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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (30/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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Pág. 192293 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de agosto de 2000 Artículo Cuarto.- Autorizar a la entidad: Sociedad de Beneficencia Pública de Ilo (1998 y 1999) a contra- tar directamente los servicios profesionales de una Socie- dad de Auditoría, de conformidad con lo establecido en el Artículo 33º del Reglamento de Designación de Socieda- des de Auditoría. Artículo Quinto.- Encargar a la Unidad de Designa- ción de Sociedades de Auditoría y Administración del RUNSA la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 9893 J N E Convocan a candidatos no proclama- dos para que asuman cargo de regido- res del Concejo Provincial de Lima RESOLUCION Nº 1213-2000-JNE Lima, 29 de agosto de 2000 Visto el Oficio Nº 273-2000-ALC/MML recibido el 23 de agosto del 2000, del señor Germán Aparicio Lembcke, regidor encargado de la alcaldía del concejo provincial de Lima, departamento del mismo nombre, remitiendo el Acuerdo de Concejo Nº 163, adoptado en sesión de fecha 17 de agosto de 2000, mediante el cual se declara la vacancia del cargo de regidor ejercido por el señor José León Luna Gálvez en el referido concejo, al haber sido elegido como Congresista de la República para el período 2000-2005; para los fines de ley. CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 163 de fecha 17 de agosto de 2000, el concejo provincial de Lima, acordó declarar la vacancia del cargo de regidor ejercido por el señor José León Luna Gálvez, al haber sido elegido como Congresista de la República, y por haberse configurado la causal contemplada en el inciso 3) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que mediante Resolución Nº 863-2000-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones proclamó como Congresista de la República para el período parlamentario 2000 - 2005, al señor José León Luna Gálvez, al haber sido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 9 de abril del 2000; por lo que con fecha 24 de julio del 2000, el mencio- nado ciudadano juramentó el cargo de Congresista de la República, asumiendo la función de congresista con dicho acto; y con fecha 27 de julio del presente año, la Mesa Directiva del Congreso de la República ha instalado la primera legislatura ordinaria del período anual de sesio- nes 2000 - 2001; Que el mandato de congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública, excepto la de Ministro de Estado y el desempeño de comisiones extraor- dinarias de carácter internacional, tal como está estable- cido en el Artículo 92º de la Constitución Política del Estado, y en ese sentido, el Artículo 2º de la Ley Nº 26534 establece que los congresistas a partir de la instalación del Congreso cesan automáticamente en el ejercicio de cualquier función pública; Que con arreglo a lo dispuesto por los Artículos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, la declaratoria de vacancia en el cargo de regidor del señor José León Luna Gálvez en el concejo provincial de Lima, es procedente; Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia reemplaza al regidor vacado el suplen- te de su respectiva lista; Que revisada la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano, por la que postuló el regidor vacado en las últimas elecciones municipales de 1998, se determina que el regidor suplente que sigue en la misma lista del regidorvacado es don César Andrés López Necochea, a quien se debe convocar para completar el período edil 1999-2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a don César Andrés López Necochea, candidato no proclamado de la lista presentada por el Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de regidor en el concejo provincial de Lima, y complete el número legal de miembros de dicho concejo durante el período municipal 1999 - 2002, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 9884 RESOLUCION Nº 1214-2000-JNE Lima, 29 de agosto de 2000 Visto el Oficio Nº 274-2000-ALC/MML recibido el 23 de agosto del 2000, del señor Germán Aparicio Lembcke, regidor encargado de la alcaldía del concejo provincial de Lima, departamento del mismo nombre, remitiendo el Acuerdo de Concejo Nº 164, adoptado en sesión de fecha 17 de agosto de 2000, mediante el cual se declara la vacancia del cargo de regidor ejercido por el señor Manuel Alejan- dro Masías Oyanguren en el referido concejo, al haber sido elegido como Congresista de la República para el período 2000-2005; para los fines de ley. CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 164 de fecha 17 de agosto de 2000, el concejo provincial de Lima, acordó declarar la vacancia del cargo de regidor ejercido por el señor Manuel Alejandro Masías Oyanguren, al haber sido elegido como Congresista de la República, y por haberse configurado la causal contemplada en el inciso 3) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, concordante con el Artículo 23º inciso 1) de la misma norma; Que mediante Resolución Nº 863-2000-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones proclamó como Congresista de la República para el período parlamentario 2000 - 2005, al señor Manuel Alejandro Masías Oyanguren, al haber sido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 9 de abril del 2000; por lo que con fecha 24 de julio del 2000, el mencionado ciudadano juramentó el cargo de Congre- sista de la República, asumiendo la función de congresista con dicho acto; y con fecha 27 de julio del presente año, la Mesa Directiva del Congreso de la República ha instalado la primera legislatura ordinaria del período anual de sesiones 2000 - 2001; Que el mandato de congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública, excepto la de Ministro de Estado y el desempeño de comisiones extraor- dinarias de carácter internacional, tal como está estable- cido en el Artículo 92º de la Constitución Política del Estado, y en ese sentido, el Artículo 2º de la Ley Nº 26534 establece que los congresistas a partir de la instalación del Congreso cesan automáticamente en el ejercicio de cualquier función pública; Que con arreglo a lo dispuesto por los Artículos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, la declaratoria de vacancia en el cargo de regidor del señor Manuel Masías Oyanguren en el concejo provincial de Lima, es procedente; Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia reemplaza al regidor vacado el suplen- te de su respectiva lista;