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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2000 (22/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 182958 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de enero de 2000 rio, según la escala de sanciones que apruebe la Municipali- dad Distrital Competente. En caso de una nueva reinciden- cia en el plazo de un año, el permiso de operación será cancelado. Artículo 20º.- A la solicitud de la Municipalidad Distrital Competente, la Policía Nacional del Perú procederá a erradicar y poner a disposición de ésta, cualquier vehículo menor que se encuentre prestando Servicio Especial sin contar con la autoriza- ción respectiva, el que será liberado cuando se haya abonado la multa correspondiente que fijará dicha autoridad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Municipalidad Distrital Competente po- drá dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del Servicio Especial de acuerdo con las condiciones de su jurisdicción. Segunda.- La Municipalidad Distrital Competente esta- blecerá las medidas orientadas a incentivar la conformación de micro y pequeñas empresas operadoras del servicio de transporte especial de pasajeros en vehículos menores. Tercera.- Las licencias de conducir de vehículos menores, serán otorgadas por las Municipalidades Provinciales y tendrán validez a nivel nacional hasta el 31 de diciembre del año 2000. El Reglamento Nacional de Tránsito a que se refiere el Artículo 23º inciso a) de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establecerá el formato y características apli- cables a partir del 1 de enero del año 2001. 0894 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas Lima-Huancayo y Moque- gua-Toquepala RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2407-99-MTC/15.18 Lima, 9 de setiembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02587010, organiza- do por la empresa de transportes EXPRESO INTERNACIO- NAL ORMEÑO S.A., sobre concesión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Ca- rretera en Omnibus y el Informe Nº 617-99-MTC/ 15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO INTERNA- CIONAL ORMEÑO S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado otorgamiento de la concesión de la ruta: Lima - Huancayo y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 617-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, reco- mendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedimiento Administrativo aprobado por Decre- to Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRE- SO INTERNACIONAL ORMEÑO S.A., la concesión de ruta: LIMA - HUANCAYO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - HUANCAYO y Viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :HUANCAYO ITINERARIO :LIMA-LA OROYA-HUANCAYO ESCALA COMERCIAL :LA OROYA FRECUENCIAS :DOS DIARIASHORARIOS DE SALIDA :LIMA: 11.00 y 23.00 horas. HUANCAYO: 11.00 y 23.00 horas. FLOTA OPERATIVA :VG-3845 (1998), VG-3848 (1998), VG- 3849 (1998) y VG-3850 (1998) FLOTA DE RESERVA :VG-3851 (1998) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi- gentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 0814 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2878-99-MTC/15.18 Lima, 11 de noviembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 04512010, organiza- do por la empresa de transportes "EXPRESO INTERNACIO- NAL ORMEÑO" S.A., sobre Concesión de Ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Ca- rretera en Omnibus y el Informe Nº 820-99-MTC/ 15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes "EXPRESO INTERNA- CIONAL ORMEÑO" S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesión de la ruta: Moquegua - Toquepala y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 820-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se con- cluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su- premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes "EXPRE- SO INTERNACIONAL ORMEÑO" S.A., la concesión de ruta: MOQUEGUA - TOQUEPALA y viceversa, para prestar Ser- vicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :MOQUEGUA - TOQUEPALA y VICEVERSA ORIGEN :MOQUEGUA DESTINO :TOQUEPALA FRECUENCIAS :TRES DIARIAS HORARIOS DE SALIDA :DE MOQUEGUA: 9.00 - 11.00 - 13.00 HORAS DE AREQUIPA: 10.00 - 12.00 - 14.00 HORAS TIEMPO DE VIAJE :1 HORA APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :UQ-4194 (1992) FLOTA DE RESERVA :UQ-4195 (1992)