Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (16/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 191650 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de agosto de 2000 Que, existe un gran número de contribuyentes deudo- res que no pueden cumplir con la cancelación de las multas, aduciendo ser elevado el importe, solicitando facilidades de pago; Que, es objetivo de la actual gestión edil, instaurar una ágil y moderna administración, cimentado en criterios de justicia, equidad y calidad institucional, con la finalidad de dar fluidez a los procedimientos administrativos, elimi- nando toda traba o carga innecesaria e improductiva; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y de conformidad a la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, se ha sancionado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Apruébese por única e improrro- gable vez el Beneficio de Quiebre y Condonación de Multas Administrativas, el mismo que tendrá vigencia desde el día siguiente a su publicación hasta el 5 de setiembre del año 2000. Artículo Segundo.- Los Beneficios otorgados son: 1.- Beneficio de Quiebre de Multas Administrativas impuestas hasta el 31 de diciembre de 1996, que se encuen- tran pendientes de pago. 2.- Condonación del 70% del importe de multas admi- nistrativas de los períodos 1997 y 1998, que se encuentren pendientes de pago. 3.- Condonación del 50% del importe de multas admi- nistrativas de los períodos 1999 y 2000, que se encuentren pendientes de pago. 4.- Condonación del 30% del importe de las multas administrativas que se encuentran pendientes de pago en caso de fraccionamiento. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Finan- zas la ejecución de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 9332 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra- ma del Vaso de Leche RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 445-2000-AMPI Ica, 8 de agosto de 2000 Visto el Informe Nº 035-2000-ADM-MPI, presentado por la Dirección de la Oficina de Administración, en rela- ción a la Problemática de Aprovisionamiento de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 384-2000- AMPI, se designó el Comité Especial que tendrá a su cargo la Organización, Conducción, Ejecución e Integridad del Proceso de Licitación Pública Nº 003-2000-MPI para la Adquisición de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche, para el período comprendido entre junio a diciem- bre del presente año; Que, la situación problemática detallada en el Informe Nº 078-UA-MPI, presentado por el Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Municipalidad Provincial de Ica, a la Dirección de Administración, y de conocimiento al Despa- cho de Alcaldía de esta Municipalidad, indicando las cau- sales imprevisibles que comprometen seriamente desarro- llar las actividades normales del Programa del Vaso de Leche, en cuanto al Aprovisionamiento oportuno de losAlimentos, así como de su distribución para el período inmediato, comprendido entre junio y julio del presente año y su continuidad, mediante el Proceso de Licitación Pública Nº 003-2000-MPI programado; Que, de conformidad a los dispositivos legales vigentes de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en sus Artículos: 19º, 20º y 21º, y Artículo 49º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 039-98- PCM, consideran los procedimientos para determinar la Situación de Urgencia, Exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa y las Formalida- des de los Procedimientos no sujetos a Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa y por excepción la exoneración de cotización de por lo menos tres Proveedores para la Adquisición de Alimentos del PROVAL, para el período junio y julio del presente año; Con las visaciones correspondientes de las Direcciones de Presupuesto, Planificación y Racionalización, Asesoría Jurídica y Administración, y Oficina de Secretaría Gene- ral; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Munici- palidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese en Situación de Urgen- cia, y exonérese según la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, la Adquisición de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Ica, para el período compren- dido entre el 1 de junio al 31 de julio del presente año, y por excepción exonérese de la Evaluación Comparativa de Cotización de por lo menos tres Proveedores, en el Proceso de Adjudicación Directa, y Autorícese a la Unidad de Abastecimiento para que con la urgencia del caso proceda a adquirir Directamente por esta única vez los Alimentos requeridos por el Programa del Vaso de Leche, para los meses antes indicados. Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución de Alcaldía Nº 384-2000-AMPI, en el siguiente texto: "Artículo Primero.- Designar el Comité Especial que tendrá a su cargo la Organización, Conducción, Ejecución e Integridad del Proceso de Licitación Pública Nº 003-2000- MPI, para la Adquisición de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche, correspondiente al período comprendi- do entre el 1 de agosto al 31 de diciembre del presente año, el mismo que deberá cumplir con la elaboración de las Bases, la Absolución de las Consultas que se efectúen, la Recepción de Ofertas, la Evaluación y Calificación de las Propuestas que se presenten, la Adjudicación y en general todo acto necesario o conveniente para la realización de la Licitación Pública antes mencionada, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Dicho Comité quedará conformado por las siguientes personas: - Director de Administración, quien lo presidirá. - Jefe de la Unidad de Abastecimiento, quien actuará como Secretario. - Director de Asesoría Jurídica, quien actuará como Miembro. - Jefe del programa del Vaso de Leche, quien actuará como Miembro. - Jefe de la División de Salud y Saneamiento, quien actuará como Miembro Técnico." Artículo Tercero.- La Oficina de Secretaría General, se encargará de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la presente Resolución, de acuerdo a la Nor- matividad vigente, y de su notificación a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finan- zas, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR SANCHEZ DULANTO Alcalde 9375