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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (24/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 178562 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 1999 do por Decreto Supremo Nº 009-93-EM modificado por Decreto Supremo Nº 02-94-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A.A., concesión definitiva para desarrollar actividades de transmisión de energía eléc- trica, en las líneas de transmisión de 60 kV de tensión de la S.E. Abancay - S.E. Chalhuanca (Chacapuente) y S.E. Abancay - S.E. Chuquibambilla de propiedad de la soli- citante, ubicada en las provincias de Abancay, Chal- huanca y Chuquibambilla, departamento de Apurímac, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el contrato de concesión que se aprueba en el Artículo 3º, asignándole el Código Nº 14093899. Artículo 2º.- La concesión operará en las siguientes líneas eléctricas: Salida / Llegada de las Tensión Nº de Longitud Líneas Eléctricas (Kv) Ternas (km) S.E. ABANCAY - S.E. CHALHUANCA (Chacapuente) 60 01 67.40 S.E. ABANCAY - S.E. CHUQUIBAMBILLA 60 01 64.47 Artículo 3º.- Aprobar el contrato de concesión defini- tiva Nº 160-99 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. el que consta de 18 cláusu- las y 3 Anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesión definitiva de transmisión eléctrica a celebrar- se con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la escritura públi- ca que dé origen el contrato de concesión definitiva Nº 160-99, referido en el Artículo 3º de esta Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 12224 Imponen servidumbre de electroducto de línea de distribución a favor de HIDRANDINA S.A., ubicada en el de- partamento de La Libertad RESOLUCION MINISTERIAL Nº 485-99-EM/VME Lima, 31 de agosto de 1999 Visto, el Expediente Nº 22035296 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1069944, 1174435, 1203735 y 1249866, presentado por la concesionaria Empresa Regional de Servicio Público de Electrici- dad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización, de la servidumbre de electroducto de la línea de Distri- bución 10 kV. Poroto - Simbal, ubicada en el distrito de Poroto, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad;CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Público de Elec- tricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolu- ción Suprema Nº 096-94-EM de fecha 23 de diciembre de 1994, ha solicitado la regularización de la servidumbre de electroducto de la línea de Distribución 10 kV. Poroto - Simbal; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se auto- riza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decre- to Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95- PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 218-99-EM/ DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artícu- lo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., en vía de regularización con carácter permanente, la servidumbre de electroducto de la línea de Distribución 10 kV. Poroto - Simbal, ubicada en el distrito de Poroto, provincia de Trujillo, departa- mento de La Libertad; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 22 y 23 de mayo de 1998. Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la respon- sabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 11531 Imponen servidumbre de electroducto a favor de HIDRANDINA S.A., ubicada en el departamento de Cajamarca RESOLUCION MINISTERIAL Nº 506-99-EM/VME Lima, 3 de setiembre de 1999