Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2000 (28/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2000

g) Llevar a cabo acciones de capacitacion y supervision en las Oficinas PETT de Ejecucion Regional y Subregional, de acuerdo a los planes elaborados por la Direccion de Operaciones; h) Proponer y difundir las normas y especificaciones tecnicas para la conservacion y actualizacion del catastro rural; i) Investigar y formular propuestas tecnicas, metodos y procedimientos para la aplicacion de software actualizado en la elaboracion y mantenimiento de la cartografia digital; j) Efectuar el seguimiento y hacer cumplir las especificaciones tecnicas establecidas en cada una de las actividades cartograficas y catastrales para efectuar el saneamiento fisico de la propiedad rural; k) Organizar y conservar los archivos tecnicos documentarios relacionados con la actividad catastral; l) Todas las demas que le MORDAZA asignadas o delegadas por la Direccion de Operaciones o MORDAZA inherentes a su cargo. SUBCAPITULO II DE LA DIRECCION DE TITULACION Y SANEAMIENTO LEGAL DE PREDIOS RURALES Articulo 27º.- La Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales es el organo de linea que tiene a su cargo la planificacion, organizacion y conduccion del MORDAZA de titulacion de tierras y saneamiento legal de los predios rurales, con fines de inscripcion registral. Depende jerarquicamente de la Direccion de Operaciones. La Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales podra contar con las areas de Saneamiento Predial y, Archivo y Control de Titulos. Articulo 28º.- La Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales esta a cargo de un Director designado por Resolucion Suprema, a propuesta de la Presidencia del PETT. Es cargo de confianza. Articulo 29º.- Son funciones de la Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales las siguientes: a) Proponer a la Direccion de Operaciones normas legales y directivas relativas al ambito de su competencia; b) Planificar, organizar y conducir, a nivel nacional, el MORDAZA de titulacion y saneamiento legal de predios rurales; c) Efectuar el seguimiento y hacer cumplir la normatividad en el MORDAZA de titulacion de adjudicatarios y posesionarios que se lleva a cabo simultaneamente con la formacion del MORDAZA catastro; d) Asesorar y apoyar a las Oficinas PETT de Ejecucion Regional y Subregional en la aplicacion de las normas tecnicas y legales, asi como en la ejecucion de las acciones de titulacion y saneamiento legal de predios rurales; e) Llevar a cabo acciones de capacitacion y supervision en las Oficinas PETT de Ejecucion Regional y Subregional, de acuerdo a los planes elaborados por la Direccion de Operaciones; f) Absolver las consultas tecnico-legales en los asuntos de su competencia; g) Llevar a cabo la verificacion, clasificacion, organizacion, registro, control y archivamiento de los titulos, contratos y otros documentos que acreditan la propiedad de predios rurales, asi como de los expedientes remitidos para su custodia; h) Proporcionar informacion relativa a los documentos senalados en el inciso anterior y expedir copias certificadas; i) Todas las demas que le MORDAZA asignadas o delegadas por la Direccion de Operaciones o MORDAZA inherentes a su cargo. SUBCAPITULO III DE LA DIRECCION DE TIERRAS ERIAZAS Articulo 30º.- La Direccion de Tierras Eriazas es el organo de linea que tiene a su cargo la planificacion, organizacion y conduccion del MORDAZA de saneamiento fisico-legal de las tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado para su transferencia al sector privado. Depende jerarquicamente de la Direccion de Operaciones. La Direccion de Tierras Eriazas podra contar con las areas de Saneamiento Fisico, Saneamiento Legal y Archivo.

Articulo 31º.- La Direccion de Tierras Eriazas esta a cargo de un Director designado por Resolucion Suprema, a propuesta de la Presidencia del PETT. Es cargo de confianza. Articulo 32º.- Son funciones de la Direccion de Tierras Eriazas las siguientes: a) Formular las normas, especificaciones y recomendaciones tecnico-legales para el saneamiento fisico-legal de las tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado; b) Proponer a la Direccion de Operaciones normas legales y directivas relativas al ambito de su competencia; c) Planificar, organizar y conducir el MORDAZA de saneamiento fisico-legal de las tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado; d) Orientar, supervisar y apoyar a las Oficinas PETT de Ejecucion Regional y Subregional en la prosecucion del tramite de los expedientes sobre denuncios de tierras eriazas efectuados con arreglo a la normatividad anterior a la Ley Nº 26505 y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 010­97­AG; e) Emitir informe tecnico-legal respecto a los expedientes sobre denuncios de tierras eriazas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 010­97­AG. En este caso, una vez que la Direccion de Tierras Eriazas elabore el referido informe, remitira dichos expedientes, para su suscripcion, a la Direccion de Operaciones con el proyecto de resolucion correspondiente; f) Emitir informe tecnico-legal respecto a los denuncios de tierras eriazas que, reuniendo los requisitos senalados en el Decreto Supremo Nº 010­97­AG, no fueron considerados en el anexo que forma parte del citado dispositivo; g) Evaluar los contratos de adjudicacion de tierras eriazas otorgados para fines de irrigacion y/o drenaje y para otros usos agrarios, con arreglo a la normatividad anterior a la Ley Nº 26505, de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 435­97­AG; h) Llevar a cabo la identificacion de los terrenos eriazos con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado a que refiere el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 011-97 en coordinacion con el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; i) Poner en conocimiento de la Direccion de Operaciones las tierras eriazas determinadas como de libre disponibilidad del Estado, las que seran puestas a disposicion de la Comision de Promocion de la Inversion Privada ­ COPRI para su transferencia al sector privado mediante subasta publica; j) Absolver las consultas tecnico-legales en los asuntos de su competencia; k) Asesorar y apoyar a las Oficinas PETT de Ejecucion Regional y Subregional en la aplicacion de la normatividad y la ejecucion de las acciones relacionadas con el saneamiento fisico-legal de tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado; l) Llevar a cabo acciones de capacitacion y supervision en las Oficinas PETT de Ejecucion Regional y Subregional, de acuerdo a los planes elaborados por la Direccion de Operaciones; ll) Mantener actualizados, hasta su transferencia definitiva, los registros relativos al saneamiento fisico-legal de tierras eriazas con aptitud agropecuaria, en coordinacion con la Direccion de Catastro Rural; y, m) Todas las demas que le MORDAZA asignadas o delegadas por la Direccion de Operaciones o MORDAZA inherentes a su cargo. SUBCAPITULO IV DE LA DIRECCION DE COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS Articulo 33º.- La Direccion de Comunidades Campesinas y Nativas es el organo de linea que tiene a su cargo la planificacion, organizacion y conduccion del MORDAZA de titulacion y saneamiento fisico-legal de las Comunidades Campesinas y Nativas, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-99-AG y demas dispositivos legales que se expidan al respecto. Depende jerarquicamente de la Direccion de Operaciones. La Direccion de Comunidades Campesinas y Nativas podra contar con las areas de Saneamiento Fisico, Saneamiento Legal y Archivo. Articulo 34º.- La Direccion de Comunidades Campesinas y Nativas esta a cargo de un Director designado por

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