Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2000 (25/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 25 de enero de 2000

dias y una multa de 1.00 UIT. Si persistiera la infraccion se aplicara una clausura total del establecimiento. - Vendedor Ambulante en MORDAZA de formalizacion; 50% de la UIT. En caso de reincidencia se MORDAZA merecedor de un desalojo inmediato y definitivo de la MORDAZA, permaneciendo libre el area desocupada. 3) Los infractores incursos en el inciso g) se les impondra una multa equivalente a 30% de la UIT. En caso de reincidencia: - Local comercial; 75% de la UIT con clausura temporal por 30 dias. - Vendedor ambulante en MORDAZA de formalizacion; sera desalojado en forma inmediata y definitiva, permaneciendo libre el area desocupada. Articulo 9º. Sin perjuicio de la sancion senalada en el Articulo 8º de la presente Ordenanza, la Municipalidad de San MORDAZA de Porres denunciara ante el Ministerio Publico a los propietarios, administradores, representantes o conductores de los establecimientos comerciales y en general a toda persona que por accion u omision permita, ordene facilite o efectue el derrame o arrojo de residuos solidos (basura o desmonte) y/o vierta desechos liquidos en la via publica del distrito, y con especial interes en las calles de la MORDAZA declarada como de alto riesgo para la salud publica, incurriendo en el ilicito penal previsto y sancionado en el Articulo 304º y ss. del Codigo Penal, como delito contra la ecologia. Articulo 10º. De no efectuarse el pago de la multa impuesta dentro del plazo legal se procedera al cobro segun el procedimiento de cobranza coactiva, Ley Nº 26979. Articulo 11º. Encomendar a la Direccion de Servicios Comunales y la Direccion de Administracion Tributaria (SIAT) que en la MORDAZA de alto riesgo para la salud publica, programe y ejecute operativos intensivos, con apoyo de la Policia Nacional y personal suficiente, para garantizar el fiel cumplimiento de la Presente Ordenanza y se logre la recuperacion sanitaria, al dia siguiente de publicado en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera: En la presente Ordenanza se esta considerando tambien, como usuarios del servicio de limpieza al comercio informal (vendedores ambulantes) mientras dure el MORDAZA de formalizacion. Segunda: Encargar a la Direccion de Servicios Sociales a traves de la division de salud, que programe en la MORDAZA mencionada en el Articulo 2º, campanas intensivas de vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas en los establecimientos que los expenden, a partir del dia siguiente de publicado en el Diario Oficial, la presente Ordenanza. Tercera: Encargar a la Direccion de Servicios Sociales a traves de la division de salud, elabore un informe sobre otras zonas del distrito que pudieran presentar similares riesgos para la salud publica. Cuarta: En general, las prohibiciones e infracciones que se mencionan en la presente Ordenanza son de aplicacion de todo el distrito, pero con especial interes en la MORDAZA senalada en el Articulo 2º de la misma, hasta que, con la participacion de los propios vecinos deje de ser considerado como MORDAZA de alto riesgo para la salud. Quinta: La Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, fomentara la implementacion de servicios higienicos y banos publicos, tanto privados como municipales. Sexta: En aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 114º, incisos 1) y 3) de la Ley Nº 23853; la autoridad policial prestara el apoyo coordinara con la autoridad municipal para identificar a los infractores de la presente Ordenanza en concordancia con el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Pais. Septima: Facultar a la Senora Alcaldesa,para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias de la presente Ordenanza, en el distrito de San MORDAZA de Porres. Octava: Incorporar en el cuadro de infracciones y sanciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, los Articulos 7º y 8º de la presente Ordenanza. Novena: Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Servicios Comunales, Direccion de Servicios Sociales, Direccion de Participacion Vecinal y Direccion de Administracion Tributaria (SIAT), el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 0936

Sancionan con destitucion a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 023-2000-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 13 de enero de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES Visto, el Informe Final Nº 001-2000-CPPAD/MDSMP, de fecha 5-1-2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 1546-99-AL/ MDSMP, de fecha 3 de diciembre de 1999; modificada en forma personal el 9 de diciembre del mismo ano, se abrio MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el servidor MORDAZA MORDAZA Lagura Moloche de la Direccion de Servicios Sociales, por la presunta falta grave de caracter disciplinario, ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos, a partir del 8 de noviembre de 1999 al 23 de noviembre del mismo ano; Que, el referido servidor ha sido notificado en forma personal conforme se prueba en el cargo debidamente firmado que obra en el expediente; no habiendo cumplido con presentar su descargo correspondiente en el termino de Ley, subsistiendo los cargos que se le imputan, los mismos que se encuentran probados con los Informes Nº 38-99, de fecha 12 de noviembre de 1999, emitido por el encargado de Control de Personal Obrero e Informe Nº 1201-99-UP/MDSMP, de fecha 11 de noviembre de 1999, emitido por el Jefe de la Unidad de Personal, complementado con los Informes s/n -99-DECD/MDSMP, de fecha 11 de noviembre de 1999, emitido por el Jefe de la Division de Educacion Cultura; y Memorandum Nº 295-99-DSS/MDSMP, de fecha 18 de noviembre de 1999 emitido por la Directora de Servicios Sociales; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el plazo de ley, ha realizado la investigacion y examinado las pruebas que obran en el expediente administrativo, recomendando se le aplique la sancion disciplinaria de destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA Lagura Moloche, por la falta grave de caracter disciplinario - ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos, realizadas a partir del 8 de noviembre de 1999, al 23 de noviembre del mismo ano tipificado en el Art. 28º Inc. k) del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; y, Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y contando con las visaciones de la Direccion de Administracion de Recursos y Asesoria Juridica, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA LAGURA MOLOCHE de la Direccion de Servicios Sociales por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El servidor destituido no podra reingresar al servicio publico dentro de los cinco anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad con el Articulo 30º del D. Leg. Nº 276, modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 26488. Articulo Tercero.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion a la Direccion de Administracion de Recursos, a la Unidad de Personal, a la Oficina de Auditoria Interna y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad, y a la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1º Inc.) del D.S. Nº 74-95-PCM; y al interesado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 0887

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