Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 1999 (27/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas. Que, mediante el Acuerdo Nº 170, de fecha 13 de MORDAZA de 1999, la Comision Tecnica de Arqueologia del Instituto Nacional de Cultura, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion las zonas arqueologicas de MORDAZA 1 y MORDAZA 2, asi como aprobar los planos de delimitacion con sus respectivas memorias descriptivas. Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptibles siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 4193, la proteccion de los Bienes Culturales Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria. Estando a lo acordado y visado por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y Direccion General de Asesoria Juridica. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion las zonas arqueologicas de MORDAZA 1 y MORDAZA 2, ubicadas en el distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el plano de delimitacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA 1, Nº 76-1249 con fecha seis de diciembre de 1976 que consigna un area de 5,013.00 metros cuadrados y un perimetro de 305.20 metros lineales; y el plano de delimitacion de la MORDAZA arqueologica de MORDAZA 2, Nº 76-1236 de fecha octubre 93, el cual consigna un area de 2,775 metros cuadrados y un perimetro de 208.00 metros lineales, asi como las Memorias Descriptivas de las dos zonas arqueologicas senaladas. Articulo 3º.- Inscribase como bien inmueble de propiedad del Estado, integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion en el Margesi de la Superintendencia de Bienes Nacionales y en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, las zonas arqueologicas de MORDAZA 1 y MORDAZA 2, ubicadas en el departamento de MORDAZA, con sus respectivos Planos de Delimitacion, Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas elaborados por el Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral Nacional a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 13506

EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficios Nºs. 139-99-SGMDSL y 396-99-SG-MDSL de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, para la ratificacion de las Ordenanzas Nº 010MDSL y su modificatoria la Ordenanza Nº 036-MDSL, que establece el Regimen Tributario de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 000057-1999-SAT/04 y Oficio Nº 0211-99SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 085-99-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar las Ordenanzas Nº 010-MDSL de 17 de febrero de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 del mismo mes y su modificatoria la Ordenanza Nº 036MDSL de 19 de agosto de 1999 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 del mismo mes, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que establece el Regimen Tributario de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, en su jurisdiccion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 13510

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 032-MDLV Por Oficio Nº 265-99-SG/MDLV, la Municipalidad de La MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 032-MDLV, publicada en nuestra edicion del dia MORDAZA 24 de octubre de 1999, en la pagina 179636. En el Articulo Catorce, inciso h): DICE: h) La Municipalidad realizara el cobro de S/. 0.50 por derecho de Certificacion de cada servicio particular. DEBE DECIR: h) La Municipalidad no realizara cobro por derecho de Certificacion de cada servicio particular. 13571 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 034-MDLV Por Oficio Nº 264-99-SG/MDLV la Municipalidad de La MORDAZA, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 034-MDLV, publicada en nuestra edicion del dia 24 de octubre de 1999, en la pagina 179640. En el Articulo Tercero: DICE: Av. MORDAZA MORDAZA Jr. Dos de Febrero 4a6 2 Lado impar Lado impar

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas referidas al Regimen Tributario de la Tasa de Licencia de Funcionamiento en el distrito de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 201 MORDAZA, 27 de setiembre de 1999

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