Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 1999 (16/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 16 de junio de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo senalado por el inciso 14) del Articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ de 14 de enero de 1999, corresponde al Secretario Ejecutivo del Poder Judicial, expedir Resoluciones para el optimo funcionamiento administrativo del citado Poder del Estado; Que, mediante R.A. Nº 229-SE-TP-CME-PJ, de 19 de MORDAZA de 1999, se aprueba el Presupuesto Adicional Nº 01 por Veintiun mil ochenta y 36/100 Nuevos Soles (S/. 21 080,36), a favor de la empresa KIKON S.A., derivado del contrato que suscribio con el Poder Judicial para la obra Modulo Basico de Justicia de Andahuaylas; Que, con fecha 31 de MORDAZA de 1999, la empresa presento un Recurso de Reconsideracion contra la R.A. Nº 229-SETP-CME-PJ, en el que solicita que se amplie el Presupuesto Adicional Nº 01 de Veintiun mil ochenta y 36/100 Nuevos Soles (S/. 21 080,36) a Cuarentiun mil quinientos y 31/100 Nuevos Soles (S/. 41 500,31) y que le otorgue una Ampliacion de Plazo por 40 dias calendario; Con Informe Nº 294-99-PJ-SE-GCR/GINR/JACEO, remitido con Memorando Nº 774-99-PJ-SE-GCR/GINFR, de 4 de junio de 1999, la Gerencia de Infraestructura sustenta que, tecnicamente, el Recurso de la empresa sobre Adicionales de Construccion de Alero, MORDAZA Raso de Cemento y Barandas, no es procedente. En cuanto a la solicitud de ampliacion de plazo, presentada junto a la solicitud de adicional de obra, esta no resulta procedente, pues requeria previamente de la aprobacion del Presupuesto Adicional que la origina, por lo que su tramite debe ser posterior; La Reconsideracion presentada por la empresa no aporta prueba instrumental nueva, requisito que es indispensable para la procedencia de este Recurso, de conformidad con el Articulo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695, 27009 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 029-99-SE-TP-CMEPJ, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, y demas disposiciones concordantes sobre la materia, y estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia Central de la Reforma; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion, de fecha 31 de MORDAZA de 1999, presentado por la empresa KIKON S.A., contra la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 229-99-SE-TP-CME-PJ, del 19 de MORDAZA de 1999, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, de los Organos Competentes y de la parte interesada, la presente Resolucion y sus antecedentes, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 7850

Publico para 1996, dispuso que las Tasas, Aranceles, Multas y otros conceptos que recauda el Poder Judicial se destinen hasta el 70% al financiamiento de la Bonificacion por Funcion Jurisdiccional, no menos del 20% para gastos de funcionamiento y no menos del 10% para gastos de infraestructura; Que, mediante los Decretos de Urgencia Nºs. 008 y 01997 se faculto al Titular del Pliego del Poder Judicial a otorgar y reajustar la Bonificacion por Funcion Jurisdiccional; Que, en concordancia con la citada Disposicion Transitoria y Final y teniendo en cuenta el contexto de restricciones fiscales, es conveniente regular el destino de los ingresos provenientes de la Fuente Recursos Directamente Recaudados, asegurando el otorgamiento de la Bonificacion por Funcion Jurisdiccional, la adecuada provision de Bienes y Servicios, asi como al acondicionamiento y rehabilitacion de la infraestructura, para el normal desenvolvimiento de los organos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623 y 26695, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial y Resoluciones Administrativas Nºs. 018 y 032-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La distribucion de los ingresos provenientes de la Fuente Recursos Directamente Recaudados, se efectuara de la siguiente manera: a) Hasta el 80% para el pago de la Bonificacion por Funcion Jurisdiccional. b) No menos del 20% para gastos de funcionamiento, de acondicionamiento y rehabilitacion de la infraestructura. Articulo 2º.- La Gerencia General del Poder Judicial queda encargada de velar por el estricto cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 7851

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Autorizan participacion de magistrados en cursos de capacitacion sobre "Mecanismos Internos de Proteccion de los Derechos Humanos 1999"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 925-CME-PJ MORDAZA, 14 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestion y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, encargandosele ademas la Reestructuracion y Reorganizacion Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la MORDAZA Judicial y Estatuto Organico del Magistrado; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion, en tanto no se afecte el normal desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional; Que, el Instituto de Estudios Internacionales - IDEI de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, con carta de fecha 23 de MORDAZA de 1999, comunica la realizacion de los Cursos de Capacitacion para Magistrados sobre los "Mecanismos Internos de Proteccion de los Derechos Humanos 1999" a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 14 de junio al

Regulan la distribucion de los ingresos provenientes de la Fuente Recursos Directamente Recaudados
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 283-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 15 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Decimo Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 26553, Anual de Presupuesto del Sector

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