Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 1999 (15/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 1999

ANO XVII - Nº 7023

Pag. 177807

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27172
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

DECRETOS DE URGENCIA
Autorizan credito suplementario en el presupuesto del Sector Publico a favor del Ministerio de Economia y Finanzas, destinado a programas de ajuste sectorial financiero y del sector comercio
DECRETO DE URGENCIA Nº 055-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 124-92 y 17097-EF, se ratifico la aprobacion de la operacion de Endeudamiento Externo, mediante la forma de Cooperacion Tecnica Reembolsable Concertada entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar los Programas de Ajuste del Sector Financiero Nacional y de Implantacion de un Sistema de Aseguramiento de la Calidad en Aduanas; Que, en el Presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas aprobado por Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999, no se han considerado los recursos de las operaciones de endeudamiento mencionadas en el considerando precedente; Que, es necesario incorporar en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal 1999, Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, los saldos a desembolsar por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID previstos a ejecutarse durante el presente ano a traves de Banco Central de Reserva del Peru y de la Superintendencia Nacional de Aduanas, como organismos ejecutores de los Convenios 678 y 1036-OC-PE, por los montos de S/. 5 082 000,00 y S/. 78 342,00, respectivamente; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA:

LEY QUE DA FUERZA DE LEY AL DECRETO SUPREMO Nº 017-99-AG SOBRE EL PROYECTO ESPECIAL OLMOS
Articulo unico.- Dar fuerza de ley al Decreto Supremo Nº 017-99-AG Dase fuerza de ley al Decreto Supremo Nº 017-99-AG, que modifica la denominacion del Proyecto Especial Olmos e incorpora al dominio del Estado las tierras eriazas identificadas dentro del ambito de influencia del referido Proyecto Especial. Comuniquese al Senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dos dias del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 11819

Articulo 1º.- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 1999, hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO SESENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 160 342,00), de acuerdo al siguiente detalle:
(EN NUEVOS SOLES) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 12 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 4.0.0 4.1.0 4.1.2 4.1.2.001 : : : : FINANCIAMIENTO Operaciones Oficiales de Credito Operaciones Oficiales de Credito Externo Operaciones Oficiales de Credito ExternoBID 5 160 342,00 TOTAL INGRESOS 5 160 342,00

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