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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (19/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 185772 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de abril de 2000 En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, así como por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032- CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en nombre y representación del Estado, inicie la demanda respectiva sobre obligación de dar suma de dinero por el pago de Arbitrios Municipales y Renta devengada por la Compañía de Servicios Perú S.A. al Poder Judicial por el uso del inmueble mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolu- ción a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, remitiéndose los antece- dentes respectivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 4417 Disponen cambio de destino de mobiliario para uso de juzgados de la provincia de Barranca, solicitado por la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 156-SE-TP-CME-PJ Lima, 18 de abril de 2000 VISTO: El Memorándum Nº 132-2000-PJ-SE-GCR-GAF, re- mitido por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia Central de la Reforma, y demás documenta- ción adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado por el inciso 14) del Artículo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME- PJ de fecha 14 de enero de 1998, corresponde al Secreta- rio Ejecutivo del Poder Judicial, expedir resoluciones para el óptimo funcionamiento administrativo del citado Poder del Estado; Que, el Proyecto PER/95/020 y la ex Gerencia Ejecuti- va de Proyectos, suscribieron un Contrato con la empre- sa FURSYS S.A., para la adquisición de mobiliario y sillonería, el mismo que estaba destinado a los Juzgados Corporativos Civiles, Juzgados y Salas Penales, así como Salas de Familia y Laboral del Distrito Judicial de Lima; Que, por razones presupuestales, tales Organos Ju- risdiccionales no fueron implementados, lo cual originó que gran parte del mobiliario adquirido no fuera utiliza- do en su totalidad, debiendo ser depositados en los almacenes del Poder Judicial; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 086- SE-TP-CME-PJ de fecha 9 de febrero del 2000, se aprobó el cambio de destino del saldo existente del mobiliario y sillonería adquirido a la empresa FURSYS S.A., de acuerdo al Anexo Nº 01 denominado "Resumen de saldo en almacén - requerimientos del POI Norte Sur + POI Lima Callao y del Santa + CSJ de Lima + POI Reos en Cárcel"; Que, mediante el Memorándum del Visto, el Gerente de Administración y Finanzas de la Gerencia Central de la Reforma, con fecha 4 de abril del 2000, da cuenta de lasolicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, que requiere, entre otros, mobiliario para los Juzgados de la provincia de Barranca; Que, en visita efectuada a la Corte Superior de Justicia de Huaura, se comprobó que el mobiliario que actualmente se encuentra en uso, es antiguo y está en mal estado de conservación, en consecuencia se ha visto por conveniente atender el requerimiento de mobiliario solicitado, lo cual resulta posible utilizando parte del stock de mobiliario FURSYS que se mantiene a disposi- ción de la Corte Superior de Justicia de Lima, reasignado mediante Resolución Administrativa Nº 86-SE-TP-CME- PJ, el mismo que a la fecha se encuentra pendiente de distribución; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administra- tivas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TP- CME-PJ y disposiciones concordantes sobre la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incluir en los alcances de la Resolución Administrativa Nº 086-SE-TP-CME-PJ, a la Corte Superior de Justicia de Huaura, quedando distri- buido el cambio de destino del saldo existente del mobi- liario y sillonería conforme al nuevo Anexo Nº 01 deno- minado "Resumen de saldo en almacén - requerimientos del POI Norte Sur + POI Lima Callao y del Santa + CSJ de Lima + POI Reos en Cárcel". Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción a los órganos de línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, para los fines respectivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 4419 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 157-SE-TP-CME-PJ Lima, 18 de abril de 2000 VISTO: El Memorándum Nº 132-2000-PJ-SE-GCR-GAF, re- mitido por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia Central de la Reforma, y demás documenta- ción adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado por el inciso 14) del Artículo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME- PJ de fecha 14 de enero de 1998, corresponde al Secreta- rio Ejecutivo del Poder Judicial, expedir resoluciones para el óptimo funcionamiento administrativo del citado Poder del Estado; Que, el Proyecto PER/95/020 y la ex Gerencia Ejecuti- va de Proyectos, suscribieron un Contrato con la empre- sa ALIUN S.A., para la adquisición de 2,990 cuerpos de ángulos ranurados, los mismos que estaban destinados a los Archivos Centrales Módulos Corporativos, Mesas de Partes y Area de Notificaciones de las Cortes Superio- res de Justicia de Huancavelica, Amazonas, Huánuco- Pasco, San Martín, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Puno, Huaura, del Santa, Lima, Cono Norte de Lima, Callao, Junín, Ucayali, Cusco-Madre de Dios, Arequipa, Piura- Tumbes, Lambayeque, Loreto, Cajamarca, La Libertad y de la Corte Suprema de Justicia de la República; Que, por razones presupuestales, tales Organos Ju- risdiccionales no fueron implementados, lo cual originó que gran parte del mobiliario adquirido no fuera utiliza- do en su totalidad, debiendo ser depositados en los almacenes del Poder Judicial;