Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 1999 (01/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
Embarcacion Pesquera DON MORDAZA Matricula Capacidad de bodega 119.38

MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 1999
Artes y Aparejo Cerco Arrastre Tamano de malla 1 ½" 3 ½" Recursos

ria otorga a plazo determinado para el desarrollo de la actividad pesquera; Que a traves de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 00999-PE y 072-99-PE se suspende temporalmente la recepcion de solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota y de nuevos permisos de pesca para el acceso de embarcaciones pesqueras de mayor escala entre otras, a la especie cachema, no siendo aplicable dicha restriccion a las solicitudes en tramite que se detallan en el anexo adjunto a dichas resoluciones, facultandose a la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria, a realizar incorporaciones al citado anexo, previa verificacion que las solicitudes hayan sido presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 009-99-PE; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 005-99-PE/DNE de fecha 4 de enero de 1999 se declaro en abandono el procedimiento de incremento de flota y permiso de pesca iniciado por PESQUERA HAYDUK S.A., al haber incumplido con presentar el Certificado de Inspeccion de Condicion de las embarcaciones pesqueras denominadas "DON JAVIER", "DON ABELARDO" y "MIKEVI II" donde figuren los artes de pesca a utilizar, de acuerdo a las especies a las cuales solicito acceder, habiendose paralizado el procedimiento administrativo por causa imputable a la recurrente, incurriendo en abandono del mismo, conforme lo establecido en los Articulos 69º literal e), 70º y 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS; Que mediante los escritos del visto PESQUERA HAYDUK S.A., interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral citada en el considerando precedente, presentando los Certificados y Reportes de Inspeccion de Condicion de las citadas embarcaciones; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos presentados por PESQUERA HAYDUK S.A., se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en los Procedimientos Nºs. 1 y 10 correspondientes a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-98-PE, por lo que deviene en fundado el recurso de reconsideracion interpuesto, siendo procedente autorizar el incremento de flota y otorgar el permiso de pesca correspondiente para la extraccion de los recursos cachema, MORDAZA, jurel, caballa, langostino, calamar comun, tiburon, barrilete, perico, pez volador y pez MORDAZA con destino al consumo humano directo, incorporando previamente la solicitud presentada por la recurrente, al anexo de la Resolucion Ministerial Nº 09-99-PE, tomando en consideracion la fecha de MORDAZA de la misma; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 43º inciso b) numeral 3 e inciso c) numeral 1 del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, en el Articulo 138º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y en el Articulo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; y, En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar la solicitud de autorizacion de incremento de flota y permiso de pesca presentada por PESQUERA HAYDUK S.A., para operar las embarcaciones "DON JAVIER", "DON ABELARDO" y "MIKEVI II", en el anexo de la Resolucion Ministerial Nº 09-99-PE. Articulo 2º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por PESQUERA HAYDUK S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 005-99-PE/DNE por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar el incremento de flota a PESQUERA HAYDUK S.A., para las embarcaciones pesqueras multiproposito denominadas "DON JAVIER" con matricula Nº PT4605-CM, "DON ABELARDO" con matricula Nº CO-4537-PM y "MIKEVI II" con matricula Nº CE-6496-CM de 199.38 m3, 111.36 m3 y 124.27 m3 de volumen de capacidad de bodega, respectivamente, utilizando como sistema de preservacion MORDAZA con hielo, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos cachema, MORDAZA, con redes de cerco de 1 ½" pulgada, jurel, caballa, langostino, calamar comun (Loligo sp) con redes de arrastre de 3 ½" pulgada, tiburon, barrilete, perico, pez volador y pez MORDAZA con palangre destinados al consumo humano directo. Articulo 4º.- Otorgar permiso de pesca a PESQUERA HAYDUK S.A., para operar las embarcaciones pesqueras multiproposito que a continuacion se detallan, utilizando como sistema de preservacion MORDAZA con hielo destinados al consumo humano directo:

PT-4605-CM

Palangre

Cachema, MORDAZA Jurel, Caballa, Langostino, Calamar comun (Loligo sp), Tiburon, Barrilete, Perico, Pez volador, Pez MORDAZA Cachema, MORDAZA Jurel, Caballa, Langostino, Calamar comun (Loligo sp), Tiburon, Barrilete, Perico, Pez volador, Pez MORDAZA Cachema, MORDAZA Jurel, Caballa, Langostino, Calamar comun (Loligo sp), Tiburon, Barrilete, Perico, Pez volador, Pez MORDAZA

DON MORDAZA

CO-4537-PM

111.36

Cerco Arrastre

1 ½" 3 ½"

Palangre

MIKEVI II

CE-6496-PM

124.27

Cerco Arrastre

1 ½" 3 ½"

Palangre

Articulo 5º.- Las operaciones de pesca estan sujetas a lo dispuesto en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 550-97-PE, 780-97-PE y demas que se emitan sobre regulacion y ordenamiento pesquero. Articulo 6º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera y al pago por concepto de derecho anual de pesca que acredite el armador, con la respectiva constancia. El incumplimiento del pago en el plazo y condiciones fijados sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado, segun corresponda. Articulo 7º.- Incorporar a las embarcaciones pesqueras denominadas "DON JAVIER" con matricula Nº PT-4605-CM, "DON ABELARDO" con matricula Nº CO-4537-PM y "MIKEVI II" con matricula Nº CE-6496-CM en el literal K) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE. Articulo 8º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Chimbote, Ica, MORDAZA, Ilo y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion (e) 5635

PROMUDEH
Autorizan viaje de Gerenta de Promocion de la Ninez y la Adolescencia para participar en evento a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 058-99-PROMUDEH MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1999 Vistos la Carta de fecha 10 de marzo de 1999, de la representante del Gobierno Portugues y del Gabinete de Alta Comision para la Igualdad y la Familia; CONSIDERANDO: Que el Gobierno Portugues y el Gabinete de Alta Comision para la Igualdad y la Familia ha comunicado que en el ambito de la IX Camara Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, se realizara el "V Encuentro Iberoamericano de Ministros y Responsables de la Politica de Igualdad de Oportunidades - Crisis Global Economica y Derechos Humanos de las Mujeres", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Lisboa, MORDAZA, del 2 al 4 de MORDAZA de 1999; Que el objetivo general del encuentro es intercambiar conocimientos y experiencias a la luz de las realidades culturales de cada MORDAZA a fin de contribuir con la identificacion del papel de la mujer en los diferentes procesos nacionales de desenvolvimien-

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