Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2000 (18/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2000

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 123-2000-PE-CTAR MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero de 2000 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL MORDAZA Vistos, el Memorandum Nº 117-2000-CTAR PUNO/GRA y Dictamen Legal Nº 057-2000-CTAR PUNO/GRAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cada entidad debe elaborar el Plan Anual de Adquisiciones, el mismo que debe ser aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa; Que, en cumplimiento a la referida disposicion se ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, el mismo que consolida la informacion de Licitaciones y Concursos Publicos que se realizaran en el Ejercicio Fiscal 2000; En el MORDAZA de las funciones y atribuciones conferidas mediante Ley Nº 26922 -Ley MORDAZA de Descentralizacion, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru y Resolucion Suprema Nº 155-99-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES del CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL MORDAZA, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2000, el mismo que en un (1) folio forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- De conformidad con el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR MORDAZA aprobado, se ponga a disposicion del publico. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA 4373

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO
Sancionan con cese temporal a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 058-MPA-2000 Azangaro, 14 de MORDAZA de 2000 VISTO; el Informe Final Nº 001-2000-CPPAD-MPA de fecha 8 de marzo de 2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 242-99-MPA, de fecha 30 de diciembre de 1999, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex pagador de la Unidad de Tesoreria, esto a merito del Informe Nº 002-99-DM-MPA/R.P del Director Municipal de la Municipalidad Provincial de Azangaro de fojas 5 por la presunta comision de faltas administrativas disciplinarias, tipificadas como apropiacion ilicita de remuneraciones de los ex trabajadores de la Municipalidad Provincial de Azangaro, prevista en los incisos f) y h), del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, de las cartas de denuncia presentadas, por los ex trabajadores agraviados de la Municipalidad Provincial de Azangaro, dirigidas al Director Municipal de esta comuna de fojas 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de autos, se desprende que todos manifiestan no haber cobrado sus haberes correspondientes al mes de MORDAZA del ano 1998, pero en Planillas aparecen como si hubieran cobrado, con tal objeto el procesado ha falsificado firmas, las mismas que se corroboran con las Planillas de Pago de salarios de fojas 15, 16, 17 y 18, respectivamente del expediente; Que, mediante la publicacion de la Resolucion Municipal Nº 24299-MPA, de fojas 20 de autos, publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha miercoles 26 de enero de 2000, se ha puesto en conocimiento del procesado, quien ha cumplido con presentar su descargo a fojas 24, 25, 26 y 27, en la que niega los hechos imputados; es decir, niega haberse apropiado de los haberes de los ex trabajadores de esta comuna, asi como haber falsificado sus firmas, ofreciendo como pruebas de descargo dos declaraciones juradas simples de dos ex trabajadores agraviados que corre a fojas 28 y 29 de autos. A fojas 31, 32, 33, 34, 35, corre las informativas de los ex trabajadores agraviados los mismos que informan no haber recibido sus haberes del mes de MORDAZA del ano 1998; empero, los mismos aparecen en Planillas como haber efectivizado sus pagos, apareciendo firmas falsificadas; Que, del analisis y evaluacion exhaustivo de las pruebas de descargo presentado por el procesado, asi como de las cartas de denuncia de los ex servidores agraviados y declaraciones informativas que obran en autos, se concluye que se ha logrado probar que el servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex pagador de la Municipalidad Provincial de Azangaro, se ha apropiado de los salarios del personal agraviado, para lograr el acto delictivo ha fraguado las firmas de los mismos; Que, se ha llegado a establecer que el servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en faltas administrativas de utilizacion o disposicion de bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros y el abuso de autoridad, prevaricacion o el uso de la funcion con fines de lucro, las cuales se encuentran previstas en los incisos f) y h) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Estando a los considerandos precedentes y las recomendaciones de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su Informe Final, y siendo prerrogativa del Titular de la entidad determinar el MORDAZA de sancion a aplicarsele al servidor por la falta cometida; con la visacion de Asesoria Juridica y, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- SANCIONAR CON CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES, por un periodo de CIENTO OCHENTA DIAS CALENDARIO al servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a lo que dispone el Art. 151º, incisos a), b) y e) y, Art. 155º inciso c) del D.S. Nº 005-90-PCM, por haber incurrido en faltas administrativas de utilizacion o disposicion de bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros y el abuso de autoridad, la prevaricacion o el uso de la funcion con fines de lucro previstas en los incisos f) y h) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, sin perjuicio de devolver el dinero apropiado a los ex trabajadores agraviados. Articulo 2º.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad de Personal, Legajo Personal, al interesado y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 4374

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 26-MSS Por Carta Nº 189-2000-SG-MSS, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA solicita se publique fe de erratas de la Ordenanza Nº 26-MSS, publicada en nuestra edicion del 16 de MORDAZA de 2000, en la pagina 185719. En el Articulo 15º, numeral 15.2. DICE: "15.2 La Oficina de Rentas emitira un Informe TecnicoTributario, previa verificacion en la Base de Datos del total adeudado por el solicitante actualizado a la fecha de admision del documento, para que en un plazo de dos (3) dias lo remita a la Oficina de Administracion..." DEBE DECIR: "15.2 La Oficina de Rentas emitira un Informe TecnicoTributario, previa verificacion en la Base de Datos del total adeudado por el solicitante actualizado a la fecha de admision del documento, para que en un plazo de tres (3) dias lo remita a la Oficina de Administracion..." 4360

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