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Pág. 183133 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de enero de 2000 Designan asesores de la Dirección Eje- cutiva del PETT RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2000-AG Lima, 27 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 618-98-AG, del 11 de noviembre de 1998, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) comprendiendo la plaza de Asesor para la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 671-99- AG de fecha 26 de agosto de 1999 se encarga la mencio- nada plaza hasta el día 20 de agosto de 1999 al Dr. José Osorio Chuquillanqui; Que, la plaza a que se hace referencia en el primer considerando se encuentra vacante, razón por la cual resulta necesario designar al funcionario que ocupará la plaza contemplada en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha al Dr. José Luis Vílchez de los Ríos, como Asesor de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- El egreso que demande el pago de la remuneración y los demás beneficios que tenga recono- cidos el citado funcionario, serán abonados con cargo a los Recursos Ordinarios del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 1165 RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2000-AG Lima, 27 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 618-98-AG, del 11 de noviembre de 1998, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) comprendiendo la plaza de Asesor para la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 670-99- AG de fecha 26 de agosto de 1999 se encarga la mencio- nada plaza hasta el día 11 de agosto de 1999 a la licenciada Irene Suárez Quiroz; Que, la plaza a que se hace referencia en el primer considerando se encuentra vacante, razón por la cual resulta necesario designar al funcionario que ocupará la plaza contemplada en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha al CPC Vicente Ramos Guillén, como Asesor de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura.Artículo 2º.- El egreso que demande el pago de la remuneración y los demás beneficios que tenga recono- cidos el citado funcionario, serán abonados con cargo a los Recursos Ordinarios del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 1166 Modifican Reglamento Operativo del Fondo Revolvente de Apoyo al Sector Agrario RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0022-2000-AG Lima, 20 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos de Urgencia Nºs. 048-95 y 024-96 se facultó a los Consejos Transitorios de Adminis- tración Regional de cada una de las Regiones y a CORDE- LICA para que con los recursos con que contaban los FONDEAGROS Regionales o la Dependencia de COR- DELICA, y los provenientes de la recuperación de los créditos otorgados así como los que se originen de la monetización de los insumos agrícolas existentes, consti- tuyan en COFIDE un Fondo Revolvente de Apoyo al Sector Agrario - FRASA, para que sea intermediario a través de las empresas y entidades del Sistema Financie- ro Nacional con la supervisión del Ministerio de Agricul- tura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0380-96-AG se aprobó el Reglamento Operativo del FRASA, estable- ciéndose entre otros aspectos que los recursos deben ser depositados en la cuenta que COFIDE señale para ello tan pronto se moneticen y/o recuperen; Que, es conveniente incorporar como gastos dedu- cibles del FRASA, el pago de estudios especiales en las empresas y entidades del Sistema Financiero Nacional que estén orientados a perfeccionar el sistema de crédito en apoyo del sector rural. Que, en uso a la atribución conferida en el Art. 48º del Reglamento Operativo del FRASA, el Ministerio de Agri- cultura considera necesario proponer la modificación a dicho Reglamento, con el propósito de asegurar el logro de sus objetivos; incorporando un nuevo rubro de gasto deducible de los recursos FRASA; Con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 048-95 y Decreto de Urgencia Nº 024-96 y Artículo 48º del Reglamento Operativo aprobado por Resolución Ministerial Nº 0380-96-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Agregar al Artículo 50º del Reglamento Operativo del Fondo Revolvente de Apoyo al Sector Agra- rio, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0380-96-AG, el siguiente inciso: "f. Gastos para el pago de estudios especiales en las empresas del Sistema Financiero Nacional que estén orientados a perfeccionar el sistema de crédito en apoyo del sector rural". Artículo 2º.- En aplicación del Artículo 1º de la pre- sente Resolución Ministerial, con cargo a los recursos del FRASA, se aplicará los gastos que se deriven de la contra- tación de Auditorías, Consultorías y Estudios Especiales que sean encargados, y sustentados por la Comisión nombrada por Resolución Suprema Nº 657-99-PCM, pre- via aprobación del Ministerio de Agricultura.