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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (12/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 174144 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de junio de 1999 Autorizan viaje de funcionarios para participar en eventos que se llevarán a cabo en los EE.UU. RESOLUCION SBS Nº 0519-99 Lima, 9 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitación del Federal Reserve Board para participar en el curso Payment System Risk Conference, el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 al 17 de junio de 1999; y, CONSIDERANDO: Que en el citado evento se tratarán temas de importancia vinculados a las actividades de este Organismo de Control; por lo que es conveniente designar al representante de esta Super- intendencia de Banca y Seguros que asistirá a dicho evento; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros"; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Carlos Carrión Marotta, Analista en el Departamento de Evaluación del Siste- ma Financiero de la Superintendencia Adjunta de Banca, para que participe en el curso "Payment System Risk Conference", el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 13 al 18 de junio de 1999. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to del presente dispositivo legal, serán asumidos íntegramente por el Banco Interamericano de Desarrollo, no significando gasto alguno para el Estado. Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 7667 RESOLUCION SBS Nº 0520-99 Lima, 9 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitación del Federal Reserve Board para participar en el curso Information System and Emerging Tech Risk Manage- ment, el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de St. Louis - Minneapolis, Estados Unidos de América, del 14 al 17 de junio de 1999; y, CONSIDERANDO: Que en el citado evento se tratarán temas de importancia vinculados a las actividades de este Organismo de Control; por lo que es conveniente designar al representante de esta Super- intendencia de Banca y Seguros que asistirá a dicho evento; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros"; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Alejandro Medina Moreno, Asesor en el Departamento de Inspecciones del Siste- ma Financiero de la Superintendencia Adjunta de Banca, para que participe en el curso "Information System And Emerging Tech Risk Management", el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de St. Louis - Minneapolis, Estados Unidos de América, del 13 al 18 de junio de 1999. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to del presente dispositivo legal, serán asumidos íntegramente por el Banco Interamericano de Desarrollo, no significando gasto alguno para el Estado.Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 7668 Precisan disposiciones para aplicación de límites individuales en el caso de instrumentos financieros derivados de moneda extranjera por cuenta propia CIRCULAR Nº B-2041-99 Lima, 9 de junio de 1999 CIRCULAR Nº B-2041-99 F-0382-99 CM-0230-99 CR-0100-99 EDPYME-0046-99 ------------------------------------------------------- Ref.: Aplicación de los límites individuales de la Ley General en el caso de instrumentos finan- cieros derivados de moneda extranjera por cuenta propia ------------------------------------------------------- Señor Gerente General Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, y para una adecuada aplicación de los límites individuales establecidos en los Artículos 206º al 209º y 211º que señala la referida Ley, esta Superintendencia precisa lo siguiente: 1. Aplicación de los límites individuales en el caso de instrumentos financieros derivados de moneda extran- jera por cuenta propia Para la aplicación de los límites a los financiamientos otorgados a favor de una misma persona establecidos en los Artículos 206º al 209º y 211º de la Ley General, en el caso de instrumentos financieros derivados de moneda extranjera por cuenta propia sólo se considerará el veinte por ciento (20%) de la suma de todos los saldos contables por cada una de las contrapartes. 2. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir del 1 de agosto de 1999. Atentamente, MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 7656 CONSUCODE Relación de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones durante el mes de mayo CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 070-99-CONSUCODE/PRE San Isidro, 8 de junio de 1999