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Pág. 183395 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de febrero de 2000 OFICINAS REGISTRALES REGIONALES Anexo de resolución que aprobó Di- rectiva sobre evaluación y selección de personal de la Oficina Registral Regional Región Arequipa ANEXO - RESOLUCION JEFATURAL Nº 205-99-ORRA-JEF (La resolución de la referencia fue publicada en nuestra edición del día 25 de enero de 2000, en la página 183015). OFICINA REGISTRAL AREQUIPA DIRECTIVA Nº 06-99/ORRA-JEF DIRECTIVA DE EVALUACION Y SELECCION DE PERSONAL OFICINA REGISTRAL REGIONAL REGION AREQUIPA I GENERALIDADES 1.1 OBJETIVO Establecer normas y procedimientos que regulen los procesos de evaluación, selección y nombramiento de perso- nal para cubrir las plazas administrativas y registrales del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Oficina Registral Regional Región Arequipa, así como para efectuar contratos de trabajo a modalidad sin cubrir plazas del Cua- dro para Asignación de Personal de la institución. No están comprendidos en la presente Directiva los funcionarios de cargos de confianza, ni el Auditor, ni los Registradores Públicos, ni los miembros de la segunda ins- tancia administrativa registral de la Oficina Registral Regio- nal Región Arequipa. 1.2 BASE LEGAL Y ADMINISTRATIVA - Decreto Supremo Nº 002-97-TR de fecha 21 de marzo de 1997, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 "Ley de Formación y Promoción Laboral". - Decreto Supremo Nº 003-97-TR de fecha 21 de marzo de 1997, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 "Ley de Productividad y Competitividad Laboral". 1.3 MODALIDAD DE SELECCION Y CONTRATACION DE PERSONAL El procedimiento de evaluación y selección de personal a que se refiere la presente Directiva se aplica para cubrir todas las plazas previstas en el Cuadro para Asignación de Personal de la Oficina Registral Regional Región Arequipa, salvo los casos señalados en el párrafo final del punto 1.1, así como para la celebración de contratos temporales de trabajo, bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley. 1.4 VIGENCIA La presente Directiva entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2000. II DE LA CONVOCATORIA A CONCURSO PU- BLICO DE MERITOS PARA LA EVALUACION Y SELECCION DE PERSONAL 2.1 La convocatoria a Concurso Público de Méritos para la evaluación y selección de personal se efectuará por Reso- lución de la Jefatura Regional, previo requerimiento escrito de la Gerencia de Administración y Finanzas, sea cual fuere la plaza a cubrir o la naturaleza de contrato de trabajo a modalidad, según sea el caso. 2.2 El requerimiento de convocatoria a Concurso Público de Méritos debe encontrarse debidamente sustentado por la Gerencia de Administración y Finanzas, acreditándose nece- sariamente los siguientes aspectos: a) Que exista plaza vacante en el Cuadro para Asignación de Personal, cuando se pretenda cubrir una plaza mediante nombramiento.b) Que exista necesidad operativa impostergable para la realización del proceso de evaluación y selección de personal. c) Que exista disponibilidad presupuestaria. 2.3 La Resolución de convocatoria debe señalar el núme- ro del Concurso Público de Méritos que identifica el proceso de evaluación y selección correspondiente. Asimismo, debe aprobar el cronograma de ejecución del Concurso Público de Méritos, fijando la fecha de inscripción de postulantes, fechas de los exámenes respectivos y, asimismo, ordenará la publi- cación de la convocatoria y del resultado final en un Diario de circulación local. Las publicaciones de las demás etapas del Concurso se efectuarán sólo en el local de la Oficina Registral Regional Región Arequipa. III DE LA EVALUACION Y SELECCION DE PER- SONAL 3.1 El proceso de evaluación y selección de personal está a cargo de un Jurado Calificador, el mismo que, para todos los casos, se integra de la siguiente manera: - El Jefe Regional o un representante que él designe, quien actuará como Presidente. - El Gerente de Administración y Finanzas o un represen- tante que él designe, quien actuará como secretario. - El Gerente Legal o un representante que él designe. Asimismo, puede participar, con voz pero sin voto, un representante del área a que corresponda la plaza a cubrirse o donde deba desarrollarse las labores del contrato de trabajo a modalidad, según corresponda. 3.2 El Jurado Calificador a que se refiere el artículo precedente, tendrá como principal responsabilidad la orga- nización, supervisión y/o ejecución del proceso de evaluación y selección de personal. 3.3. Los exámenes o pruebas consideradas para la selec- ción de personal serán las siguientes: a) Prueba de conocimientos. b) Examen psicológico y/o psicotécnico. c) Calificación del Currículum Vitae, y d) Entrevista personal. Estas pruebas tendrán carácter confidencial y serán entregadas a la Presidencia del Jurado Calificador, la que será responsable de su custodia hasta el momento de su evaluación. Estas pruebas deben estar orientadas a la visión integral de la persona, de sus capacidades básicas, de sus valores y consideración personal, aptitud y capacidad de aprender, cualidades de integración y orientación a largo plazo. La prueba de conocimientos, la calificación del Currículum Vitae y la entrevista personal tienen carácter eliminatorio. 3.4 Para los exámenes y pruebas se determinarán los criterios de evaluación en función a los perfiles a las plazas a cubrir. El Jurado Calificador tiene plena autonomía para decidir los criterios a aplicarse en cada caso. 3.5 El Jurado Calificador se encarga de elaborar la prueba de conocimientos que consiste en exámenes teóricos y prácticos que sirven para valorar aspectos de conocimiento de singular importancia en el desempeño de las tareas inherentes al cargo o labor que es materia del Concurso respectivo. 3.6 En la etapa de la prueba psicológica y/o psicotécnica se hará una evaluación de las habilidades y potencialidades del individuo, así como de su capacidad en relación a los requerimientos del puesto y las posibilidades del futuro desarrollo. Asimismo, esta prueba servirá para medir la capacidad del individuo de trabajar en equipo, autoestima y la capacidad para aprender y adaptarse al puesto de trabajo. El resultado de esta prueba tiene un valor referencial no vinculante para el Jurado Calificador. 3.7 El Jurado Calificador establece, en caso, los criterios que se aplican en la evaluación curricular. 3.8 La entrevista personal sirve para evaluar la capaci- dad del postulante, observar aptitudes, valores, conductas, entre otros aspectos. IV DE LOS REQUISITOS DE LOS POSTULANTES 4.1 Todo postulante debe presentar al inicio del proceso de evaluación y selección de personal un currículum vitae, copia simple de su documento de identidad personal y una declaración jurada relativa a los siguientes aspectos: a) Carecer de antecedentes sobre sanción por falta admi- nistrativa disciplinaria. b) Carecer de antecedentes judiciales, penales y policia- les y no tener proceso abierto por determinación de respon- sabilidades. c) No mantener proceso judicial pendiente con el Estado, por razones funcionales con carácter preexistente a su nomi- nación.