Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 8

Pag. 176311

carta fianza de cumplimiento del contrato senalada en la clausula Octava, numeral 8.1. 6.2 El presente fideicomiso entrara en vigencia una vez cumplido el requisito establecido en el parrafo precedente, su duracion no podra ser mayor al plazo de tres (03) anos, a efecto de dar cumplimiento a los fines del mismo y podra extinguirse por cualquiera de las causas previstas en el Articulo 269º de la Ley General. La extension por encima del plazo anterior debera ser autorizada previamente por la Superintendencia. SETIMA: REMUNERACION

FACTORES DE LA CALIFICACION 1. Para el MORDAZA de seleccion de la empresa fiduciaria, el Comite de Evaluacion designado por la Superintendencia debera basarse exclusivamente en los siguientes factores de calificacion: 1.1. Experiencia en arrendamiento financiero. En funcion de la informacion contenida en el numeral 2 del Anexo Nº 3: a) Anos de experiencia b) Estructura de clasificacion de deudores por arrendamiento financiero c) Ratios de calidad de la cartera 1.2. Experiencia en fideicomiso 1.3. Propuesta Economica 10 puntos 20 puntos 20 puntos 10 puntos 40 puntos

7.1 Como contraprestacion por los servicios que brinde la EMPRESA, esta percibira como retribucion mensual una comision del ..............% sobre el valor contable, correspondiente al final del mes, de los activos en fideicomiso; y una comision equivalente al ..........% del valor contable de los activos recuperados durante el mes correspondiente. 7.2 La empresa se MORDAZA pago de la retribucion que le corresponda mediante el cargo correspondiente en las cuentas de la empresa. 7.3 El pago de la indicada remuneracion se MORDAZA efectivo dentro de los primeros cinco (05) dias habiles del mes siguiente, al del cierre anterior, acreditado el cumplimiento de la obligacion prevista en la clausula MORDAZA, numeral 5.2.j). OCTAVA: GARANTIAS

La calificacion de cada factor se realizara de conformidad con lo dispuesto en el numeral VI del Capitulo MORDAZA del presente Reglamento. 9799

RPM
Excluyen diversos derechos mineros de relacion de libre denunciabilidad
RESOLUCION JEFATURAL Nº 185-99-RPM/A MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999

8.1 LA EMPRESA, en garantia del cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del presente contrato, se obliga a entregar una carta fianza de cumplimiento del contrato a favor del BANCO REPUBLICA, por el valor de S/ 1,000,000.00 (Un millon y 00/100 Nuevos Soles), la cual tendra caracter solidario, irrevocable, incondicional y de realizacion automatica. 8.2 El plazo de la carta fianza sera de ........ computado desde .........., en caso de prorrogarse la vigencia del contrato, la fianza debera ser renovada en las condiciones acordadas por las partes. NOVENA: CONFIDENCIALIDAD 9.1 Toda la informacion relacionada con los activos y pasivos transferidos en fideicomiso, no podra ser utilizada por la EMPRESA sin autorizacion previa del BANCO REPUBLICA y/o de la Superintendencia de Banca y Seguros. 9.2 De no cumplir con lo dispuesto en el parrafo anterior, el BANCO REPUBLICA podra dar por resuelto de pleno derecho el presente contrato y ejecutar la fianza bancaria a que se refiere la clausula octava. DECIMA: RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA La EMPRESA, en su calidad de Fiduciaria, respondera ante el BANCO REPUBLICA por los danos y perjuicios que pueda sufrir el patrimonio del Fideicomiso (activos y pasivos), debido al incumplimiento de sus obligaciones contractuales y legales por dolo o culpa grave en que pueda incurrir, conforme a la responsabilidad prevista en el Articulo 259º de la Ley General. DECIMO PRIMERA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS En caso de cualquier controversia, las partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten a los Jueces y Tribunales de la MORDAZA de Lima. DECIMO SEGUNDA: ESTIPULACIONES FINALES 10.1 Para todo lo no establecido en el presente documento, seran de aplicacion las disposiciones contendidas en la Ley General en materia de Fideicomiso, en las normas emitidas por la SUPERINTENDENCIA y en las demas normas legales vigentes. 10.2 El contenido del presente documento podra ser modificado por acuerdo de las partes intervinientes. 10.3 El presente contrato puede ser elevado a Escritura Publica a sola solicitud de una de las partes, en la oportunidad que lo requieran. En senal de conformidad las partes MORDAZA en cuatro ejemplares de igual tenor y valor a los ............ dias del mes de ........ de 1999.

VISTO Y CONSIDERANDO: La relacion de libre denunciabilidad de derechos mineros publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de junio de 1999 y habiendose establecido que los derechos mineros EUROTEK Nº 3 codigo 01-04855-95, MILNE MORDAZA CUATRO codigo 04-00221-96, MORDAZA I codigo 01-0201695, MORDAZA 4 codigo 0700221-96, cuentan con procesos pendientes de resolucion respecto de su vigencia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Excluir de la relacion de derechos mineros declarados de libre denunciabilidad publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de junio de 1999 a los derechos mineros: EUROTEK Nº 3 codigo 01-04855-95, MILNE MORDAZA CUATRO codigo 04-00221-96, MORDAZA I codigo 01-0201695, MORDAZA 4 codigo 0700221-96. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional Registro Publico de Mineria 9809

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Exoneran a trabajadores municipales del pago de derechos por matrimonio civil
ORDENANZA Nº 62-99-MM Miraflores, 21 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Miraflores en Sesion Ordinaria de fecha 20 de MORDAZA de 1999; y,

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