Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2000 (30/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 30 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- Autorizar a la entidad: Sociedad de Beneficencia Publica de Ilo (1998 y 1999) a contratar directamente los servicios profesionales de una Sociedad de Auditoria, de conformidad con lo establecido en el Articulo 33º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria. Articulo Quinto.- Encargar a la Unidad de Designacion de Sociedades de Auditoria y Administracion del RUNSA la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HIGAONNA DE MORDAZA Contralora General de la Republica 9893

vacado es don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Necochea, a quien se debe convocar para completar el periodo MORDAZA 1999-2002; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Necochea, candidato no proclamado de la lista presentada por el Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de regidor en el concejo provincial de MORDAZA, y complete el numero legal de miembros de dicho concejo durante el periodo municipal 1999 - 2002, otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 9884 RESOLUCION Nº 1214-2000-JNE MORDAZA, 29 de agosto de 2000 Visto el Oficio Nº 274-2000-ALC/MML recibido el 23 de agosto del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA Lembcke, regidor encargado de la alcaldia del concejo provincial de MORDAZA, departamento del mismo nombre, remitiendo el Acuerdo de Concejo Nº 164, adoptado en sesion de fecha 17 de agosto de 2000, mediante el cual se declara la vacancia del cargo de regidor ejercido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oyanguren en el referido concejo, al haber sido elegido como Congresista de la Republica para el periodo 2000-2005; para los fines de ley. CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 164 de fecha 17 de agosto de 2000, el concejo provincial de MORDAZA, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor ejercido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oyanguren, al haber sido elegido como Congresista de la Republica, y por haberse configurado la causal contemplada en el inciso 3) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 23º inciso 1) de la misma norma; Que mediante Resolucion Nº 863-2000-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones proclamo como Congresista de la Republica para el periodo parlamentario 2000 - 2005, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oyanguren, al haber sido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 9 de MORDAZA del 2000; por lo que con fecha 24 de MORDAZA del 2000, el mencionado ciudadano juramento el cargo de Congresista de la Republica, asumiendo la funcion de congresista con dicho acto; y con fecha 27 de MORDAZA del presente ano, la Mesa Directiva del Congreso de la Republica ha instalado la primera legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2000 - 2001; Que el mandato de congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra funcion publica, excepto la de Ministro de Estado y el desempeno de comisiones extraordinarias de caracter internacional, tal como esta establecido en el Articulo 92º de la Constitucion Politica del Estado, y en ese sentido, el Articulo 2º de la Ley Nº 26534 establece que los congresistas a partir de la instalacion del Congreso cesan automaticamente en el ejercicio de cualquier funcion publica; Que con arreglo a lo dispuesto por los Articulos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la declaratoria de vacancia en el cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Oyanguren en el concejo provincial de MORDAZA, es procedente; Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia reemplaza al regidor vacado el suplente de su respectiva lista;

JNE
Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargo de regidores del Concejo Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1213-2000-JNE MORDAZA, 29 de agosto de 2000 Visto el Oficio Nº 273-2000-ALC/MML recibido el 23 de agosto del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA Lembcke, regidor encargado de la alcaldia del concejo provincial de MORDAZA, departamento del mismo nombre, remitiendo el Acuerdo de Concejo Nº 163, adoptado en sesion de fecha 17 de agosto de 2000, mediante el cual se declara la vacancia del cargo de regidor ejercido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el referido concejo, al haber sido elegido como Congresista de la Republica para el periodo 2000-2005; para los fines de ley. CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 163 de fecha 17 de agosto de 2000, el concejo provincial de MORDAZA, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor ejercido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber sido elegido como Congresista de la Republica, y por haberse configurado la causal contemplada en el inciso 3) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que mediante Resolucion Nº 863-2000-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones proclamo como Congresista de la Republica para el periodo parlamentario 2000 - 2005, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber sido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 9 de MORDAZA del 2000; por lo que con fecha 24 de MORDAZA del 2000, el mencionado ciudadano juramento el cargo de Congresista de la Republica, asumiendo la funcion de congresista con dicho acto; y con fecha 27 de MORDAZA del presente ano, la Mesa Directiva del Congreso de la Republica ha instalado la primera legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2000 - 2001; Que el mandato de congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra funcion publica, excepto la de Ministro de Estado y el desempeno de comisiones extraordinarias de caracter internacional, tal como esta establecido en el Articulo 92º de la Constitucion Politica del Estado, y en ese sentido, el Articulo 2º de la Ley Nº 26534 establece que los congresistas a partir de la instalacion del Congreso cesan automaticamente en el ejercicio de cualquier funcion publica; Que con arreglo a lo dispuesto por los Articulos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la declaratoria de vacancia en el cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo provincial de MORDAZA, es procedente; Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia reemplaza al regidor vacado el suplente de su respectiva lista; Que revisada la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano, por la que postulo el regidor vacado en las ultimas elecciones municipales de 1998, se determina que el regidor suplente que sigue en la misma lista del regidor

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