuales tendrán una validez de hasta 6 meses. Artículo 3º.- La inoperatividad por causa fortuita de los instrumentos de pesaje discontinuo automático, debe- rá ser comunicada de modo inmediato por los titulares de los establecimientos industriales pesqueros o de los servi- cios de pesaje, a la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, así como proceder a su reparación a fin de actualizar la certificación respectiva, de ser el caso. Artículo 4º.- La copia de seguridad de pesaje electrónico por tolva que garantiza la veracidad de los datos, será recabada en las plantas pesqueras o en los servicios de pesaje, según corresponda, por el personal autorizado del Ministerio de Pesquería o de las Direccio- nes Regionales, siempre que esta última le sea delegada expresamente. En caso no ser posible el recojo de la citada copia de seguridad, ésta deberá ser remitida conforme se solicite por la Dirección Nacional de Proce- samiento Pesquero o la Dirección Regional. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 2673 PROMUDEH Aceptan renuncia y designan miembro del Consejo Directivo del INABIF RESOLUCION SUPREMA Nº 039-99-PROMUDEH Lima, 25 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 162-96-PRES, de fecha 14 de agosto de 1996, se designó a don Gonzalo José Cilloniz Benavides, como Miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; Que el mencionado profesional ha presentado renun- cia a la indicada designación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 830, Decre- to Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legisla- tivo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun- cia formulada por don GONZALO JOSE CILLONIZ BENAVIDES, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 2702RESOLUCION SUPREMA Nº 040-99-PROMUDEH Lima, 25 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 830 se aprobó la Ley del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, cuya estructura orgánica considera entre sus Organos de Alta Dirección, al Consejo Directivo; Que es necesario designar a un miembro del referido Consejo Directivo a fin de conformarlo en su integridad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 Decreto Legislativo Nº 830, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a don JOSE ANTONIO NAVARRO MEREA, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienes- tar Familiar - INABIF. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 2703 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades a Embajador para suscribir Convenio para Combatir el Uso Indebido, la Producción y el Tráfi- co Ilícitos de Drogas, entre la Repúbli- ca del Perú y la República de Costa Rica RESOLUCION SUPREMA Nº 074-99-RE Lima, 25 de febrero de 1999 Vistos el Memorándum (DGM-DRO) Nº 057-99, de 15 de febrero de 1999, de la Dirección General de Política Multi- lateral, y la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0401, de 16 de febrero de 1999, del Gabinete de Coordinación del señor Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el "Convenio para Combatir el Uso Indebido, la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas entre la República del Perú y la República de Costa Rica"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Delegar en la persona del señor Alberto Varillas Montenegro, Embajador Extraordinario y Plenipotencia- rio del Perú en la República de Costa Rica, las faculta- des suficientes para suscribir en representación del