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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 1999 (01/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 172721 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de mayo de 1999 Artículo 2º.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera arrastrero - factoría de bandera nacional que se indica a conti- nuación, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: Permiso de Pesca NUEVO TITULAR NOMBRE DE LA CAPACIDAD DE Nº DE Nº de R.M. Fecha EMBARCACION BODEGA MATRICULA m3 719-95-PE 20-12-95 PESQUERA S.A. "CONDOR 526.41 CO-12594-PM CONDOR ANDINO" PERUANO Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a la empresa CORPORACION DE PESCA S.A. a través de la Resolución Ministerial Nº 276-96-PE de fecha 31 de mayo de 1996 para operar la embarcación pesquera denomi- nada "CONDOR ANDINO" de Matrícula Nº CO-12594-PM. Artículo 4º.- Las operaciones de pesca están sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y las que emitan sobre regulación y ordenamiento pesquero. Artículo 5º.- Incorporar a PESQUERA CONDOR PERUA- NO S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera arrastrero - factoría "CONDOR AN- DINO", así como incorporar la presente resolución al literal G) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, retirando a CORPORACION DE PESCA S.A. y a la Resolución Ministe- rial Nº 276-96-PE, consignada en dichos anexos. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesque- ría Tumbes, Piura, Trujillo, Chimbote, Ica, Arequipa, Ilo y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 5633 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-99-PE/DNE Lima, 29 de abril de 1999 Visto el Expediente de Registro Nº CE-038001, con escrito de fecha 2 de marzo de 1999, presentado por el señor PABLO RAUL HERNANDEZ PORTAL. CONSIDERANDO: Que el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesión de las embar- caciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 661-97-PE de fecha 29 de octubre de 1997, se otorga permiso de pesca a plazo determinado a los armadores PABLO RAUL HERNANDEZ PORTAL y su cónyuge, DELIA TAPIA ALARICO, BLANCA ALARICO DE TAPIA y su cónyuge JULIO TAPIA CHUMBI- RAY, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "LINDA ROSA" de Matrícula Nº CO-4368-CM, de 105.00 m3 de capacidad de bodega y construida el año 1963, la cual será utilizada para la extracción de los recursos hidrobioló- gicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras utilizando redes de cerco de longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que mediante el escrito del visto el señor PABLO RAUL HERNANDEZ PORTAL, solicita el cambio de nombre del titu- lar del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación "LINDA ROSA", acreditando a través del Testimonio de Escri- tura Pública de Permuta a Título Gratuito de Acciones y Dere- chos sobre embarcaciones pesqueras, que la señora Blanca Alarico Ramos Vda. de Tapia por su propio derecho y represen- tando a los copropietarios, permutan a título gratuito, la totali- dad de las acciones y derechos de propiedad que les corresponde sobre la embarcación pesquera "LINDA ROSA", a favor de los esposos, don Pablo Hernández Portal y doña Delia Tapia Alarico de Hernández, quienes en consecuencia son titulares de la totalidad de las acciones y derechos de la citada embarcación pesquera; Que de la evaluación efectuada a los documentos presenta- dos por el recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3, correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción, del TextoUnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43º literal c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los Artículos 47º y 138º de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y la Resolución Ministerial Nº 500-98- PE; y, En uso de las atribuciones conferidas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bande- ra nacional que se indican a continuación, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados: Permiso de Pesca Nuevo Titular Nombre de la Capacidad de Nº de Nº de R.M. Fecha Embarcación Bodega (m3.) Matrícula 661-97-PE 29.10.97 PABLO RAUL "LINDA ROSA" 105.00 CO-4368-CM HERNANDEZ PORTAL y DELIA TAPIA ALARICO DE HERNANDEZ Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fuera otorgado a doña BLANCA ALARICO DE TAPIA y su cónyuge JULIO TAPIA CHUMBIRAY, a través de la Resolución Ministerial Nº 661-97-PE, de fecha 29 de octubre de 1997, para operar la embarcación pesquera denominada "LINDA ROSA", con Matrícula Nº CO-4368-CM. Artículo 3º.- Incorporar al señor PABLO RAUL HERNAN- DEZ PORTAL y a doña DELIA TAPIA ALARICO DE HER- NANDEZ, como titulares del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación "LINDA ROSA", así como incorporar la presente resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500 y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, retirando a BLANCA ALARICO DE TAPIA y su cónyuge JU- LIO TAPIA CHUMBIRAY, y a la Resolución Ministerial Nº 661- 97-PE consignados en dichos anexos. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a la Direc- ción General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Chimbote, Ica, Arequipa, Ilo y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 5634 Autorizan a empresa el incremento de flota y otorgan permiso de pesca para operar embarcaciones multipropósito RESOLUCION DIRECTORAL Nº 100-99-PE/DNE Lima, 29 de abril de 1999 Visto los escritos de Registro Nº 0569001 de fechas 28 de enero y 9 de febrero de 1999, presentados por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., mediante los cuales interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 005-99-PE/DNE; CONSIDERANDO: Que el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construcción y adquisición de embar- caciones pesqueras deberá contar con la autorización previa de incremento de flota otorgado por el Ministerio de Pesquería, en función de la disponibilidad, preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, la que se otorgará sólo a aquellos armadores pesqueros cuyas embarcaciones posean sistemas de preservación a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca y su operación se oriente a la extracción de recursos hidrobiológicos subexplotados e inexplotados; Que los Artículos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca- establecen que, para la operación de embar- caciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesque