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Pág. 185783 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de abril de 2000 7.6 EVALUACION Para efectos de la evaluación se tomará en cuenta diversos factores como: Evaluación de currículum vitae la que equivale 10 puntos como máximo, entrevista personal que equivale 10 puntos como máximo, la etapa de evaluación tiene carácter eliminatorio. 7.7 ENTREVISTA PERSONAL Se realiza entrevista personal a aquellos candidatos que postulan al cargo de Jefe de Comité Electoral Des- centralizado la que estará a cargo de la Comisión de evaluación y selección, utilizando como instrumento de evaluacion un patrón de entrevistas. La entrevista personal permite registrar los rasgos de personalidad y los conocimientos adquiridos. 7.8 CUESTIONARIO EN LA ENTREVISTA PER- SONAL El cuestionario estará a cargo de la comisión de evaluación y selección. 7.9 RESULTADO Para el cómputo de resultado se acumulará el puntaje de currículum vitae, más la entrevista personal, obte- niéndose una calificación promedio que permitirá la elaboración del correspondiente cuadro de méritos de aprobados. 8.- PUBLICACION DE RESULTADOS Los resultados preliminares serán publicados en los lugares visibles de la Oficina Nacional de Procesos Elec- torales, los resultados finales que implican la designa- ción de quienes resultaron elegidos para desempeñar los cargos sometidos a concurso, serán publicados para efectos de tacha en el Diario Oficial El Peruano. 9.- SELECCION 9.1 Para la selección de Jefes de los Comités Electora- les Descentralizados se seleccionará a quienes se en- cuentren ubicados en el cuadro de mérito en condición de aprobados, hasta el límite que las vacantes lo permitan. 9.2 Quienes resulten seleccionados para ocupar los cargos para los que se convoca deberán documentar el currículum presentado además ficha de actualización de datos que proporcionará la Jefatura de personal. 9.3 Tachas Obtenidos los resultados de cobertura de vacantes éstos serán publicados tanto en el Diario Oficial El Peruano como en otro de circulación nacional para efec- tos de tachas, las que deberán ser resueltas dentro de los dos días siguientes de su presentación, por la Jefatura Nacional en instancia única, procedimiento establecido en el instructivo operativo JN-10-01. 10.- REGISTROS Como resultado del proceso de captación y selección de Jefes de Comités Electorales Descentralizados, la Comisión emitirá su informe final dirigido a la Jefatura Nacional. 10.1 Los Registros que deberá contener el informe final son: - Acta de acuerdos de la comisión. - Currículum Vitae de los postulantes seleccionados. - Cuadro de Mérito de la entrevista personal. - Resolución Jefatural de designación de cargos. - Cuadro de designación de sedes de trabajo. 10.2 CONSERVACION DE REGISTRO - Finalizado el proceso y emitido el informe final de la comisión la conservación de los Registros obtenidos recaerá en el área de personal más el currículum vitae de los postulantes. 10.3 Será responsabilidad del Area de Personal la devolución de los currículum vitae de aquellos postulan- tes que no alcanzaron ninguna vacante. 4411COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Encargan despacho de la Segunda Fis- calía Suprema en lo Penal y Especializa- da en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas a magistrado adjunto RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 257-2000-MP-CEMP Lima, 18 de abril del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 202-00-MP-FN-2FSPEDTID cursado por el doctor Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Su- prema en lo Penal Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, solicitando licencia por el día 19 de abril del 2000 a cuenta de vacaciones; y estando al Acuerdo Nº 2980, adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público, en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del Acta, dejándose constancia que el doctor Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisional y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra con licen- cia por motivo de viaje; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder licencia al doctor An- gel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, por el día 19 de abril del 2000 a cuenta de vacaciones. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, al doctor Américo Ruperto Lozano Ponciano, Fiscal Adjunto Supremo de dicha Fiscalía, por el término que dure la licencia citada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la pre- sente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Pú- blico y Titular del Pliego, encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público y Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 4409