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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (16/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 191642 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de agosto de 2000 VISTA: La Resolución Administrativa número 0030-2000-P- CSJLI/PJ, de fecha 7 de febrero del año en curso y el informe estadístico de la Oficina de Desarrollo de la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Lima del mes de junio del año actual; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de la vista, se dispuso la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzgados Per- manentes de Ejecución de Familia, con un plazo de dura- ción de 6 (seis) meses, del 19 de febrero al 21 de agosto del actual, por lo que estando próxima la fecha de vencimiento de funcionamiento del indicado órgano jurisdiccional, re- sulta pertinente dictar las medidas administrativas co- rrespondientes; Que a la fecha el funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo conjuntamente con el trabajo de los dos Juzgados de Ejecución Permanentes de Fami- lia, han posibilitado mantener un trabajo constante y fluido de la carga procesal total asumida en el mes de febrero ascendente a 4,744 Expedientes en estado de ejecución, brindándose así un servicio inmediato y efectivo en el servicio de justicia, a través de la especia- lización centrada en los procesos en estado de ejecución procurando hacer efectivo el derecho reconocido, cau- telándose así el interés del Niño y del Adolescente, preocupación que comparte con compromiso y respon- sabilidad la Presidencia de la Corte Superior de Justi- cia de Lima; Que, del informe estadístico correspondiente al mes de junio del año en curso, se evidencia la siguiente carga procesal de expedientes en estado de Ejecu- ción, asumida por los indicados Despachos de la si- guiente manera: Primer Juzgado de Ejecución Perma- nente de Familia: 928 Expedientes; Despacho "A" del Primer Juzgado de Ejecución Permanente de Familia: 716 Expedientes; Despacho "B" del Primer Juzgado de Ejecución Permanente de Familia: 651 Expedientes; Segundo Juzgado de Ejecución Permanente de Fami- lia: 1066 Expedientes; Despacho "A" del Segundo Juz- gado de Ejecución Permanente de Familia: 598 Expe- dientes; Despacho "B" del Segundo Juzgado de Ejecu- ción Permanente de Familia: 759 Expedientes; lo que hace un total de 4718 Expedientes en estado de ejecución , situación frente a la cual se hace necesaria y justificable la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo de los Juzgados de Ejecución Permanentes de Familia, de no ser así se estaría bloqueando y paralizando el servicio de justi- cia, responsabilidad que comparte este Despacho con los Organos Administrativos y Gerenciales del Poder Judicial ; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comisión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecutiva, por lo que asume competencia administrativa, siendo res- ponsable del cumplimiento de las disposiciones adminis- trativas, dictadas para la mejor organización y funciona- miento de las dependencias jurisdiccionales que confor- man su Distrito Judicial. Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzgados de Ejecución Perme- nente de Familia, del 22 de agosto al 29 de diciem- bre del 2000 . Artículo Segundo.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA , supervise la labor jurisdiccional de los Magistrados de los Despachos Colectivos de Apoyo como de los Magistrados de los Juzgados de Ejecución Permenente de Familia, solicitando a cada Magistrado los inventarios con carácter de declaración jurada; dando cuenta a este Despacho de la producciónjurisdiccional y depuración correspondiente , ele- vando el 15-9-00, 16-10-00 , 15-11-00 y 15-12-00, los informes correspondientes sobre los avances, logros y resultados de producción jurisdiccional y carga proce- sal pendiente. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 9353 MINISTERIO PUBLICO Aceptan donación de inmueble efectua- da por Petroperú destinado al uso de la Fiscalía Provincial Mixta de Talara RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 219-2000-SE-TP-CEMP Lima, 15 de agosto de 2000 VISTO: El Oficio Nº 547-2000-GEP-SE-CEMP, el Acuerdo de Directorio de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. - Nº 102-1999-PP y la Resolución Suprema Nº 159-99-EM de fecha 30 de diciembre de 1999; CONSIDERANDO: Que, la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. en Sesión de Directorio Nº 22-1999 de fecha 24 de noviembre de 1999, aprobó mediante Acuerdo Nº 102- 1999-PP, la donación del inmueble denominado Casa Nº 42-16, ubicada en el Parque 42-16, distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, con un área total de terreno de 166.50 m2, con 156.00 m2 de cons- trucción y 10.50 m2 de área libre, inscrito en la Ficha Nº 009261-B del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de la Región Grau - Piura, a favor del Ministerio Público, Fiscalía Superior Encargada de la Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de Piura - Tumbes; Que, mediante Resolución Suprema Nº 159-99-EM, de fecha 30 de diciembre de 1999, se autorizó la dona- ción que efectuó la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERU- del inmueble descrito en el consideran- do precedente, destinado para uso de la Fiscalía Pro- vincial Mixta de Talara; Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir la resolución de aceptación correspondiente; Contando con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos y la Geren- cia de Infraestructura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26623 ampliada y modificada por las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009, el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, aprobado por Resolución Nº 035-96-MP-FN-CEMP, modificada por Resolución Nº 335-98-MP-FN-CEMP y Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, apro- bado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 005-96-SE-TP-CEMP y modificada por las Resoluciones Nºs. 019, 381, 586-97-SE-TP-CEMP; Re- solución Nº 117-98-SE-TP-CEMP y Resolución Nº 005- 2000-SE-TP-CEMP;