Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 1999 (24/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 1999

Que, dentro de los acuerdos bilaterales suscritos por nuestro MORDAZA con la Republica del Ecuador se ha definido la via de integracion Loja-Nambaye-Sarameriza; Que, el Plan Binacional de Desarrollo Fronterizo suscrito entre MORDAZA naciones tiene dentro de sus proyecciones la rehabilitacion de la Carretera MORDAZA MORDAZA - San MORDAZA - Rio Canchis, Tramo II, Km. 50 (Tamborapa) - Rio Canchis, conformante de la via de integracion MORDAZA mencionada; Que, resulta necesario recabar informacion tecnica, asi como efectuar un reconocimiento de la Carretera MORDAZA - Rio Canchis, con la finalidad de complementar el diseno del pavimento previsto inicialmente para la citada via en lo que respecta a la condicion actual del terreno, asi como de los proyectos de rehabilitacion existentes; Que, la Gerencia de Proyectos BIRF del Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes PRT - PRT del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, tiene a su cargo los Estudios de la Carretera MORDAZA - MORDAZA - San MORDAZA - Rio Canchis, por lo que resulta necesario autorizar a profesionales que se encargaran de las labores citadas en el considerando precedente; De conformidad con la Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y La Balsa, Republica de Ecuador, durante los dias 20 al 24 de setiembre de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion: - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista de Proyectos BIRF del PRT - PERT. - Ingeniero MORDAZA MORDAZA Kauoxs, profesional de la Direccion General de Caminos. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera compartido proporcionalmente con cargo a los Presupuestos del Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes PRT PRT y del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje (US$ 398 x 2) US$ Viaticos US$ Tarifas por Uso de Aeropuertos US$ 796.00 2,000.00 50.00

Visto el Expediente Nº 11806005 mediante el cual la CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. "CORPAC", solicita Modificacion del Permiso de Operacion del Servicio Aereo Especial Complementario Privado; otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 380-95-MTC/15.12 del 12.9.95, vigente a partir del 14.6.95. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 083698-MTC/15.16.02, Memorandum Nº 0770-98-MTC/ 15.16.06, Memorandum Nº 004-98-MTC/15.16.05.3, Memorandum Nº 129-99-MTC/15.16.05.2. y la MORDAZA de Inscripcion, emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico, y el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, respectivamente, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Decreto Supremo Nº 05488-TC Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, en aplicacion del Articulo 23º Numeral 2 de la Ley Nº 26917, "la Direccion General de Transporte Aereo resuelve en primera instancia respecto a las autorizaciones y procedimientos administrativos" a que se refiere el Capitulo pertinente de la MORDAZA citada, "asi como los establecidos en la Ley de Aeronautica Civil", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 00996-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, en lo pertinente, el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 380-95-MTC/15.12 del 12.9.95, vigente a partir del 14.6.95, mediante la cual se concedio a la CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. "CORPAC", Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Complementario Privado, conforme se detalla. MATERIAL AERONAUTICO

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12227

- Helicoptero MORDAZA 47 G-2 - Helicoptero MORDAZA R-22 MORDAZA Articulo 2º.- Incorporese al texto de la Resolucion Ministerial Nº 380-95-MTC/15.12 del 12.9.95, los siguientes articulos: "Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 9º.- Las aeronaves de la CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMER-

Modifican permiso de operacion de servicio aereo especial complementario privado otorgado a empresa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 163-99-MTC/15.16 MORDAZA, 1 de setiembre de 1999

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