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Pág. 192291 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de agosto de 2000 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTA: La solicitud de traslado presentada por el doctor Víc- tor Raúl Triveño Espinoza, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima, por razones de salud; y, CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, ampliadas y modificadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar la reestructuración y reorganización integral del Poder Ju- dicial, incluyendo las materias referidas al despacho judicial, carrera judicial y estatuto orgánico del magistra- do; Que de los documentos presentados aparece que el citado magistrado ha satisfecho los requisitos que esta- blece el Artículo 3º del Reglamento de Traslados de Magis- trados del Poder Judicial, aprobado por Resolución Admi- nistrativa Nº 052-93-CE-PJ, de fecha 28 de octubre de 1993; Que es atribución de este Organo de Gobierno y Ges- tión, tomar acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la solicitud del doctor Víctor Raúl Triveño Espinoza, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, en consecuencia, dispo- ner su traslado a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Con- sejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Apurímac y Lima, Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 9910 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1248-CME-PJ Lima, 29 de agosto del 2000 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTA: La solicitud de traslado presentada por el doctor Car- los Segundo Ventura Cueva, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima, por razones de unidad familiar y enfermedad; y, CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, ampliadas y modificadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar la reestructuración y reorganización integral del Poder Ju- dicial, incluyendo las materias referidas al despacho judicial, carrera judicial y estatuto orgánico del magistra- do; Que de los documentos presentados aparece que el citado magistrado ha satisfecho los requisitos que esta- blece el Artículo 5º del Reglamento de Traslados de Magis-trados del Poder Judicial, aprobado por Resolución Admi- nistrativa Nº 052-93-CE-PJ, de fecha 28 de octubre de 1993; Que es atribución de este Organo de Gobierno y Ges- tión, tomar acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la solicitud del doctor Carlos Segundo Ventura Cueva, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Loreto, en consecuencia, disponer su traslado a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Con- trol de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Supe- riores de Loreto y Lima, Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 9911 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Aclaran resolución y precisan que contratación de servicios de prensa y preprensa para editar materiales de enseñanza de módulos de educación a distancia se regula por la Ley N ° 26850 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 105-2000-AMAG-DG Jesús María, 29 de agosto de 2000 VISTOS: Los Informes Nº 217-00-AMAG-LOG; Nº 218-00- AMAG-LOG y Nº 202-2000-AMAG/SA; establecen que se ha cumplido con los requisitos de fondo establecidos por la Ley Nº 26850. Por Resolución Directoral Nº 088-2000-AMAG/DG, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 9 de agosto del año en curso, no contiene los requisitos de forma de acuerdo a ley. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Informes Nº 217-00- AMAG-LOG; Nº 218-00-AMAG-LOG, e Informe Nº 202-2000-AMAG/SA, se ha cumplido con declarar la urgencia de la contratación de los servicios de Pre- prensa y Prensa para los materiales de enseñanza de los módulos de educación a distancia del Proyecto de Autocapacitación Asistida - REDES, y del Programa de Actualización y Perfeccionamiento, asimismo se ha remitido los informes respectivos a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, de la Con- traloría General de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19º de la Ley Nº 26850; Que, es necesario efectuar las medidas correctivas pertinentes respecto a la publicación de Resolución Direc- toral Nº 088-2000-AMAG-DG de fecha 4 de agosto de 2000, y que fuera publicada en el Diario Oficial El Perua-