Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 1999 (15/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

Pag. 177890
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1011-99-DA/MDB Brena, 31 de agosto de 1999 VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 1999

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Declaran como ambiente MORDAZA monumental y MORDAZA rigida, area denominada Cerro La MORDAZA de Tambo Viejo
ORDENANZA Nº 006-99-A-MDC Cieneguilla, 2 de setiembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de marzo de 1999. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Construcciones en su TITULO IV PATRIMONIO ARQUITECTONICO, IV, I 4: MONUMENTOS, define como AMBIENTES MORDAZA MONUMENTALES a los espacios urbanos (plazas, plazuelas, calles, etc.) cuya fisonomia y elementos por poseer valor urbanistico de conjunto, deben conservarse total o parcialmente; Que, el Articulo 67º, numeral 11) de la Ley Nº 23853, establece que son funciones de las Municipalidades en materia de Educacion, Cultura, Conservacion de Monumentos, promover y asegurar la conservacion del Patrimonio Cultural Local y la defensa y conservacion de los monumentos arqueologicos, historicos y artisticos; Que, la MORDAZA denominada CERRO LA MORDAZA DE TAMBO VIEJO, conformada por la manzana E, MORDAZA C del CPR Tambo Viejo y aledanas a las avenidas San MORDAZA y Manco Capac y pasaje MORDAZA Capac, tiene un significado espiritual, religioso y costumbrista para la poblacion de Cieneguilla en general y de Tambo Viejo en particular; Que, la mencionada MORDAZA por ubicacion, colindante con la Av. Principal, representa a la propia naturaleza predominante en el Distrito Ecologico y Turistico de Cieneguilla; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 36º, inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Declarase AMBIENTE MORDAZA MONUMENTAL, el area denominada CERRO LA MORDAZA DE TAMBO VIEJO, cuya ubicacion se senala en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Declarase MORDAZA RIGIDA, la mencionada MORDAZA, no permitiendose en el lugar la instalacion de kioscos, vivanderas y ningun MORDAZA de avisaje comercial, ni comercio ambulatorio alguno. Articulo Tercero.- Prohibase la construccion de edificaciones de mas de UN (1) piso o TRES (3) metros de altura a no menos de CIEN (100) metros del radio constituido por el eje del cerro denominado La Cruz. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11744

El Informe Nº 021-99-CEPAD/MDB de la Comision Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinarios a Funcionarios de la Municipalidad de Brena, su fecha 4 de agosto de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 831-99-DA/ MDB de fecha 16 de junio de 1999, se instauraron Procesos Administrativos Disciplinarios a los Sres. MORDAZA PERLECHE ROGGERO, ex Director Municipal; Sr. MORDAZA ALVAN MORDAZA, ex Director de la Oficina de Administracion; Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Contabilidad y Sra. MORDAZA MORDAZA CASTRILLON, ex Jefa de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales; al haberse evidenciado, conforme a las conclusiones, observaciones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 00698-OAI/MDB "Donacion Aceptada de los Regidores Ano 1996" de fecha 30 de diciembre de 1998, la presunta comision de faltas administrativas tipificadas en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, de la investigacion administrativa realizada, a merito del mencionado Informe del organo de auditoria interna, la Comision Especial designada para el efecto ha establecido en su Sesion de fecha 3 de agosto de 1999, no obstante las pruebas de descargo presentadas por los investigados, que han quedado acreditadas sus negligencias funcionales; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 006-98OAI/MDB de fecha 30 de diciembre de 1998, y en las Actas de Sesiones de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a Funcionarios de fechas 14 de MORDAZA y 3 de agosto de 1999, que como anexo forman parte integrante de la presente Resolucion; Y, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 159º y 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y las atribuciones conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR con la medida disciplinaria de DESTITUCION a los Sres. MORDAZA PERLECHE ROGGERO, ex Director Municipal, Sr. MORDAZA ALVAN MORDAZA, ex Director de la Oficina de Administracion y Sra. MORDAZA MORDAZA CASTRILLON, ex Jefa de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, por infraccion administrativa descrita en el inciso d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Articulo Segundo.- ABSOLVER a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Contabilidad, de los cargos formulados en su contra, en merito a las pruebas de descargo presentadas a la Comision Especial y que corren anexas a la presente Resolucion. Articulo Tercero.- INTERPONER las acciones civiles y/o penales a que hubiere lugar. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Asuntos Juridicos y Oficina de Administracion a traves de la Unidad de Personal, el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- DAR CUENTA a la Contraloria General de la Republica y a la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11743

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Establecen Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 010-99-MDI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.