Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2000 (21/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Otorgan permiso a armadores para operar embarcacion pesquera en la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 284-2000-PE/DNE MORDAZA, 13 de diciembre del 2000 Visto el expediente de registro Nº CE-00184003 con escritos del 3 y 21 de MORDAZA, y 10 de agosto del 2000, presentados por el armador MORDAZA MORDAZA UCHOFEN; CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26920 se establece un regimen de excepcion para los armadores de embarcaciones pesqueras construidas de MORDAZA con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 que realizan faenas de pesca, el que exceptua de la autorizacion de incremento de flota a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca, y los faculta a solicitar directamente el permiso de pesca, estableciendose en su Reglamento y demas normas complementarias los plazos, terminos, condiciones y requisitos para su aplicacion; Que mediante los escritos del visto, el recurrente, en su condicion de copropietario, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "MI AGUSTIN" con matricula Nº PL3654-CM, de 35 m3 de capacidad de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, debiendose precisar que la capacidad de bodega que corresponde a la embarcacion mencionada es de 34.92 m3, calculado segun el arqueo neto de 8.06 consignado en su certificado de matricula; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 350-2000PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas complementarias, el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA UCHOFEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "MI AGUSTIN" con matricula Nº PL-3654CM, de 34.92 m3 de capacidad de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion queda sujeto a la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas complementarias, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion cuando la autoridad pesquera lo

determine, y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por los armadores pesqueros conforme a lo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 087-2000-PE o las normas que la modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 4º.- Incorporar a los armadores MORDAZA MORDAZA UCHOFEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MI AGUSTIN" con matricula Nº PL-3654-CM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 308-2000PE, excluyendolo del Anexo II. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 14625

Modifican la R.M. Nº 621-95-PE y aprueban cambio de nombre de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 285-2000-PE/DNE MORDAZA, 13 de diciembre del 2000 Visto el expediente de registro Nº 07551003 con escrito del 15 de noviembre del 2000, presentado por el armador MORDAZA ESTUARDO CAVENAGO REBAZA; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 621-95-PE del 6 de noviembre de 1995 modificada por Resolucion Directoral Nº 013-99-PE/DNE del 12 de enero de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al recurrente para operar la embarcacion pesquera denominada "ARGOS II" con matricula Nº CE-4500-CM, de 103.37 m3 de capacidad de bodega en aplicacion del Decreto Supremo Nº 01-97PE, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante el escrito del visto, el recurrente solicito la modificacion de la resolucion autoritativa citada, por cambio de nombre de la embarcacion conforme consta en el certificado compendioso de dominio presentado; la cual fue aprobada al estar sujeta a aprobacion automatica conforme a lo dispuesto por el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 379-2000-PE/ DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias y el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 501-98-PE, 505-98-PE y 307-2000-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, en aplicacion de la aprobacion automatica de la solicitud de cambio de nombre de la

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