Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2000 (19/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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integrantes, acordo declarar infundada la solicitud presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA de vacancia del cargo de regidor del citado concejo que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tal como consta a fojas 36 y 37; asimismo, por acuerdo de concejo Nº 015-00-A-MDSR del 22 de marzo del 2000, resolvio declarar infundada la referida solicitud de vacancia, conforme aparece a fojas 38; Que, del analisis de autos se establece que: a) en fecha 4 de enero de 1999, el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA celebro contrato de arrendamiento por el plazo de un (1) ano, con el concejo distrital de San MORDAZA, de una tienda de propiedad del citado concejo, ubicada en el exterior del MORDAZA modelo del distrito de San MORDAZA, conforme aparece a fojas 3; y, b) el regidor en mencion ha mostrado un interes personal al contratar con el concejo en el cual desempena su cargo, favoreciendose en forma personal, lo cual no esta conforme a ley; por tanto, se ha acreditado la causal de vacancia establecida por el numeral 3) del Articulo 26º concordante con el numeral 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un MORDAZA o regidor, el MORDAZA Nacional de Elecciones debe proceder a declararla, aun en caso de existir pronunciamiento contrario del concejo municipal; de conformidad con lo dispuesto por el literal u) del Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los regidores son reemplazados por los suplentes de su respectiva lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las Elecciones Municipales de 1998, corresponde asumir el cargo de regidor a Crisalida MORDAZA Laos de MORDAZA, candidata no proclamada por la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de revision interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de concejo Nº 015-00-AMDSR que declara infundada la solicitud de vacancia del regidor del concejo distrital de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balbin; en consecuencia, NULOS el acuerdo de concejo Nº 015-00-A-MDSR y el acuerdo de sesion ordinaria de fecha 22 de marzo del 2000. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de regidor del concejo distrital de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Tercero.- Convocar a Crisalida MORDAZA Laos de MORDAZA, candidata no proclamada integrante de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de San Ramon; para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley, otorgandosele la correspondiente credencial. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 4428

ONPE
Aprueban Reglamento para seleccion y evaluacion de jefes de comites electorales descentralizados encargados de MORDAZA de eleccion de representantes ante el CNM
RESOLUCION JEFATURAL Nº 170-2000-J/ONPE MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2000 VISTO: Por Resolucion Jefatural Nº 164-2000-J/ONPE, se resolvio designar a la Comision de Evaluacion y Seleccion para Jefes de Comites Electorales Descentralizados para el MORDAZA de eleccion de los Representantes de los Colegios Profesionales y de los Colegios de Abogados del pais. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 129-2000-J/ ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 18.3.2000, se resolvio reiniciar las actividades del MORDAZA electoral para la eleccion de Consejeros Representantes de los Colegios Profesionales y de los Colegios de Abogados del MORDAZA, ante el Consejo Nacional de la Magistratura, el cual se llevara a cabo el dia 25 de junio del presente ano; Que, de acuerdo a la disposicion final unica del Reglamento para la eleccion de Consejeros Representantes de los Colegios Profesionales y de los Colegios de Abogados del MORDAZA, aprobado por Resolucion Nº 026-99CNM del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 19 de noviembre de 1999, se faculta a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a dictar las disposiciones necesarias para la organizacion y desarrollo del MORDAZA electoral; Que, es necesario reglamentar el procedimiento para la seleccion y evaluacion de los Jefes de los Comites Electorales Descentralizados; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 19º de la Ley Nº 26397, Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, concordante con la Disposicion Final Unica de la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 026-99-CNM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Apruebase el Reglamento para la seleccion y evaluacion de los Jefes de Comites Electorales Descentralizados, para la eleccion de los Representantes de los Colegios Profesionales y de los Colegios de Abogados del pais. Articulo Segundo.- Pongase a conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru, la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS JEFES DE COMITES ELECTORALES DESCENTRALIZADOS 1.- Objeto Establecer los procedimientos para la seleccion del personal que desempenara el cargo de jefe de los Comites Electorales Descentralizados.

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