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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (27/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 179709 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de octubre de 1999 pesca vía sustitución de igual capacidad de bodega para operar la embarcación pesquera "CARMEN ROXANA" en la extracción de los recursos anchoveta y sardina, adicionalmente a los recursos jurel y caballa, original- mente autorizados, con destino al consumo humano direc- to e indirecto; CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operación de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesque- ras; Que por Resolución Directoral Nº 292-98-PE/DNE, de fecha 18 de setiembre de 1998, se otorga permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA MILA- GRO SEIS S.R.Ltda., para operar la embarcación pesque- ra denominada "CARMEN ROXANA" de matrícula Nº PO-11017-PM, de 299.28 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación C.S.W., y 224.46 m3 de carga neta de pescado, para la extracción de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, equipada con red de cerco de 1 1/2 pulgada (38 mm) de tamaño mínimo de abertura de malla, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas costeras; Que a través de la Resolución Directoral Nº 016-99- PE/DNE, de fecha 14 de enero de 1999, se modifica el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 505-97-PE, a través de la cual se otorgó permiso de pesca a ALBINO ALBERTO CEVALLOS y TATIANA GUTZALENKO de CEVALLOS para operar la embarcación pesquera deno- minada "MARTTA" de matrícula Nº PT-1724-CM, enten- diéndose que la citada embarcación se encuentra autori- zada a extraer los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa utilizando redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgada (38 mm.), según corresponda, con destino al consumo humano director e indirecto; Que mediante Resolución Ministerial Nº 376-98-PE, de fecha 24 de julio de 1998, modificando las Resoluciones Ministeriales Nºs. 149-94-PE y 593-97-PE, se autoriza a PESQUERA SANTA ROSA S.A., el incremento de flota y permiso de pesca respectivamente, para operar la embar- cación pesquera denominada "MARILYN II", de matrícu- la Nº CE-15260-PM, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, y asimismo, se reserva el derecho a dicha empresa a solicitar autorización de incremento de flota respecto a 108,34 m3 de carga neta de pescado; Que según lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 586-98-PE, no resultaría aplicable lo establecido en el Artículo 1º de dicha norma, toda vez que la recurrente presentó su solicitud con anterioridad al 1 de marzo de 1999 y la embarcación pesquera "CARMEN ROXANA" cuenta con permiso de pesca para la extracción de los recursos jurel y caballa, según Resolución Directoral mencionada en el segundo considerando de la presente Resolución; en tal sentido, debe tenerse en cuenta que la carga neta de la embarcación antes indicada es 224,46 m3; Que mediante los escritos del visto la empresa PES- QUERA SANTA ROSA S.A.C., solicita cambio de nombre del titular del permiso de pesca correspondiente a las embarcaciones pesqueras "MARTTA" y "CARMEN ROXA- NA", así como ampliación del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 292-98-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera "CARMEN ROXA- NA" en la extracción de los recursos anchoveta y sardina, adicionalmente a los recursos jurel y caballa inicialmente autorizados, con destino al consumo humano directo e indirecto, vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera "MARTTA" de 142 m3 de capa- cidad de bodega y la capacidad de bodega reservada, a que se hace referencia en el considerando anterior; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recu- rrente ha cumplido con los requisitos establecidos en los Procedimientos Nºs. 5 y 6, de ampliación de permiso de pesca y cambio de nombre del titular del permiso de pesca de embarcaciones pesqueras de mayor escala de bandera nacional del ámbito marítimo, del Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE, habiendopresentado la embarcación pesquera "MARTTA", de 142 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca para la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa y la capacidad de bodega de 108,34 m3, reservada a favor de PESQUERA SANTA ROSA S.A.C., según Resolución Ministerial Nº 376-98-PE a fin de que la embarcación pesquera "CARMEN ROXANA" de 299,28 m3 de capacidad de bodega, con 224,46 m3 de carga neta de pescado, pueda operar en la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, quedando un excedente de 25,88 m3 de carga neta de pescado a favor de la citada empresa; en consecuencia, habiendo cumplido con acredi- tar la propiedad de la citada embarcación pesquera así como con los requisitos procedimentales y sustantivos de la normatividad pesquera vigente, resulta procedente ampliar el permiso de pesca y el cambio de nombre del titular del permiso de pesca correspondiente a la embar- cación "CARMEN ROXANA" solicitado por la recurrente; Que respecto al cambio de nombre del titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera "MARTTA" lo solicitado en ese extremo resulta improcedente, por innecesario, al haberse acreditado la propiedad de dicha embarcación con el certificado compendioso de dominio y considerando que ésta ha sido presentada para ser susti- tuida por la embarcación pesquera "CARMEN ROXA- NA", por lo que se procederá a cancelar su permiso de pesca; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE, las Resoluciones Minis- teriales Nºs. 500 y 501-98-PE; y, En uso de las facultades conferidas a través del Decre- to Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca solicitado por PESQUERA SANTA ROSA S.A.C., para operar la embarcación pesquera "CAR- MEN ROXANA" de matrícula Nº PO-11017-PM, de 299,28 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación CSW, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de nombre del titular del permiso de pesca con respecto a la embarcación pesquera "MARTTA", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 3º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 292-98-PE/DNE, ampliando el permiso de pesca otorgado a PESQUERA SANTA ROSA S.A.C., a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, entendiéndose que la embarcación pesquera denominada "CARMEN ROXANA", de matrícula Nº PO-11017-PM tendrá acceso a la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto, con el uso de red de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgada (38 mm.), respectivamente, en el ámbito del litoral y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas marinas, según corres- ponda, manteniéndose las demás características técnicas. Artículo 4º.- Incluir a la embarcación pesquera "CAR- MEN ROXANA" en el literal B) el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE, excluyendo a la citada embarca- ción del literal D) del Anexo I de dicha Resolución y modificar la incorporación de la referida embarcación en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, conforme a lo indicado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcación pesquera "MARTTA", de matrícula Nº PT- 1724-CM, otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 016-99-PE/DNE, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto. Artículo 6º.- Excluir a la embarcación pesquera "MAR- TTA" del literal B) del Anexo I de la Resolución Ministe- rial Nº 500-98-PE y del Anexo III de la Resolución Minis- terial Nº 501-98-PE. Artículo 7º.- Reservar el derecho a solicitar autoriza- ción de incremento de flota a favor de PESQUERA SAN- TA ROSA S.A.C., respecto a 25,88 m3 de carga neta de pescado.