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Pág. 180313 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de noviembre de 1999 REGLAMENTO PARA LA EVALUACION DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA CAPITULO I 1.1. FINALIDAD Establecer las normas y procedimientos para la evalua- ción del personal no docente de la Universidad para determi- nar su nivel de conocimientos, experiencia e idoneidad para el desempeño laboral y adoptar las acciones orientadas a lograr una gestión eficaz y eficiente, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 27058. 1.2. ALCANCE Todo el personal administrativo nombrado y contratado de la Universidad 1.3. BASE LEGAL Ley Nº 27058 CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES 2.1. El proceso de evaluación se desarrollará en el período comprendido entre el 1 de octubre de 1999 al 20 de enero del 2,000. 2.2. El proceso de evaluación contará con el apoyo técnico de una entidad especializada de reconocido prestigio en el país. 2.3. Se someterá al proceso de evaluación todo el personal administrativo, nombrado y contratado (funcionarios, profe- sionales, técnicos y auxiliares), sin excepción, incluyendo a quienes estuvieran de licencia, permiso, vacaciones o desta- cados. CAPITULO III DISPOSICIONES ESPECIFICAS 3.1. La evaluación comprenderá las partes siguientes: a. Calificación del Legajo Personal b. Examen de Aptitud por niveles Cada parte tendrá un puntaje máximo de 100 3.2. La ponderación de los puntajes obtenidos en cada parte de la evaluación será: -Legajo personal…………. 60% (sesenta por ciento) -Aptitud por Niveles.…..... 40% (cuarenta por ciento) 3.3. En la calificación del legajo Personal se considerará los siguientes aspectos: PUNTAJE MAXIMO ASPECTODirectivo yTécnico AuxiliarProfesional 1. Nivel Educativo Alcanzado 40 35 40 2. Capacitación 35 35 35 3. Tiempo de Servicios 20 15 15 4. Méritos 5 15 10 100 100 100 5. Deméritos 9 9 9 La especificación y puntaje de estos aspectos está conte- nida en el Anexo de este Reglamento. 3.4. El Examen de Aptitud para todos los niveles com- prenderá: a.Prueba Psicotécnica Puntaje máximo: 60 puntos c.Prueba de Conocimientos y Cultura General (Función administrativa, Realidad Nacional, Actualidad) Puntaje máximo: 40 puntos Ambas pruebas serán elaboradas horas antes de su aplicación, con la seguridad y estrictas reservas del caso por la entidad responsable del apoyo técnico especializado. Serán aplicadas en su solo acto, en la sede de la ciudad universitaria de la U.N.ICA, el 9 de enero del 2000, de 09.00 a 12.00 horas.3.5. La ejecución, control y supervisión de la calificación del Legajo Personal y del Examen de Aptitud por niveles, estará a cargo de la misma entidad responsable del apoyo técnico especializado. La calificación será realizada mediante un procedimiento automático, en forma anónima y los resul- tados serán entregados al Presidente de la Comisión Reorga- nizadora de la U.N.ICA, para los fines correspondientes. 3.6. Podrá ser cesado conforme a Ley, el personal admi- nistrativo cuyo puntaje de Calificación Final sea menor a la señalada a continuación: a. Directivos Profesionales :53 puntos b. Técnicos :51 puntos c. Auxiliares :46 puntos CAPITULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 4.1. Los que debiendo ser evaluados no cumplan con presentarse a la aplicación de las pruebas del examen serán calificados con la nota cero. 4.2. Los que durante la aplicación de las pruebas sean sorprendidos copiando o consultando con otro evaluado se- rán calificados con la nota cero. 4.3. Los documentos de cada Legajo Personal deberán estar legalizados por un notario público o por el fedatario de la U.N.ICA. No será admitida a calificación la documenta- ción que no reúna este requisito. 4.4. En la calificación de documentos del Legajo Personal, el evaluado se somete a las responsabilidades y sanciones que establece la Ley, en los casos de presentación de docu- mentación falsa. 4.5. La Autoridad Universitaria, conforme a las disposi- ciones legales y reglamentarias vigentes, resolverá los casos no contemplados en el presente Reglamento, contando con la opinión técnica de la entidad especializada encargada de la evaluación. 4.6. Los evaluados podrán interponer recurso de reconsi- deración dentro del tercer día útil de efectuada la publicación de los Resultados Generales del Proceso de Evaluación. La Autoridad Universitaria resolverá en forma definitiva el reclamo presentado. Contra la resolución expedida no proce- de reclamo alguno. 4.7. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación oficial. 14304 INDECOPI Encargan Secretaría Técnica de Sala perteneciente al Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 095-1999-INDECOPI/DIR Lima, 9 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que el Artículo 11º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual -INDECOPI-, modificado por el Artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 807, creó el Tribunal de Defensa de la Compe- tencia y de la Propiedad Intelectual, conformado por la Sala de Defensa de la Competencia y por la Sala de Propiedad Intelectual, cada una de las cuales cuenta con el apoyo de un Secretario Técnico designado por el Directorio; Que el señor Juan Pablo Schiantarelli González, Secreta- rio Técnico (e) de la Sala de Propiedad Intelectual del referido Tribunal, ha obtenido una beca para efectuar una investiga- ción sobre temas de Propiedad Intelectual en el marco de una pasantía a realizarse en el Max Planck Institut de Munich, Alemania, del 1 de octubre de 1999 al 31 de enero del 2000; Que por tal motivo se hace necesario encargar las funcio- nes de la mencionada Secretaría Técnica, en tanto dure la ausencia del señor Juan Pablo Schiantarelli González; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 9 de noviembre de 1999; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868;