NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/09/1999)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 6
Pág. 177812 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 1999 De conformidad por lo dispuesto en el Artículo 5º incisos c) y d) del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, concordante con el Artículo 2º, incisos d) y h) de su Reglamento aprobado por su Decreto Supremo Nº 053-92-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar la Comisión Nacional Multi- sectorial encargada de promover las actividades de la celebración del "Día Nacional de la Alimentación" que en 1999 tendrá el lema "La Juventud contra el Hambre", integrada por los representantes de los Ministerios: - Señor Santos Maza y Silupu por el Ministerio de Agricultura, quien la presidirá - Doctora Nelly Baiocchi Ureta por el Ministerio de Salud - Licenciada Martha Silva Contreras Solís por el Mi- nisterio de Pesquería - Señor Fernando Furukawa Kinumatsu por el Minis- terio de Educación - Ingeniero Miguel Ventura Napa por el Ministerio de la Presidencia - Doctora Elva Ríos Ríos por el Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Artículo 2º.- Los Proyectos, Organismos Públicos Descentralizados y Desconcentrados del Ministerio de Agricultura, organizarán, participarán y brindarán las facilidades que sean necesarias en coordinación con la Comisión Nacional Multisectorial, para la realización de las actividades con ocasión de la celebración del "Día Nacional de la Alimentación". Artículo 3º.- La Comisión Nacional Multisectorial coordinará con el representante de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO en el Perú, la elaboración de un Programa de Trabajo para el "Día Mundial de la Alimentación 1999", el mismo que incluirá la realización de Telefood que estará a cargo de la FAO. Artículo 4º.- La Comisión Nacional Multisectorial coordinará con la representación de la FAO la elaboración de un Informe Nacional sobre las actividades desarrolla- das en el Marco del "Día Nacional de la Alimentación 1999", cuyo día principal es el 16 de octubre de todos los años. Dicho informe deberá estar saneado en un plazo no mayor de los 30 días útiles después de concluido el proceso de celebración. Regístrese, comuníquese y publíquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 11780 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban donación a favor del Institu- to Geofísico del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 429-99-EF Lima, 14 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 025-IGP/ 99 de fecha 4 de febrero 1999, el Instituto Geofísico del Perú, aceptó la donación efectuada por la Universidad de Cornell de Estados Unidos de América, consistente en una computadora, que será destinada al Radio Observa- torio de Jicamarca para los trabajos que realiza con fines científicos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava-das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por la Universidad de Cornell de Estados Unidos de América, a favor del Instituto Geofísico del Perú, consistente en una computadora Netframe 3101 W/Landesk ID# NET011 684196, con un valor aproximado de US$ 3 015,00 (Tres Mil Quince y 00/100 Dólares de Estados Unidos de Amé- rica), según Carta de Donación de fecha 16 de diciembre de 1998 y un peso aproximado de 36 kgs., según Guía Aérea Nº SYR 8021283 de AEI. Dicha donación será destinada al Radio Observatorio de Jicamarca para los trabajos que realiza con fines científicos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 11829 Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específi- cos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-99-EF/15 Lima, 14 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016- 91-AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos produc- tos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras apli- cables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referen- cia para la semana comprendida entre el 30 de agosto y el 5 de setiembre de 1999 para el caso del maíz, arroz y azúcar y del 23 de agosto al 5 de setiembre de 1999 para los productos lácteos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de refe- rencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: