Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2000 (28/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2000

autorizada por la DGTA para efectuar estudios, analisis tecnicos, pruebas, ensayos, reparaciones, revisiones, mantenimiento, fabricacion, alteraciones, modificaciones y/o reconstrucciones de aeronaves o sus componentes. "Hidroavion" : Aeroplano provisto de flotadores que le permite posarse y realizar operaciones de amaraje y despegue sobre el agua. "Sustancias psicoactivas": El alcohol, los opiaceos, los canabinoides, los sedativos e hipnoticos, la cocaina, otros psicoestimulantes, los alucinogenos y los disolventes volatiles, con exclusion del tabaco y la cafeina. "Tiempo de Servicio": Respecto a los registros de tiempo de mantenimiento significa: el tiempo desde el momento que una aeronave deja la superficie de la tierra hasta que la toca en el proximo punto de aterrizaje. 1.2 ABREVIATURAS Y SIMBOLOS "AOC" Certificado de Explotador de Servicios Aereos MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE AEREO REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU

(g) No se admitira el pintado de simbolos, numeros, leyendas u otras figuras que confundan o dificulten la identificacion de MORDAZA de matricula y nacionalidad de la aeronave. Seccion 45.37 Identificacion de la Nacionalidad con el Simbolo de la Bandera

Dado que la nacionalidad de una aeronave esta identificada por sus respectivas MORDAZA, los Explotadores Aereos nacionales deberan pintar la bandera peruana en un lugar visible en la cola de sus aeronaves o en el estabilizador, por ambos lados, sobre un rectangulo de 400 mm x 200 mm como minimo.. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE AEREO REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU R A P - 61 CERTIFICACION: PILOTOS E INSTRUCTORES DE VUELO SUBPARTE A: GENERALIDADES

RAP - 43 MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCION, ALTERACIONES Seccion 43.9 Contenido, Formulario y Disposicion de los Registros de Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo, Reconstruccion y Alteraciones 61.5 Licencias y Calificaciones emitidas bajo la RAP-61 (b) Nadie actuara como piloto al mando o copiloto de una aeronave, sino es titular de una Licencia con las habilitaciones siguientes (a excepcion del Alumno Piloto): (2) Habilitacion de clase, para aviones certificados para operaciones con un solo piloto: (iii) Monomotor Hidroavion. (iv) Multimotor Hidroavion. (3) Reservado (c) Esta Seccion no se aplica a personas que realicen inspecciones segun un Programa de Mantenimiento de Aeronavegabilidad, es decir, de acuerdo con las RAP 91, Seccion 135.411 (a) (1) y Seccion 135.419. Seccion 43.11 Contenido, Formularios, y Disposicion de los Registros de Inspecciones ejecutadas bajo las RAP 91, Seccion 135.411 (a)(1) y Seccion 135.419 SUBPARTE E: PILOTOS COMERCIALES

(excepto inspecciones ejecutadas de acuerdo con las RAP 91, Seccion 135.411 (a)(1) y Seccion 135.419).

61.127 Instruccion de Vuelo (a) Aviones (11) Operaciones desde, hacia y en MORDAZA por aerodromos controlados, cumplimiento de los procedimientos de los servicios de MORDAZA aereo, procedimientos y fraseologia de comunicacion radiotelefonica. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE AEREO REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU R A P - 63 LICENCIAS DE TRIPULANTES DE VUELO Y OTROS QUE NO MORDAZA PILOTOS SUBPARTE B: INGENIERO DE VUELO

(a) Asiento de los Registros de Mantenimiento La persona que aprueba o desaprueba el retorno al servicio de una aeronave, estructura de aeronave, motor de aeronave, helice, accesorios o parte componente despues de cualquier inspeccion ejecutada de acuerdo con las RAP 91, Seccion 135.411 (a) (1) o Seccion 135.419 debera realizar un asentamiento en el Registro de Mantenimiento de ese equipamiento, el que debe contener la siguiente informacion: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE AEREO REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU RAP - 45 IDENTIFICACION DE PRODUCTOS, MORDAZA DE NACIONALIDAD Y MATRICULA DE AERONAVE 45.35 Generalidades Todo Operador de una aeronave matriculada en el Registro Nacional de Aeronaves del Peru, cumplira las Reglas que se enuncian a continuacion:

63.37 Requisitos en experiencia Aeronautica (b) El postulante para una Licencia de Ingeniero de Vuelo, debe presentar evidencia satisfactoria de uno de los siguientes requisitos: (6) Por lo menos 100 horas de tiempo de vuelo como Ingeniero de vuelo, bajo la supervision de un Instructor de Vuelo de Ingenieros de Vuelo calificado en el avion, de los cuales no mas de 50 horas podran ser efectuadas en un simulador. APENDICE D: REQUISITOS DEL CURSO DE CAPACITACION INICIAL PARA TRIPULANTES AUXILIARES (TT/AA)

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