TEXTO PAGINA: 6
Pág. 185768 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de abril de 2000 HORARIOS DE SALIDA :LIMA: MIERCOLES Y SABADOS A LAS 07.30 HORAS INCUYO: LUNES Y VIERNES A LAS 07.30 HORAS FLOTA VEHICULAR :TRES (3) OMNIBUS FLOTA OPERATIVA :UI-6697 (1982) y UH-2571 (1991) FLOTA DE RESERVA :UQ-7023 (1992) TIEMPO DE VIAJE :24.00 HORAS Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás dispo- siciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4367 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 457-2000-MTC/15.18 Lima, 23 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00536010, organizado por la empresa TRANSPORTES M.R. AGRE- DA ASOCIADOS S.A., sobre Concesión de Ruta: LIMA - JUANJUI y viceversa e Informe Técnico Nº 208-2000- MTC/15.18.04.1.SCG. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - JUANJUI y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pa- sajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 208-2000-MTC/15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la proceden- cia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862;SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa TRANSPORTES M.R. AGREDA ASOCIADOS S.A., la concesión de la ruta: LIMA - JUANJUI y viceversa, para prestar Servi- cio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - JUANJUI y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :JUANJUI ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO - PAIJAN - PACASMAYO - CHEPEN - CHICLAYO - OLMOS - JAEN - BAGUA - MOYO- BAMBA - TARAPOTO ESCALA COMERCIAL :TRUJILLO - CHICLAYO - BAGUA - TARAPOTO FRECUENCIA :Una diaria FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: VG 1674 (1997), VG-1675 (1997) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UO-6565 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: A las 22.00 horas. Salida de Juanjuí: A las 19.00 horas. La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los (30) días calendario improrrogables, contados a par- tir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4366 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 533-2000-MTC/15.18 Lima, 3 de abril de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00602010, organizado por la empresa de transportes TURISMO DIVINO SEÑOR E.I.R.L., sobre la concesión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 240-2000- MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Trans- portes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes TURISMO DIVINO SEÑOR E.I.R.L., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado otorgamiento de la concesión de la ruta: Lima - Chincha y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; Que, en el Informe Nº 240-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa