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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 1999 (01/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 172719 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de mayo de 1999 cia, a interponer las acciones judiciales que correspondan contra las firmas contratistas asociadas CONSTRUCTORA SANTA CECILIA S.A. CONTRATISTAS GENERALES - TECNIOBRA CONSTRUCCIONES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, ejecutoras de la obra Colegio Nacional Mixto "Chinchaysuyo", ubicado en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, a fin de recupe- rar el saldo adeudado de CINCUENTIDOS MIL QUINIEN- TOS CUARENTISEIS CON 32/100 NUEVOS SOLES (S/. 52,546.32), a que hace referencia la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público mencionado los antecedentes administrativos del caso para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 5623 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-99-PRES Lima, 27 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 384-98/CTAR TUMBES-P-GRAJ, del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional de Tumbes, e Informe Nº 040-98/CTAR TUMBES- GRAJ-GR-ABOG.III, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurí- dica del CTAR TUMBES; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de octubre de 1996 se suscribió el Contra- to Nº 049-96/CTAR-REGION GRAU-GESTUM-GS entre la ex Gerencia Subregional de Desarrollo de Tumbes y la empre- sa "CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VELAR-CAP S.A.", para la ejecución de la obra "Construcción del Cerco Perimé- trico y Pintura General Colegio Nacional Antonio Raymondi - Uña de Gato", la misma que fue recepcionada el 21 de febrero de 1997; Que, mediante Informe Nº 304-98/CTAR TUMBES-GRO- OBRAS-MDP, de la Gerencia Regional de Operaciones - Oficina de Obras de fecha 5 de octubre de 1998, se determinó deficien- cias en la construcción de la obra "Construcción de Cerco Peri- métrico y Pintura General Colegio Antonio Raymondi - Uña de Gato", recomendando se notifique a la empresa "CONSTRUC- TORA E INMOBILIARIA VELAR-CAP S.A.", para que realice las reparaciones indicadas en el informe; Que, con Oficio Nº 126-98/CTAR TUMBES-GRO-GR, del 7 de octubre de 1998, se comunicó al representante legal de la empresa "CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VELAR-CAP S.A.", las deficiencias encontradas en la construcción de la obra a fin de que cumpla con efectuar las reparaciones correspondien- tes, sin que hasta la fecha haya cumplido con la reparación de las deficiencias de la obra; Que, mediante Informe Nº 174-99/CTAR TUMBES-GRO- SGO, del 1 de febrero de 1999, la Gerencia Regional de Opera- ciones - Subgerencia de Obras alcanza el Informe Técnico de las deficiencias presentadas en la "Construcción de Cerco Perimé- trico y Pintura General Colegio Antonio Raymondi - Uña de Gato", cuya reparación asciende a la suma de S/. 9 768.32 (Nueve mil setecientos sesentiocho y 32/100 Nuevos Soles); De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556, Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para que en nombre y representación de los intereses del Estado inter- ponga las acciones judiciales a que hubiere lugar contra la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VELAR-CAP S.A., por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencio- nado Procurador para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 5624Autorizan a Procurador iniciar proce- so judicial contra cooperativas de vivienda por presuntas irregularida- des en adjudicación de terrenos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-99-PRES Lima, 27 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 067-90-VC- 5600, de fecha 5 de marzo de 1990 y 095-90-VC-5600, de fecha 27 de marzo de 1990, se adjudicó en venta directa a las Coope- rativas de Vivienda Los Libertadores Ltda. y San Judas Tadeo de los Trabajadores del Ministerio de Vivienda y Construcción y Entidades Públicas Descentralizadas del Sector, los terrenos de 13,361.00 m2, y 11,205.00 m2, respectivamente, ubicados en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, para que lo destine a la construcción de viviendas para sus asociados; Que, al momento de efectuarse el trámite de adjudicación en venta directa de los terrenos descritos precedentemente, éstos fueron valorizados por debajo de su valor real; Que, a mayor abundamiento, la Oficina de Auditoría Interna de la Superintendencia de Bienes Nacionales, al haber realizado un Examen Especial, según Informe Nº 007-97/SBN-OAJ, de fecha 10 de abril de 1997, ha detecta- do irregularidades en la tramitación de los expedientes sobre adjudicación de terrenos a favor de las Cooperativas de Vivienda "Los Libertadores Ltda." y "San Judas y Tadeo" de los Trabajadores del Ministerio de Vivienda y Construcción y Entidades Públicas Descentralizadas del Sector, recomendándose la intervención del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia; Que, teniendo en consideración la magnitud de los actos administrativos perjudiciales al Estado, referido en el conside- rando precedente, deviene necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que interponga las acciones legales en defen- sa de los derechos e intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 16667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que interponga en representación de los derechos e intereses del Estado las acciones judiciales correspondientes contra las Coo- perativas de Vivienda "Los Libertadores Ltda." y "San Judas Tadeo" de los Trabajadores del Ministerio de Vivienda y Cons- trucción y Entidades Públicas Descentralizadas del Sector. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al referido Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 5625 PESQUERIA Declaran infundada reconsideración contra resolución que otorgó a empre- sa permiso de pesca a plazo determi- nado RESOLUCION DIRECTORAL Nº 096-99-PE/DNE Lima, 28 de abril de 1999 Visto el escrito de Registro Nº CH-091003 de fecha 27 de enero de 1999, a través del cual PESQUERA ADELAIDA S.A. interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Direc- toral Nº 393-98-PE/DNE;