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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (24/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 178578 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 1999 Respecto de la condición de abonar la suma de US$ 20.00 para recabar el teléfono celular ofrecido como premio PANTEL manifestó que en la publicidad de la promoción El Golazo del Mundial no se ofreció como premio la gratuidad del servicio telefónico; sino que ésta se encontraba condicionada “…a los requisitos del pro- veedor solo donde esté disponible el sistema MOVIFA- CIL”, circunstancia tal, que fuera informada en todos los avisos de la promoción. Asimismo, manifestó que el hecho que una de las 14,927 personas ganadoras no había entendido el sentido de la promoción no era sufi- ciente para determinar la existencia de una infracción al Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 691. En este sentido, afirmó que constituía una condi- ción del sistema Movifácil la adquisición de una tarjeta telefónica ascendente a US$ 20.00 dólares como requisito para activar la línea telefónica, el mismo que sería ampliamente conocido por los consu- midores, por lo cual PANTEL habría otorgado una información correcta al público que resultara pre- miado por la promoción. En relación a la obligación de consignar el número de unidades disponibles y el plazo de duración de la promo- ción, la denunciada manifestó que habría cumplido con la referida norma en tanto habrían informado acerca del número total de la misma; esto es, de 7,000 pelotas y 20,000 celulares así como también se indicaba que estas cantidades estaban limitadas por partido. Asimismo, manifestó que siendo que su intención era entregar el íntegro de los premios que habían incluido en la promoción, se optó por obsequiar a todas las personas que acertaban la respuesta correcta los premios sobran- tes de las primeras transmisiones de los partidos del mundial, ya que en dichas transmisiones era mayor el número de premios en relación con el número de perso- nas premiadas. En este sentido, señaló que resultaron como ganadores más personas que de las que realmente deberían ganar con lo cual no se habría perjudicado los intereses del consumidor. Mediante carta remitida con fecha 20 de noviembre de 1998, el Notario Luis Roy Párraga aclaró el término “azar” señalado en las actas notariales resultaba erró- nea; ello, en tanto “…la verificación de las personas ganadoras de los premios ofrecidos en el golazo del mundial, se realizó en el local de la empresa SETIPSA propietaria de los equipos generadores de los programas informáticos, que seleccionaban grupos de respuestas correctas y respuestas incorrectas, limitándose nuestra presencia a certificar los nombres y datos relativos a la identidad de las personas ganadoras, para lo cual se presionaba una tecla cuyo objetivo era reproducir la voz de la persona ganadora, que en orden de prelación pertenecía al grupo ya seleccionado de personas ganado- ras de una pelota de fútbol y un celular”. En atención a la solicitud de información realizada por la Secretaría Técnica mediante Carta Nº 1301-1998/CCD- INDECOPI de fecha 26 de noviembre de 1998, la empresa SERTELIN, por medio de la carta remitida con fecha 04 de diciembre de 1998, informó que los documentos requeridos para la acreditación del sistema de asignación de ganadores se encontraba detallado en los manuales de la central. Asimismo manifestó que a fin de obtener una explicación técnica más completa, consistente y directa de todo el proceso empleado para la asignación de los ganadores la Secretaría Técnica podría acudir al local de su empresa a fin de realizar una verificación de los mismos. En este sentido, con fecha 03 de febrero de 1999 se llevó a cabo una visita de inspección en el local de SERTELIN, siendo que, conforme consta en el acta de dicha diligencia se obtuvo la siguiente información: a) El registro de las llamadas se realizaba en dos grupos de respuesta, en uno se registraba a quienes acertaban la respuesta correcta y, en el otro, a quienes no acertaban la respuesta o cuyos datos no eran válidos. b) Obtenida dicha información se procesaban los datos contenidos en las grabaciones registradas en el disco duro, en un archivo de la empresa en el cual se registraba los nombres, apellidos, número de libreta electoral y número de teléfono, siendo que este procedi- miento era verificado por un Notario Público. c) A solicitud de PANTEL, los datos eran procesados en orden alfabético y contenían el número total de quienes acertaban la respuesta correcta de manera ilimitada, es decir, contenían todas las llamadas registradas con la res-puesta correcta, lo cual era consignado en la relación entre- gada a PANTEL para la asignación de los premios. En este caso, las llamadas procesadas por SERTIPSA eran de acuer- do al orden alfabético para su entrega a PANTEL y sin consignarse el orden de prelación de las mismas. Conforme consta en el Informe de Secretaría Técnica de fecha 15 de marzo de 1999, mediante Memorándum N° 231-99/ODIAQPJIS de fecha 23 de febrero de 1999, fueron remitidos a la Secretaría Técnica dos reclamos presentados ante la ODI de Arequipa por los señores Jaime Felipe Zegarra Uria y Cecilia Roxana Salinas Salas. Ambos reclamos estaban referidos a que, pese haber ganado el teléfono celular a que se refiere la promoción materia de denuncia y haber realizado el pago de US$20 correspondiente, hasta la fecha no se les entregaba el referido equipo. Finalmente, con fecha 16 de marzo de 1999, el expe- diente fue puesto a disposición de la Comisión a fin de que emita la resolución final correspondiente. II. DESCRIPCION DE LOS ANUNCIOS MATE- RIA DE DENUNCIA En el presente caso, los anuncios que conforman la campaña publicitaria3 de la promoción el Golazo del Mundial son los siguientes: 2.1. Anuncios difundidos por Televisión : En los anuncios difundidos por televisión se señalaba lo siguiente: “Aún no has llamado al 0808 45500(1) de la promo- ción el Golazo del Mundial de Panamericana Televisión y Castrol, que esperas. Tenemos miles de pelotas Castrol y celulares Tango 300 de Motorola con línea Movifacil(2) que pueden ser tuyos. No te olvides, en cada partido aparecerá la pelota regalona de Castrol, cuenta cuántas veces aparece en pantalla e inmediatamente llama al 080845500 y sigue las instrucciones. Si das la respuesta(3) correcta automáticamente te llevas una de las miles de pelotas de Castrol y un Celular Tango 300 de Motorola(4) con línea Movifacil. Con cada llamada que haces, el pozo del mundial(5) crece y está el Mazda 323 GLX cero Kms. que puede ser tuyo al final del mundial, a más llamadas más oportuni- dades de ganar. No te quedes y llama ahora mismo al 0808 45500 y anota tu también el Golazo del Mundial. Llama ahora llama ya.” (1) “0-808-4-5500 Costo de la llamada S/. 2.50 x Min. Inc. IGV ESTE SERVICIO PUEDE SER BLOQUEADO. NO INCLUYE EL TRAFICO TELEFONICO.” (2) “7,000 PELOTAS - 20,000 CELULARES.” (3) “EL NÚMERO DE PELOTAS Y CELULARES VARIARÁ EN CADA PARTIDO.” (4) “Celular con línea pre-pago con cobertura nacional automática - condicionado a los requisitos del provee- dor.” (5) “Pozo inicial 15,000 soles - 20% de los ingresos - Sorteo Final 12 de julio.” Difusión : Los anuncios televisivos fueron difundi- dos por PANTEL vía canal 5, en el mes de mayo (a partir del día 25), junio y julio (hasta el día 12)4. 3Ver Resolución N° 1002-96-INDECOPI/TRI de fecha 19 de junio de 1996, emitida en el expediente N° 077-95-CPCD seguido por INDUSTRIAS PACO- CHA S.A. y CONSORCIO DE ALIMENTOS PERÚ PACIFICO contra NEW ZEALAND MILK PRODUCTS (Perú) S.A. que define como campaña publicita- ria a ”aquella secuencia de anuncios publicitarios realizados en interés del mismo anunciante, para promocionar un mismo bien o servicio, teniendo por objeto un mismo mensaje que será recordado e interpretado por los consumi- dores”.4Ver: escrito de PANTEL presentado con fecha 30 de octubre de 1998.