Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 1999 (01/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra propietarios de grifo que ocupan terreno de la Escuela de Oficiales de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0390-99-IN/PNP MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 Visto, el Oficio Nº 161-98-DINSTDOC-PNP/Sec. de 9.SET.98, de la Direccion de Instruccion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru, solicitando se le autorice al Procurador Publico del Ministerio del Interior encargado de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru, para iniciar acciones judiciales contra los propietarios del grifo "San Ignacio", por estar ocupando ilegalmente parte del predio de propiedad de la Escuela de Oficiales de la PNP; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, que establece: "La defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a ley", concordante con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Que, de la documentacion adjunta en autos se desprende que los propietarios del grifo "San Ignacio" vienen ocupando ilegalmente parte del predio de propiedad de la Escuela de Oficiales de la PNP; Que, la titularidad de la Escuela de Oficiales de la PNP, sobre dicho predio se encuentra debidamente acreditada con la Resolucion Suprema Nº 059-DBN del 6.JUN.62, Decreto Supremo Nº 031-68/GP de 2.AGO.68, Resolucion Suprema Nº 032-68GP del 2.SET.68, Resolucion Suprema del Ministerio de Hacienda y Comercio de fecha 19.MAR.69, asi como las respectivas Memorias Descriptivas; Que, a fin de cautelar los intereses de la Escuela de Oficiales de la PNP, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes contra los propietarios del grifo "San Ignacio"; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Instruccion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru con Dictamen Nº 409-98-DINSTDOC-PNP/OAJ de 20.NOV.98; Lo propuesto por el Director de Instruccion y Doctrina de la PNP; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio del Interior encargado de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales que corresponde contra los propietarios del grifo "San Ignacio", por estar ocupando indebida e ilegalmente parte del predio de propiedad de la Escuela de Oficiales de la Policia Nacional del Peru. Articulo 2º.- Remitir todos los antecedentes al Procurador Publico mencionado en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 5339

Que, por R.M. Nº 904 del 11 de agosto de 1975, se reconocio a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto del departamento de Amazonas; 21 anos, 4 meses y 6 dias de servicios prestados al Estado, otorgandole el pago de pension de cesantia equivalente a las 21/30 avas partes de la remuneracion percibida; Que, de acuerdo a la partida de defuncion expedida por la Municipalidad del distrito de Lince, se establece que el pensionista de cesantia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fallecio el 8 de agosto de 1989; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nieta del pensionista fallecido, ha venido cobrando la pension de cesantia con poder notarial de fecha 5 de setiembre de 1997, asi como el Certificado de Supervivencia de fecha 19 de setiembre de 1998, expedido por la Comisaria de San MORDAZA de Miraflores; Que, con Informe Nº 069-98-IN/OGA/0505 del 4 de febrero de 1998, la Oficina de Tesoreria, indica el monto del pago de la pension efectuada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el lapso del 9.AGO.89 al 30.NOV.98 y que por la conversion del sistema monetario y el valor adquisitivo de la moneda, ha sido considerado a partir del 1 de enero de 1990; De conformidad con el Decreto Ley Nº 22867; y, Estando a lo informado por la Oficina de Remuneraciones y Beneficios de la Oficina de Personal y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga la accion judicial correspondiente contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase los actuados al indicado Procurador Publico para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 5666

JUSTICIA
Autorizan pedido de extradicion al Gobierno de la Republica MORDAZA de procesado por delito Tributario y Contra la Fe Publica
RESOLUCION SUPREMA Nº 145-99-JUS MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1999 Visto el Informe Nº 010-99-CEA de la Comision Encargada del Estudio de las Extradiciones Activas, sobre la solicitud de extradicion del ciudadano peruano NAHIM MORDAZA MORDAZA CASSIS, formulada por el Juzgado Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros; CONSIDERANDO: Que por resolucion de fecha 23 de MORDAZA de 1999, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion formulada por el Juzgado Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, del ciudadano peruano NAHIM MORDAZA MORDAZA CASSIS; procesado por Delito Tributario - Defraudacion Tributaria y Contra la Fe Publica Falsificacion de Documentos en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 010-99-CEA la Comision encargada del Estudio de las Extradiciones Activas propone acceder al pedido de extradicion del referido ciudadano; Estando a lo dispuesto por el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, Articulos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, inciso 5) del Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93JUS, y el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, vigente entre la Republica del Peru y la Republica Argentina; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Autorizan a Procurador iniciar MORDAZA judicial a persona natural que ha venido cobrando pension de cesantia de fallecido
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0416-99-IN/0901 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 1999

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