Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 1999 (24/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 1999

Autorizan a institucion bancaria la organizacion de empresa subsidiaria
RESOLUCION SBS Nº 0847-99 MORDAZA, 9 de setiembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la organizacion de una empresa subsidiaria, bajo la denominacion de "Inmobiliaria BCP S.A."; y, CONSIDERANDO: Que, en la sesion de Directorio del Banco de Credito del Peru celebrada el 22 de MORDAZA de 1999 se aprobo la constitucion de la citada empresa subsidiaria; Que, en sesion de Directorio del Banco de Credito del Peru del 26 de agosto de 1999 se levanto la observacion realizada por esta Superintendencia respecto a la denominacion social de la empresa en organizacion; Que, el objeto social de la citada empresa es el de dedicarse a la inversion en bienes muebles e inmuebles, compraventa y arrendamiento de bienes de su propiedad o terceros, destinados a su propio uso o de terceros, conforme al numeral 28 del Articulo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; De acuerdo a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, la Gerencia de Estudios Economicos y el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero a traves de los Informes Nº 671-99-LEG, Nº 024-99-GEE y Nº ASIF"A"-145-OT/99, respectivamente; y, con la opinion favorable de la Superintendente Adjunto de Banca; De conformidad con lo establecido en los Articulos 21º, 34º, 35º, 36º, 221º y 224º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE:

c) Acreditar el pago de su capital social mediante aportes en efectivo; d) Enviar los Manuales de Politicas y Procedimientos y demas documentos pertinentes; e) Remitir MORDAZA certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a cada uno de los funcionarios, incluyendo los de delegacion de facultades; f) Informar sobre el lugar en que funcionara la sede principal de la subsidiaria y el ambito geografico del MORDAZA en que se desarrollaran sus actividades, las MORDAZA de financiamiento externo del proyecto y el cronograma tentativo de ejecucion a fin de brindarle un horizonte temporal a la puesta en marcha del proyecto; g) Adjuntar los contratos que la empresa subsidiaria celebre con el Banco de Credito del Peru con relacion al soporte en infraestructura, en el area administrativa, informatica y otros MORDAZA relacionados a la marcha del negocio; h) Cualquier otra informacion complementaria que sea requerida por esta Superintendencia, que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. 3º.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Organizacion, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 12197

CONASEV
Dictan normas sobre publicaciones que realicen sociedades anonimas abiertas, como mecanismo de proteccion al accionista minoritario, conforme lo dispone la Ley Nº 26985
RESOLUCION DEL COMITE DE PROTECCION AL ACCIONISTA MINORITARIO Nº 81-99-EF/94.COPA MORDAZA, 16 de setiembre de 1999

1º.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la organizacion de la empresa subsidiaria denominada "Inmobiliaria BCP S.A.", para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de constitucion social y estatuto presentado, el que se devuelve debidamente autenticado con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a escritura publica, debiendo insertarse en esta el Certificado de Autorizacion al que se refiere el tercer numeral de la presente Resolucion. 2º.- Para el funcionamiento de la empresa "Inmobiliaria BCP S.A"., en organizacion, deberan realizarse todas las acciones orientadas a formalizar su constitucion y se debera ademas, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en la Resolucion SBS Nº 600-98, Reglamento Para la Constitucion y el Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, en adelante el Reglamento; procediendo para tal efecto a: a) Enviar la Escritura Publica de constitucion debidamente inscrita en los Registros Publicos; b) Remitir la relacion de Directores y de Funcionarios adjuntando la informacion senalada en el Anexo I del Reglamento;

VISTO: El Memorandum Nº 119-99-EF/94.COPA de la Secretaria Tecnica de fecha 4 de agosto de 1999; CONSIDERANDO: 1. Que la Ley de Proteccion al Accionista Minoritario de las Sociedades Anonimas Abiertas, Ley Nº 26985 establece como mecanismo de proteccion al accionista minoritario la obligacion de las sociedades anonimas abiertas de realizar publicaciones periodicas en medios de comunicacion, con el proposito de facilitarles el acceso a informacion basica de la sociedad para la mejor defensa de sus intereses; 2. Que en ese sentido la Ley Nº 26985 dispone la obligacion de publicar, a los sesenta dias de realizada la junta general obligatoria a que se refiere el Articulo 114º de la Ley General de Sociedades, el numero total y valor de los titulos representativos de acciones no reclamados y el monto total de dividendos no cobrados, con indicacion del lugar donde se encuentra el listado correspondiente y horario de atencion, correspondiendo a la sociedad anonima abierta cumplir cada treinta dias, por tres meses consecutivos, con publicar la informacion ac-

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