Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 1999 (16/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de junio de 1999

Que, el Directorio de SERPOST S.A. en Acuerdo Nº 01599 adoptado en la sesion Nº 122, estimo pertinente la participacion de su Gerente General (e), solicitando al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion expedir la correspondiente Resolucion Suprema que autorice su viaje; De conformidad con la Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25862 y Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Wu MORDAZA, Gerente General (e) de la Empresa Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A., a la MORDAZA de Mexico, Republica Federal de Mexico, del 15 al 18 de junio de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera con cargo al presupuesto de SERPOST S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 498.00 US$ 1,100.00 US$ 25.00

se refiere la mencionada ley, asi como los establecidos en la Ley de Aeronautica Civil, por lo que la modificacion solicitada debe ser aprobada mediante la correspondiente Resolucion Directoral; De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 054-88-TC y sus modificatorias; la Ley Nº 26917, modificada por la Nº 27085; demas normas vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar -en el extremo pertinente- el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 148-98-MTC/ 15.16, que otorgo a MARTINAIR HOLLAND N.V. Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de carga, quedando de la siguiente forma: PUNTAS, ZONAS O REGIONES DE OPERACION: - Europa : Amsterdam, Tenerife. - MORDAZA del Norte : Miami, Los MORDAZA, Atlanta - MORDAZA Central y el Caribe : Panama, San MORDAZA, San MORDAZA de Puerto Rico, MORDAZA de Guatemala. - MORDAZA del Sur : MORDAZA, Barbados, Bogota, Buenos Aires, MORDAZA, Guayaquil, MORDAZA de MORDAZA, Sao MORDAZA, Caracas. Articulo 2º.- Si la Administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado la Direccion General de Transporte Aereo, tanto en el tramite de la Resolucion Ministerial Nº 148-98-MTC/15.16, como en el realizado para la obtencion de la presente Resolucion Directoral, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 3º.- La vigencia del Permiso de Operacion otorgado a la empresa solicitante, queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de MARTINAIR HOLLAND N.V., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la referida Ley en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 4º.- Los demas terminos de la Resolucion Ministerial Nº 148-98-MTC/15.16 del 12 de marzo de 1998, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Transportes y Director General de Transporte Aereo (e) 7681

Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7880

Modifican resolucion que otorgo a empresa permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional no regular de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 084-99-MTC/15.16 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 Vista la solicitud de MARTINAIR HOLLAND N.V., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 148-98-MTC/ 15.16 del 12 de marzo de 1998, se otorgo a MARTINAIR HOLLAND N.V., de conformidad con el "Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aereo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Reino de los Paises Bajos" y al "Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y el Reino de los Paises Bajos", Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de carga por el plazo de tres (3) anos; Que, MARTINAIR HOLLAND N.V. en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion solicita ampliar los puntos, zonas o regiones de operacion que le fueran autorizados en su Permiso de Operacion; Que, el Ministerio de Transportes, Obras Publicas y Administracion de Aguas del Reino de los Paises Bajos, ha designado a MARTINAIR HOLLAND N.V., para efectuar Servicios de Transporte Aereo No Regular de carga; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 23º, numeral 2º de la Ley Nº 26917, la Direccion General de Transporte Aereo resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos a que

PODER JUDICIAL
Declaran improcedente reconsideracion contra resolucion que aprobo presupuesto adicional a favor de empresa que suscribio contrato de obra
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 281-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 14 de junio de 1999 VISTO: El Recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa KIKON S.A., con fecha 31 de MORDAZA de 1999, contra la R.A. Nº 229-SE-TP-CME-PJ, de 19 de MORDAZA de 1999;

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