Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 1999 (12/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 174148

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de junio de 1999

En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ORDENA: Articulo 1º.- DECLARAR la inaplicabilidad de la Ordenanza Nº 210 de fecha 29 de diciembre de 1998 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente ordenanza. Articulo 2º.- DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA certificada de la presente Ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Congreso de la Republica, a la Defensoria del Pueblo, a la Contraloria General de la Republica y al INDECOPI. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a todas las dependencias administrativas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Dispensado del tramite de aprobacion del Acta. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 7672

Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 7680

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-99-MDCH Chorrillos, 10 de junio de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, es potestad de las Municipalidades el embanderamiento en el distrito de Chorrillos, conforme lo dispone el Articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; Que, el proximo 29 de junio se conmemora el Centesimo Septuagesimo MORDAZA Aniversario de la Inmolacion del MORDAZA de nuestra Independencia Nacional don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balandra; Que, esta Municipalidad ha dispuesto la celebracion de la tradicional "SEMANA CHORRILLANA" a conmemorarse del 20 al 29 de junio del presente ano; Que, siendo de caracter central el homenaje al heroe de la Independencia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balandra, constituye disponer obligatoriamente el embanderamiento general en todo el distrito de Chorrillos; y, En ejercicio de las acciones conferidas al MORDAZA conforme al Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE DECRETO: Articulo Primero.- DECLARAR el embanderamiento general en el distrito de Chorrillos, desde el 20 al 29 de junio, al celebrarse el 176º Aniversario de la Inmolacion del MORDAZA de nuestra Independencia Nacional don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balandra. Articulo Segundo.- El incumplimiento del presente decreto MORDAZA lugar a las sanciones previstas en las normas legales vigentes. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal; Division de Seguridad Ciudadana, Policia Municipal y Defensa Civil; Participacion Vecinal y a la Oficina de Rentas el cabal cumplimiento del contenido del presente decreto. Articulo Cuarto.- Publicar el presente decreto en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 7679

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Otorgan beneficio de condonacion de interes moratorio y de sanciones referidos a diversos tributos municipales
ORDENANZA Nº 021/99-MDCH Chorrillos, 10 de junio de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en sesion ordinaria de Concejo de fecha 9 de junio de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los gobiernos locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, es necesario otorgar el beneficio de condonacion de las deudas administradas por la Municipalidad conforme a las disposiciones del Codigo Tributario, en razon de existir una gran demanda por parte de los contribuyentes del distrito; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA en mayoria de los senores miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- CONDONESE el interes moratorio, respecto del Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, asi como la tasa de Licencia de Funcionamiento. Articulo 2º.- CONDONESE las sanciones por infracciones formales senaladas en el Codigo Tributario, respecto de los tributos senalados en el parrafo anterior. Articulo 3º.- No podran acogerse al presente beneficio aquellos deudores que hayan sido notificados mediante Resoluciones de Determinacion, Ordenes de Pago y Resoluciones de Multa. Articulo 4º.- No podran acogerse al beneficio otorgado por la presente Ordenanza, quienes hayan obtenido beneficio de fraccionamiento de deudas tributarias. Articulo 5º.- Las deudas tributarias materia del presente beneficio seran las devengadas hasta el 31 de diciembre de 1998. Articulo 6º.- El beneficio otorgado por la presente Ordenanza se mantendra vigente hasta el 30 de junio de 1999; facultandosele al MORDAZA para que mediante Decreto prorrogue el presente beneficio por un plazo MORDAZA de 30 dias calendario.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen medidas de seguridad y otorgan plazo a propietarios o conductores de inmuebles con puertas levadizas para adecuarlos al D.A. Nº 011-96ALC/MSI
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-99-ALC/MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, en fecha 18.12.96 se publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Alcaldia Nº 011-96-ALC/MSI dispositivo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.