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Pág. 196223 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de diciembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 012-2000/PROMUDEH-OAI, emitido por la Oficina General de Auditoría, relacionado con la Acción de Control efectuada para determinar la Legalidad de los Ingresos Percibidos por los Titulares de las OPDs y Funcionarios del PROMUDEH; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado del informe de vistos se apre- cia presuntos actos, cuya naturaleza e implicancia conllevan indicios razonables de responsabilidad ci- vil por haber obtenido indebidamente doble renta con recursos del Estado, por una misma función o cargo, a dilucidarse por ante el fuero jurisdiccional corres- pondiente, contra ex Presidenta del INABIF, ex Pre- sidente de COOPOP y ex Secretario Ejecutivo del CONADIS; Que, en tal sentido es necesario proceder a otorgar la pertinente autorización; De conformidad con la Norma de Auditoría Guber- namental 4.50, el Decreto Ley Nº 17537; y, En uso de las atribuciones del Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893, y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; así mismo el Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH; y Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales necesarias por los hechos expuestos en el informe de vistos, contra los presuntos responsables. Artículo 2º.- Remitir el informe de vistos y sus anexos a la Procuradora Pública del PROMUDEH para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 14688 Autorizan a procuradora iniciar proce- sos judiciales por presuntas irregulari- dades producidas en el Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2000-PROMUDEH Lima, 19 de diciembre de 2000 Vistos; el Informe Especial Nº 003-2000/PROMU- DEH-OAI, emitido por la Oficina General de Auditoría, relacionado al Examen Especial sobre Irregularidades producidas en el Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL en la adquisición de dos rinocerontes, dos jirafas y rendición de cuentas carentes de documenta- ción sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado del Informe de vistos se aprecia presuntos actos, cuya naturaleza e implicancia conllevan indicios razonables de responsabilidad penal y/o civil a dilucidarse por ante el fuero jurisdiccional correspon- diente, contra ex Miembros del Consejo Directivo del PATPAL, por haber aprobado la adquisición de dos rinocerontes y dos jirafas sin contar con informe técnico fitosanitario, económico y legal, y careciendo de un proce- so de selección regulado en la Ley Nº 26850. Así mismo, contra ex Funcionarios y actuales Funcionarios del PATPAL, por haber participado en laejecución del pago en forma adelantada de la suma de US$ 143,625.00, por concepto del precio de dos rinoce- rontes y dos jirafas en beneficio de Hellmann Interna- tional Forwarders (PTY) LTD, sin obtener Carta Fian- za Bancaria que garantice la obligación del proveedor, sin constatar la entrega de dichos semovientes al PATPAL y festinando trámites. También, contra el ex Presidente del PATPAL por haber utilizado recursos del Estado para hacer viajes al exterior a los países de México, EE.UU., Canadá, Cuba, Colombia y Venezuela, sin contar con Resolu- ción Suprema autoritativa para efectuar dichos viajes y además por haber presentado como rendición de cuenta de los gastos efectuados ascendente a la suma de S/. 62,123.73 mediante Declaraciones Juradas Per- sonales careciendo de documentación sustentatoria y por montos superiores a los S/. 500.00 permitidos por la Ley. Además, contra Hellmann International Forwar- ders (PTY) LTD, por haber cobrado al Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL, la suma de US$ 143,625.00 por concepto del precio de dos rinocerontes y dos jirafas, sin haber entregado ninguna Carta Fian- za Bancaria para garantizar su obligación y por no haber entregado dichos semovientes al PATPAL, los mismos que se encuentran totalmente pagados desde el 6 de enero de 1999. Que, en tal sentido es necesario proceder a otorgar la pertinente autorización. De conformidad con la Norma de Auditoría Guberna- mental 4.50, el Decreto Ley Nº 17537; y, En uso de las atribuciones del Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893, y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; así mismo el Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH; y Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales necesarias por los hechos expuestos en el Informe de vistos, incluidos en los considerandos de la presente Resolución, contra los pre- suntos responsables y Hellmann International Forwar- ders (PTY) LTD. Artículo 2º.- Remitir el Informe de vistos y sus anexos a la Procuradora Pública del PROMUDEH para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 14689 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2000-PROMUDEH Mediante Oficio Nº 2432-2000-PROMUDEH/GGA, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu- ción Suprema Nº 111-2000-PROMUDEH, publicada en nuestra edición del día 19 de diciembre de 2000, en la página 196132. DICE: Señora NANCY SANGUINETTI BOGINO DEBE DECIR: Señora NANCY GRACIELA SANGUINETI BOGINO 14686