Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 1999 (12/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 170955

Que, el Secretario Ejecutivo, como funcionario ejecutivo de mayor nivel jerarquico, ejerce entre sus funciones y atribuciones las de ejecutar, coordinar y supervisar las actividades administrativas del Poder Judicial; Que, conforme se menciona en el informe del visto, en visitas realizadas a las sedes de las diferentes Cortes Superiores de Justicia de la Republica, se ha apreciado un gran volumen de expedientes que exceden la capacidad fisica de los ambientes que ocupan, originando malestar y mostrando una mala imagen, tanto para los Magistrados, como para los usuarios; Que, un elevado porcentaje de los expedientes en giro, superan largos periodos sin ser activados, o en muchos casos se encuentran ya concluidos, y que, en consecuencia, resulta necesario disponer en todas las MORDAZA Superiores y Juzgados del MORDAZA, la depuracion de expedientes, de manera que permitan ser remitidos a los Depositos Transitorios -por no haber tenido movimiento por mas de cuatro meses- o en su caso, al Archivo Definitivo y Central de cada Corte Superior de Justicia; En uso de las funciones y atribuciones conferidas en la Ley Nº 26546, modificadas y ampliadas mediante las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, y 029-99-SE-TP-CMEPJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- En todos los organos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, bajo responsabilidad del correspondiente Presidente de Sala o del Juez, se realizara el MORDAZA de depuracion de los expedientes existentes en sus archivos, debiendo remitirse al Archivo Central de la respectiva Corte Superior de Justicia, los expedientes calificados para archivo definitivo (expedientes fenecidos) o para deposito transitorio -expedientes cuyo MORDAZA tiene cuatro (4) meses o mas sin movimiento-, debidamente inventariados de acuerdo a lo establecido en el Instructivo y los Anexos 01, 02, 03, 04 y 05 que se adjuntan y forman parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- El MORDAZA de depuracion de expedientes se realizara sin afectar la normalidad de las labores jurisdiccionales de cada Sala Superior o Juzgado, en un plazo MORDAZA que no excedera del 31 de marzo del ano en curso. Articulo Tercero.- Las MORDAZA Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la Republica e instancias especiales que de ellas dependen, no estan comprendidas en lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Facultese a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, a dictar en coordinacion con Gerencia Central de la Reforma, las medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion, a la Comision Ejecutiva, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, y organos de linea de la Secretaria Ejecutiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 3392

exclusiva de los procesos penales por delito de Robo Calificado, Violacion de la MORDAZA Personal (Secuestro), Homicidio y Extorsion, cometidos por organizaciones delictivas (bandas), y se ha creado las MORDAZA Superiores y Juzgados que MORDAZA necesarios; Que, con tal objeto, se ha facultado tambien a esta Sala Suprema para designar a los integrantes de las MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados creados por la misma resolucion para investigacion y juzgamiento de los delitos ya referidos, con competencia nacional; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 001-97SPPCS, se establecio la Sala Superior Corporativa, con competencia nacional encargada del tramite y juzgamiento de los procesos que se detallan en los articulos MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 340-CME-PJ, con sede en el Distrito Judicial de Lima; Que, en el presente ano judicial, en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Administrativa Nº 340-CME-PJ y estando a lo acordado en sesion a la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incluir a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, a la senorita doctora MORDAZA MORDAZA Castaneda Otsu, como Vocal Provisional de la Sala Penal Corporativa Nacional - Bandas, encargada del tramite y juzgamiento de los procesos que se detallan en los Articulos MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 340-CME-PJ, con sede en el Distrito Judicial de Lima. Articulo Segundo.- Teniendo en consideracion el articulo precedente, la Sala Penal Corporativa Nacional - Bandas, estara conformada por los senores Vocales Superiores, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Presidente), doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, doctora MORDAZA Rojassi Pella, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA la MORDAZA, doctor MORDAZA Loli MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA Cassina, doctor MORDAZA Talavera MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA Montanez y doctora MORDAZA MORDAZA Castaneda Otsu. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema y Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, al Fiscal de la Nacion, a la Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, al Jefe de la Oficina del Control de la Magistratura, al Secretario Ejecutivo del Poder Judicial al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al Presidente de la Sala Penal Corporativa Nacional - Bandas y al Gerente General del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALMENARA MORDAZA MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3369

Establecen magistrados encargados Designan vocal provisional de la Sala del conocimiento de denuncias contra Penal Corporativa Nacional - Bandas jueces de paz letrados o especializaSALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE dos, en la Corte Superior del MORDAZA SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA Norte de MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 002-99-B-SPPCS-PJ MORDAZA, 5 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 340-CME-PJ, del 14 de marzo de 1997, se dispuso que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, sin perjuicio de los casos penales que le corresponda, conozca en MORDAZA instancia de manera RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 81-99-P-CSJ-CNL Independencia, nueve de marzo de mil novecientos noventinueve. VISTO: El Articulo Cuarentiuno inciso MORDAZA de la Ley Organica del Poder Judicial, establece la competencia de las MORDAZA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.