Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2000 (30/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de agosto de 2000

Que mediante Resolucion Nº 905-2000-JNE de fecha 16 de junio de 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro la vacancia del cargo de regidor del concejo provincial de MORDAZA que ejercia el senor MORDAZA Claux Koechlin y convoco a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que complete el numero de regidores; Que revisada la lista de candidatos de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", por la que postulo el regidor vacado en las ultimas elecciones municipales de 1998, y la Resolucion Nº 905-2000JNE, se determina que la regidora suplente que sigue en la misma lista del regidor vacado es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valcarcel Acuna de Li MORDAZA, candidata no proclamada a quien se debe convocar para completar el periodo MORDAZA 1999-2002; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valcarcel Acuna de Li MORDAZA, candidata no proclamada de la lista presentada por la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", para que asuma el cargo de regidora en el concejo provincial de MORDAZA, y complete el numero legal de miembros de dicho concejo durante el periodo municipal 1999 - 2002, otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 9885

Estado Civil, en cuyo Articulo 3º se precisa la aplicacion del redondeo al entero correspondiente, producto de la conversion del respectivo porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria a Nuevos Soles, respecto de los derechos administrativos; Que, para su adecuada aplicacion, resulta necesario precisar, con el redondeo respectivo, todos los derechos administrativos de los servicios brindados en territorio nacional o extranjero, a traves de los Consulados; Que, la certificacion domiciliaria creada por Decreto Supremo Nº 022-99-PCM, establece el pago de la tasa ascendente a 0.5% de la UIT; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Actualizar y adecuar la cuantia de los derechos, tasas y multas por las inscripciones, rectificaciones expedicion de certificaciones y demas procedimientos administrativos que se realicen ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en funcion al valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el ejercicio gravable del 2000, de acuerdo a los porcentajes siguientes con sus respectivos redondeos y adecuacion para su aplicacion en territorio nacional y extranjero:
Tramite %UIT territorio nacional 1.00% 1.00% 2.00% 0.50% 0.70% 0.50% 0.40% 0.50% 0.50% 2.00% 1.00% VALOR Nuevos Soles S/. 29.00 29.00 58.00 15.00 21.00 14.50 12.00 15.00 15.00 58.00 29.00 %UIT territorio extranjero 1.86% 1.86% 2.00% ------0.40% --0.50% 2.00% 1.00% VALOR US$ 15.00 15.00 17.00 ------4.00 --5.00 17.00 9.00

Omiso a la inscripcion Duplicado y/o rectificaciones Impugnacion a inscripcion Certificacion de inscripcion con datos y/o imagenes Certificacion de homonimia con datos y/o imagenes Certificacion Domiciliaria Habilitaciones onerosas Autenticacion de copias certificadas Transferencia de lugar de entrega del DNI Recurso de apelacion en impugnacion a la inscripcion Recurso de apelacion para los demas servicios

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Actualizan cuantia de derechos, tasas y multas por inscripciones, rectificaciones, expedicion de certificaciones y otros procedimientos administrativos que se realicen ante el RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 489-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA creado por la Constitucion Politica del Peru, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas e inscribir los hechos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 26497 establece cuales son los recursos propios del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional, segun lo establece el Articulo 11º del mismo cuerpo legal, dirigir y controlar la institucion, asi como efectuar las modificaciones para un mejor servicio a la poblacion; Que, por Decreto Supremo Nº 024-2000-PCM se aprobo la Actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de Identificacion y

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 9883

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Encargan a magistrado el despacho de la Fiscalia Superior Mixta de Abancay y funciones de gobierno delegadas por la CEMP en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 599-2000-MP-CEMP MORDAZA, 29 de agosto del 2000

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