Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 1999 (15/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA ESQUERRE Presidente 11719

b.1) Gastos del operativo de intervencion. b.2) Gastos del MORDAZA normal de pago de pensiones, por los meses de cobro involucrados. b.3) 2% de los montos totales a que se refieren los incisos a); b.1) y b.2). Articulo 3º.- Los criterios descritos en el Articulo 2º de la presente Resolucion seran tomados en cuenta para las diligencias que convoque el Fiscal Ad Hoc con posterioridad a la aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Jefa 11718

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL

RPM Aprueban criterios para proponer indemnizacion cuando fiscal ad hoc Relacion de concesiones mineras cuconsidere aplicable el MORDAZA de yos titulos fueron aprobados en el mes Oportunidad en casos de cobro ilegal de agosto de 1999 de pensiones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 083-99-JEFATURA/ONP MORDAZA, 20 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25967, modificado por Ley Nº 26323, creo la Oficina de Normalizacion Previsional ONP como la entidad encargada de administrar centralizadamente el Sistema Nacional de Pensiones, asi como otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, la Ley Nº 27072 establece que, el Ministerio Publico podra aplicar el "Principio de Oportunidad" entre otros supuestos, cuando se trate de delitos que por su insignificancia o su poca frecuencia no afecten gravemente el interes publico, salvo cuando la pena minima supere los dos anos de pena privativa de MORDAZA y cuando la culpabilidad del agente en la comision del delito, o su contribucion a la perpetracion del mismo MORDAZA minimos; siempre que el agente hubiere reparado el dano ocasionado o exista un acuerdo con la victima respecto a la reparacion civil; Que, los cobros indebidos de pensiones originan ademas de la percepcion indebida de pension, gastos extraordinarios para la Oficina de Normalizacion Previsional, por lo que es necesario establecer los criterios que los representantes de la ONP deben tener en cuenta a efectos de proponer al Fiscal Ad Hoc de la ONP la indemnizacion por concepto de reparacion civil a favor de la Oficina de Normalizacion Previsional, cuando este considere procedente aplicar el "Principio de Oportunidad" a quienes han sido capturados y/o denunciados por el cobro ilegal de pensiones; Estando a lo dispuesto en el Articulo 7º del Estatuto de la ONP, aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el inciso f) del Articulo 2º, e inciso d) del Articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 048-95-EF y la Resolucion Suprema Nº 075-97-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los criterios a tener en cuenta por los representantes de la Oficina de Normalizacion Previsional al momento de proponer la indemnizacion al Fiscal Ad Hoc de la ONP cuando este considere oportuno aplicar el MORDAZA de oportunidad a quienes han sido capturados y/o denunciados por el cobro ilegal de pensiones. Articulo 2º.- Los criterios a que se refiere el articulo anterior son los siguientes: a) Devolucion del monto MORDAZA de pension cobrado ilegalmente. b) Pago compensatorio de los gastos incurridos por la ONP como consecuencia del ilicito cometido, el mismo que comprende los siguientes conceptos: Que, el Registro Publico de Mineria publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de agosto de 1999, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 125º del Decreto Supremo Nº 01492-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional Registro Publico de Mineria 11732 RESOLUCION JEFATURAL Nº 2548-99-RPM/J MORDAZA, 13 de setiembre de 1999

SUNAT
Autorizan viaje de profesional para realizar estudios de posgrado en Holanda
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 100-99/SUNAT MORDAZA, 9 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT dentro de su politica destinada a propiciar el perfeccionamiento de su personal realiza todos los anos el Concurso para la seleccion y apoyo de Estudios de Posgrado;

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