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Pág. 174150 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de junio de 1999 tar el desistimiento de cualquier recurso de reclamación o de apelación que hubiere sido interpuesto, independientemente del estado en que se encuentre. Artículo Quinto.- Autorícese a la Oficina de Rentas al castigo y quiebre de las multas tributarias impuestas corres- pondientes al ejercicio fiscal 1998 y anteriores, de los contribu- yentes que soliciten por escrito acogerse al beneficio de condona- ción tributaria mediante la presente Ordenanza, con cargo a dar cuenta al despacho de Alcaldía. Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumpli- miento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 7717 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan afectación en uso de aporte reglamentario de servicios públicos complementarios a favor de la AATE RESOLUCION Nº 733-99-RASS Santiago de Surco, 31 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Expediente Nº 5339-98, relativo a la solicitud de Afectación en Uso del aporte reglamentario de servicios comple- mentarios destinado a Otros Fines, ubicado en la manzana D-4, tercera etapa, zona B, urbanización prolongación Benavides, distrito de Santiago de Surco, a favor de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (AATE); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-98-PRES de fecha 26.1.98, se deja sin efecto la Resolución Ministerial Nº 023-90-VC- 5600 que dispuso la afectación a favor de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, el área de terreno de 12,211.38 m2, ubicada en la manzana D-4 de la tercera etapa, zona B, de la urbanización prolongación Benavides, distrito de Santiago de Surco; para ser destinado a la construcción de las edificaciones de los servicios complementarios de mantenimiento operativo y administrativo del tren eléctrico; área que constituye aporte reglamentario Otros Fines cuya administra- ción le corresponde a la Municipalidad de Santiago de Surco, razón por la cual deviene en ineficaz e insubsistente; Que, la entidad recurrente con Oficio Nº 035-98-AATE/GG solicita a esta municipalidad la afectación en uso del aporte reglamentario en mención para la construcción del Edificio de Servicios Complementarios de Mantenimiento Operativo y Administrativo del Tren Eléctrico, acompañando planos de ubicación y resumen ejecutivo del proyecto; Que, admitido a trámite y de acuerdo a lo previsto en el Artículo II-VI-3.8 del Reglamento Nacional de Construcciones, concordante con el Artículo 36º, inciso 13) de la Ley Orgánica de Municipalidades, se expide el Acuerdo de Concejo Nº 39-98- ACSS de fecha 28.4.98 autorizando la Afectación en Uso a favor de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléc- trico de Transporte Masivo de Lima Callao - AATE, el terreno de 5,169.90 m2 que constituye aporte reglamentario Otros Fines, ubicado en la manzana D-4 de la tercera etapa, Zona B, urbaniza- ción prolongación Benavides, para la construcción de sus insta- laciones operativas y sede administrativa, otorgándole para tal efecto un plazo de 5 años, caso contrario revertirá a la Munici- palidad y autorizando al señor Alcalde para que expida la Resolución de Alcaldía de acuerdo a ley; Que, el aporte reglamentario Otros Fines, materia de Afec- tación en Uso, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 1328881 del Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre de la Municipali- dad de Santiago de Surco; Que, con Oficio Nº 17-98-AATE/GG la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima - Callao, manifiesta que en virtud de la Resolución Ministerial Nº 023-90-VC-5600 presentaron su proyecto a laMunicipalidad con Expediente Nº 762-96, obteniendo la Licen- cia de Construcción para el cerco perimétrico del terreno y un ambiente de guardianía; cuenta con instalación de seguridad y sanitaria para personal de seguridad; Que, la Dirección de Desarrollo Urbano ha emitido el Informe Técnico Nº 087-98-OC-SDOPRIV de fecha 4.12.98, indicando que efectuada la revisión de los documentos técnicos, procede la visación conforme de los planos de Ubicación o Localización y Perimétrico; así como la Memoria Descriptiva del terreno materia de afectación en uso, con un área de 5,169.90 m2 calificado como aporte reglamentario de servicios públicos complementarios destinado a Otros Fines, denomi- nado sublote "B", ubicado en la manzana D-4, tercera etapa, zona B, urbanización prolongación Benavides, distrito de Santiago de Surco, con linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el Frente: en línea curva con la pista de servicio de la avenida Santiago de Surco (antes Tomás Marsano) con 119.15 m2. Por la Izquierda: con el sublote "A", en línea quebrada de dos tramos, el primero 14.75 m.l. y el segundo de 58.80 m.l. Por el Fondo: con la Calle 1 en línea recta de 95.00 m.l. Los planos de ubicación, perimétrico y memoria descriptiva, forman parte integrante de la presente Resolución; Que, en el área de 5,169.90 m2, la beneficiaria de la afecta- ción en uso se obliga a ejecutar obras de edificación de sus instalaciones operativas y sede administrativa, según proyecto contenido en el Plano 1 A, que corre adjunto a la presente Resolución; edificación que deberá realizarse en el plazo máxi- mo de 5 años, bajo apercibimiento de caducidad y reversión a favor de la Municipalidad, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 24º, inciso c) del Decreto Supremo Nº 004-85-VC; Que, el plazo de 5 años se computará al día siguiente de publicada la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Reglamento Nacional de Construc- ciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-70-VI, De- creto Supremo Nº 004-85-VC Reglamento de Adjudicación de terrenos fiscales para fines urbanos y su modificatoria Decreto Supremo Nº 004-86-VC; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la Afectación en Uso del aporte reglamentario de servicios públicos complementarios destinado a Otros Fines, con un área de 5,169.90 m2, denomina- do sublote "B", ubicado en la manzana D-4 tercera etapa, zona B de la urbanización prolongación Benavides, a favor de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, para que lo destine a la edificación de las instalaciones operativas y sede administrativa, según Plano de Ubicación - Perimétrico y Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Otorgar el plazo de 5 años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, para que cumpla con ejecutar las obras descritas en el artículo precedente, bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la afectación en uso y consiguiente reversión a la Municipalidad de Santiago de Surco, de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- La beneficiaria de la Afectación en Uso, deberá tramitar la correspondiente licencia de construcción para ejecutar las obras de edificación de las instalaciones opera- tivas y sede administrativa, de acuerdo al proyecto contenido en el Plano 1 A y requisitos previstos en el TUPA. Artículo Cuarto.- Autorizar la suscripción de la Minuta de Afectación en Uso del aporte reglamentario Otros Fines con 5,169.90 m2 denominado sublote "B" e independización del área matriz de 12,211.38 m2, quedando el área remanente con 7,041.48 m2, denomi- nado sublote "A", bajo la administración de la Municipalidad de Santiago de Surco, en calidad de receptora de dicho aporte. Suscrita la Minuta será elevada a Escritura Pública e inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima a favor de la beneficiaria, quien deberá sufragar los gastos que irroguen dichos trámites. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Asesoría Jurídica la elaboración de la Minuta de Afectación en Uso e Independización, su elevación a Escritura Pública e Inscripción Registral. Artículo Sexto.- Disponer que la Oficina de Asesoría Jurí- dica conjuntamente con la Dirección de Desarrollo Urbano, en uso de sus funciones, cautelen el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, bajo responsabilidad. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Octavo.- Disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la beneficiaria de la afectación en uso. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Tte. Alcalde Encargado de la Alcaldía 7637