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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (24/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 178565 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia formulada por la Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal como Directora del Sistema Administrativo IV (Director General) de la Oficina de Administración del Ministerio de la Presidencia, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 12229 RESOLUCION SUPREMA Nº 163-99-PRES Lima, 23 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Director del Sistema Administrativo IV (Director General) de la Oficina de Administración del Ministerio de la Presiden- cia; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempeñará el cargo de Director del Sistema Administrativo IV (Director General) de la Oficina de Administración del Ministerio de la Presi- dencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Ley Nº 25556; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a partir de la fecha, al ingeniero JOSE ABRAHAM MISAD PAULET como Di- rector del Sistema Administrativo IV (Director General) de la Oficina de Administración del Ministerio de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 12230 PESQUERIA Aceptan renuncia de asesora del Despacho Viceministerial de Pesque- ría RESOLUCION SUPREMA Nº 149-99-PE Lima, 23 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-99-PE de fecha 11 de enero de 1999 se designó a la doctora Elizabeth Carmen Briones Gómez en el cargo de Asesora del Despacho Viceministerial de Pesquería;Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y Decre- to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir del 23 de setiem- bre de 1999, la renuncia presentada por la doctora ELIZABETH CARMEN BRIONES GOMEZ, al cargo de Asesora del Despacho Viceministerial de Pesquería, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 12228 Declaran infundada apelación relativa a resolución directoral que otorgó a empresa permiso de pesca a plazo determinado RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 048-99-PE Lima, 20 se setiembre de 1999 Visto el escrito de Registro Nº CH-091003, de fecha 21 de mayo de 1999, mediante el cual PESQUERA ADE- LAIDA S.A. interpone recurso de apelación contra la Resolución Directoral Nº 096-99-PE/DNE; CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 096-99-PE/DNE, de fecha 28 de abril de 1999, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por PESQUERA ADE- LAIDA S.A. contra la Resolución Directoral Nº 393-98- PE/DNE, a través de la cual se otorgó permiso de pesca a la recurrente para operar la embarcación pesquera denominada "SANTA ADELA III" con matrícula CE- 18002-PM, de 500.66 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, toda vez que la recurrente había precisado en los formatos de información técnica presentados ante la Administración que los recursos hidrobiológicos a extraer serían jurel y caballa como especies objetivo de captura, sin señalar expresamente los recursos anchoveta y sardina, por lo que dichos recursos no formaron parte del petitorio de permiso de pesca presentado por la recurrente y, asimis- mo, porque se incrementaría el esfuerzo pesquero sobre dichos recursos al considerárseles como plenamente explotados; Que mediante Resolución Ministerial Nº 781-97-PE, se declaró a los recursos anchoveta y sardina como plenamente explotados, por lo que el acceso a su explota- ción se encuentra restringido, limitándose el otorga- miento de autorizaciones de incremento de flota y de nuevos permisos de pesca, únicamente en el caso de sustitución de igual capacidad de bodega en la misma pesquería, conforme a lo dispuesto en el Artículo 19º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; Que de conformidad al principio de aplicación inme- diata de las normas, recogido en Artículo III del Título Preliminar del Código Civil y en la Primera y Segunda de las Disposiciones Complementarias del Código Procesal Civil, que rige nuestro ordenamiento jurídico, una nor-