Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 1999 (02/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 1999

das pretendan nuevamente efectuar actividades de intermediacion en el MORDAZA de valores; Que, respecto de la denuncia presentada contra Valores AQP S.A. ex sociedad agente de bolsa por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccari por operaciones realizadas el 19 de setiembre de 1995, es necesario senalar que el mencionado senor con fecha 6 de agosto de 1996 presento a CONASEV una carta de desistimiento, mediante el cual manifesto respecto de las ex sociedades agentes de bolsa Valores AQP y CD MORDAZA de Bolsa el haber "llegado a un acuerdo satisfactorio con dichas empresas, dejando MORDAZA que las operaciones han sido realizadas con mi conocimiento, por tanto relevo de cualquier responsabilidad a dichas sociedades por haber intervenido en la solucion de mi inquietud al haberse aclarado el impasse" anadiendo que "...me desisto de la queja que planteara ante su representada"; Que, sin embargo, con fecha 22 de marzo de 1999, despues de haber transcurrido mas de dos anos de formulado el referido desistimiento, el senor MORDAZA presento a CONASEV una carta en la cual informa que dicho desistimiento fue realizado bajo presion de los representantes de Valores AQP S.A. y CD MORDAZA de Bolsa e Inversiones S.A. ex sociedades agentes de bolsa; Que, al respecto, no habiendo acreditado el senor MORDAZA lo afirmado en su carta de fecha 22 de marzo de 1999 y considerando que el desistimiento de fecha 6 de agosto de 1996 se efectuo con firma legalizada por un funcionario de CONASEV que conocia del MORDAZA, de conformidad con los requisitos senalados en el Articulo 89º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS corresponde el archivo del expediente respectivo; Que, por otra parte, con relacion al reclamo presentado por el senor Wilmer Torero MORDAZA contra Valores AQP S.A. ex sociedad agente de bolsa, corresponde senalar que este se refiere a hechos que se efectuaron en el periodo comprendido entre noviembre de 1992 a febrero de 1995 y dado que la denuncia fue presentada el 12 de MORDAZA de 1996, esta no se adecua a lo establecido en el Articulo 5º del Reglamento de Ejecucion de Garantias Constituidas por los Agentes de Intermediacion, su Reposicion y Pago a los Inversionistas, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 030-94-EF/94.10.0, MORDAZA que estuvo vigente al momento de producidos los hechos, por lo que debe declararse improcedente su reclamo; y, Estando a lo dispuesto por el inciso d) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, Decreto Ley Nº 26126; asi como lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en su sesion de fecha 26 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundadas las reclamaciones presentadas por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, Aya MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizares, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizares, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Quico MORDAZA, MORDAZA Velasco MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que con cargo a la cuenta abierta a nombre de CONASEV por la ejecucion de la carta fianza Nº 7000005036-00-01 emitida a nombre de Valores AQP S.A. ex sociedad agente de bolsa, el Banco Wiese Ltdo. efectue el pago a las siguientes personas, por los montos que se indican a continuacion: Nº Comitente 1 2 3 4 5 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TOTAL S/. 46 479,89 38 214,04 28 858,69 5 599,96 2 674,86 121 827,45

Articulo 4º.- Archivar el reclamo presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccari, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 5º.- Declarar improcedente el reclamo presentado por el senor Wilmer Torero MORDAZA, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, Aya MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizares, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizares, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Quico MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccari, MORDAZA Velasco MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Wilmer Torero MORDAZA, a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA, a CD MORDAZA de Bolsa e Inversiones S.A. ex sociedad agente de bolsa, a Valores AQP ex sociedad agente de bolsa, a la Bolsa de Valores de MORDAZA, a Cavali ICLV y a la Asociacion de Sociedades Agentes de Bolsa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 11140

CONSUCODE
Declaran fundada revision y otorgan buena pro a empresa para prestar servicio de limpieza y mantenimiento en el Hospital Nacional MORDAZA Unanue
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 164/99.TC-S1 MORDAZA, 1 de setiembre de 1999 Visto en Sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del 1.9.99, el Expediente Nº 249/99.TC referente al recurso de revision interpuesto por la firma GRUPO GERENCIAL ASESORIA Y SERVICIOS INTEGRALES S.R.L., relacionado con su reclamo sobre otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-99-HNHU, convocado por el Hospital Nacional MORDAZA Unanue para contratar el servicio de limpieza y mantenimiento; CONSIDERANDO: Que, esta Sala mediante Resolucion Nº 160/99.TC-S1 del 24.8.99, publicada el 31.8.99 en el Diario Oficial El Peruano, declaro subsistente la Resolucion Directoral Nº 433-99-SAHNHU-SD/DG de 3.8.99 producida en el Concurso Publico Nº 0999-HNHU, asi como el otorgamiento de la Buena Pro a favor del postor ASERG SAZE E.I.R.L.; Que, la Resolucion dictada por esta Sala se basaba en la Resolucion Directoral Nº 433-99-SA-HNHU-SD/DG la cual, al declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por el postor ASERG SAZE E.I.R.L., disponia que el Comite Especial retrotraiga el MORDAZA al estado de evaluacion de la propuesta economica de este postor y que se le otorgue el puntaje que le corresponde, para lo cual considero que el olvido del postor en presentar la garantia de seriedad de oferta, conjuntamente con su propuesta economica, era una omision subsanable que no modificaba el contenido en esa propuesta conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 73º del Reglamento de la Ley Nº 26850; Que, el postor ASERG SAZE E.I.R.L. no presento la referida carta fianza en el acto publico realizado el 20.7.99, arguyendo que era una omision causada por olvido y que pedia la concesion del plazo previsto en el Articulo 73º MORDAZA citado del Reglamento de la Ley Nº 26850; plazo de subsanacion que le fue otorgado, en via de apelacion, por Resolucion Directoral Nº 433-99-SA-HNHUSD/DG; que en virtud de dicha Resolucion Directoral el Comite Especial se reunio en acto publico el 9.8.99 y evaluo la propuesta economica de ASERG SAZE E.I.R.L., la que arrojo un monto total de S/. 216,025.54 adjuntando la carta fianza que, segun su manifestacion, no habia presentado en el acto publico del 20.7.99 por omision; que con la propuesta economica del postor ASERG SAZE E.I.R.L. y con la subsanacion de la omision de la carta fianza se reformulo el Cuadro Comparativo ocupando el primer puesto el postor referido a quien se le otorgo la Buena Pro tomandose en cuenta que la carta fianza expedida por el Banco Continental que lleva el numero 0011-0235-9800004948-90 habia sido emitida el 20 de MORDAZA de 1999, esto es, el mismo dia y MORDAZA de la realizacion de acto publico de entrega de propuestas efectuado en esa fecha; y MORDAZA en el orden de prelacion el

Articulo 3º.- Disponer que con cargo a los fondos resultantes de la venta del Certificado de Participacion de CD MORDAZA de Bolsa e Inversiones S.A. ex sociedad agente de bolsa, se efectue el pago a las siguientes personas, por los montos que se indican a continuacion: Nº COMITENTE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aya MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizares MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizares MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TOTAL S/. 70 203,90 69 125,99 21 505,61 16 036,98 13 525,02 13 151,17 9 967,83 5 890,86 5 074,54 1 793,72 226 275,61

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