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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 1999 (12/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 170945 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de marzo de 1999 bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás características declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional Federico Villarreal, según Expedientes Nºs. 003503- 98 y 003504-98 y que dichos bienes sean destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superinten- dencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 3423 RESOLUCION SUPREMA Nº 098-99-EF Lima, 11 de marzo de 1999 Visto el Expediente Nº 017856-98, presentado por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", estable- cen que la transferencia o importación de bienes y la presta- ción de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arance- larios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF , modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impues- to General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas públicas o parti- culares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Dere- chos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importación realizada por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuación arancelaria señalada en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, según la partida arancelaria siguiente: Partida Descripción Arancelaria 9027.80.19.00 Los demás instrumentos y aparatos eléc- tricos o electrónicosArtículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás características declaradas en los formularios de "Impor- taciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presen- tados por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, según Expediente Nº 017856-98, y que dichos bienes sean destina- dos al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superinten- dencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 3424 Aceptan y aprueban donaciones a fa- vor del Ministerio de Educación RESOLUCION SUPREMA Nº 099-99-EF Lima, 11 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la empresa Sun Microsystems, con sede en Palo Alto, California, Estados Unidos de América, a través de su asociación con el Programa Enlaces Mundiales para el Desa- rrollo (WorLD) del Instituto de Desarrollo Económico del Banco Mundial, ha efectuado una donación en favor del Ministerio de Educación, consistente en servidores que se- rán distribuidos entre los colegios participantes en el Progra- ma WorLD en Perú; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del sector público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF, y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por la empresa Sun Microsystems, con sede en Palo Alto, Califor- nia, Estados Unidos de América, a través de su asociación con el Programa Enlaces Mundiales para el Desarrollo (WorLD) del Instituto de Desarrollo Económico del Banco Mundial, a favor del Ministerio de Educación, consistente en 10 servido- res, con un valor aproximado de US$ 50 000,00 (Cincuenta Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 383 k., según Carta de Donación de fecha 22 de mayo de 1998 y Guía Aérea Nº SFO 569538 de Panalpina. Los servidores serán distribuidos entre los colegios participantes en el Programa WorLD en Perú siendo estos: Colegio Nuestra Señora de la Esperanza, Colegio Romeo Luna Victoria, Cole- gio Augusto Salazar Bondy, y Colegio Fe y Alegría Nº 23, en Lima; Colegio César Vallejo en Iquitos, Colegio Virgen Dolo- rosa en Tarapoto, Colegio Santa Rosa en Trujillo, Colegio Comercial Nº 59 Andrés A. Cáceres en Chincha, Colegio Nacional de Señoritas en Arequipa y Colegio Corazón de María en Tacna.