Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 1999 (29/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 29 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Es responsabilidad del auditor informar sobre los casos en que la entidad no esta cumpliendo con las normas legales y reglamentarias, se encuentra en situacion de riesgo juridico, no esta ejerciendo respectivamente las facultades legales para alcanzar sus objetivos y metas, asi como tambien recomendar las medidas necesarias para evitar la ocurrencia de tales hechos. El auditor esta en capacidad de conocer las caracteristicas y tipos de irregularidades y actos ilicitos significativos susceptibles de incurrirse en el ejercicio de la funcion publica y en la administracion de los recursos y bienes de las entidades, asi como en sus efectos en los estados financieros e informacion presupuestaria de la entidad, con la finalidad que durante la planeacion de la auditoria, disene procedimientos que le permitan tener una seguridad razonable, que estos puedan detectarse durante la ejecucion del trabajo de MORDAZA y ser informados oportunamente a los estamentos correspondientes del Estado. Si el auditor, como resultado de la aplicacion de sus programas y procedimientos, determina que existe indicios de un acto ilicito significativo lo reporta segun la NAGU 4.50. El auditor debe proceder con el debido cuidado profesional al buscar indicios de posibles irregularidades y actos ilicitos de manera que no interfieran con las investigaciones y/o procedimientos legales que puedan emprenderse en el futuro. La ejecucion de una auditoria de conformidad con las normas de auditoria gubernamental, no sera garantia para describirse todos los actos ilicitos. Aun el descubrimiento posterior de tales actos ocurridos durante el periodo objeto de auditoria, tampoco significara necesariamente, que el desempeno del auditor fue inadecuado, a condicion de que la auditoria se MORDAZA efectuado de acuerdo con las presentes normas. NAGU 3.30 SUPERVISION DEL TRABAJO DE AUDITORIA. El trabajo de auditoria debe ser apropiadamente supervisado durante todo su MORDAZA para asegurar el logro de los objetivos propuestos y mejorar la calidad del Informe de Auditoria. La supervision es un MORDAZA tecnico que consiste en dirigir y controlar las actividades desarrolladas por los miembros del equipo de auditoria, desde que se dispone su ejecucion hasta la aprobacion del informe de auditoria por el nivel competente. En la auditoria gubernamental, la supervision sera ejercida por el auditor encargado, el supervisor y los niveles inmediatos superiores vinculados directamente con su proceso; para tal efecto, deben asegurarse que los auditores integrantes del equipo de auditoria comprendan los objetivos propuestos, asi como el grado en que su participacion permitira el cumplimiento de los mismos. El cumplimiento de esta MORDAZA permite asegurar la eficiencia, eficacia y economia en la utilizacion de los recursos de auditoria, promueve el entrenamiento tecnico y la capacidad profesional de los auditores y, permite orientar su trabajo hacia el logro de los objetivos de la auditoria. Los integrantes del equipo, asi como los niveles pertinentes que ejercen la funcion de supervision, deben dejar evidencia de la labor realizada en los papeles de trabajo durante el desarrollo de la auditoria, a efectos de establecer la oportunidad y el aporte tecnico al trabajo de auditoria. La participacion en los trabajos de auditoria a supervisar dependera de los objetivos y alcance de la auditoria, complejidad del trabajo y condiciones externas, como la distancia de las entidades a examinar, para estimar las horas/hombre de supervision de la auditoria considerado en el cronograma de trabajo que forma parte del Planeamiento. NAGU 3.40 EVIDENCIA SUFICIENTE, COMPETENTE Y RELEVANTE El auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante mediante la aplicacion de pruebas de control y procedimientos sustantivos que le permitan fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule respecto al organismo, programa, actividad o funcion que sea objeto de auditoria. La evidencia debera someterse a revision para asegurarse que cumpla con los requisitos basicos de suficiencia, competencia y relevancia. Los papeles de trabajo deberan mostrar los detalles de la evidencia y revelar la forma en que se obtuvo.Caracteristicas de la Evidencia: a) Suficiencia. Es suficiente la evidencia objetiva y convincente que basta para sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones expresadas en el Informe. La evidencia sera suficiente cuando por los resultados de la aplicacion de procedimientos de auditoria se comprueben razonablemente los hechos revelados. Para determinar si la evidencia es suficiente se requiere aplicar el criterio profesional. Cuando sea conveniente, se podran emplear metodos estadisticos con ese proposito.

b) Competencia. Para que sea competente, la evidencia debe ser valida y confiable. A fin de evaluar la competencia de la evidencia, se debera considerar cuidadosamente si existen razones para dudar de su validez o de su integridad. De ser asi, debera obtener evidencia adicional o revelar esa situacion en su informe. Los siguientes supuestos constituyen algunos criterios utiles para juzgar si la evidencia es competente: · La evidencia que se obtiene de MORDAZA independientes es mas confiable que la obtenida del propio organismo auditado. · La evidencia que se obtiene cuando se ha establecido un sistema de control interno apropiado es mas confiable que aquella que se obtiene cuando el sistema de control interno es deficiente, no es satisfactorio o no se ha establecido. · Los documentos originales son mas confiables que sus copias. · La evidencia testimonial que se obtiene en circunstancias que permite a los informantes expresarse libremente merece mas credito que aquella que se obtiene en circunstancias comprometedoras (por ejemplo, cuando los informantes pueden sentirse intimidados). c) Relevancia. Se refiere a la relacion que existe entre la evidencia y su uso. La informacion que se utilice para demostrar o refutar un hecho sera relevante si guarda relacion logica y patente con ese hecho. Si no lo hace, sera irrelevante y, por consiguiente, no podra incluirse como evidencia. Cuando se estime conveniente, el auditor debera obtener de los funcionarios de la entidad auditada declaraciones por escrito respecto a la relevancia y competencia de la evidencia que MORDAZA obtenido. Clasificacion de la Evidencia a) Evidencia fisica. Se obtiene mediante inspeccion u observacion directa de actividades, bienes o sucesos. La evidencia de esta naturaleza puede presentarse en forma de memorandum (donde se resumen los resultados de la inspeccion o de la observacion), fotografias, graficos, mapas o muestras materiales. b) Evidencia documental. Consiste en informacion elaborada, como la contenida en cartas, contratos, registros de contabilidad, facturas y documentos de la administracion relacionados con su desempeno; asimismo, la que establece las normas procesales pertinentes, en caso de determinacion de responsabilidades civiles y penales. c) Evidencia testimonial. Se obtiene de otras personas en forma de declaraciones hechas en el curso de investigaciones o entrevistas. Las declaraciones que MORDAZA importantes para la auditoria deberan corroborase, siempre que sea posible, mediante evidencia adicional. Tambien sera necesario evaluar la evidencia testimonial para cerciorarse que los informantes no hayan estado influidos por prejuicios o tuvieran solo un conocimiento parcial del Area auditada. d) Evidencia analitica. Comprende calculos, comparaciones, razonamiento y separacion de la informacion en sus componentes; cuyas bases deben ser sustentadas documentadamente, en caso necesario y especialmente en el deslinde de responsabilidades civiles o penales. Confiabilidad de la Evidencia proveniente de Sistemas Computarizados Cuando la informacion procesada por medios electronicos, constituya una parte importante o integral de la auditoria y su confiabilidad sea esencial para cumplir los objetivos del examen, se debera tener certeza de la importancia y de la confiabilidad de esa informacion, como en el Sistema Integrado de Administracion Financiera - SIAF. Para determinar la confiabilidad de la informacion el auditor: a) Podra efectuar una revision de los controles generales de los sistemas computarizados y de los relacionados especificamente con sus aplicaciones, que incluya todas las pruebas que MORDAZA permitidas; o b) Si no se revisa los controles generales y los relacionados con las aplicaciones o comprueba que esos controles no son confiables, podra practicar pruebas adicionales o emplear otros procedimientos. Cuando el auditor utilice los datos procesados por medios electronicos o los incluya en su informe a manera de antecedentes o con fines informativos, por no ser significativos para los resultados de la auditoria, bastara generalmente que en el informe se cite la fuente de esos datos para cumplir las normas relacionadas con la exactitud e integridad de su informe.

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