Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2000 (02/02/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 183378

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2000

servicios publicos a los que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y un anexo que forman parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, BIPER EXPRESS S.A.C. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1288

contractuales con el Poder Judicial se autoatribuyo arbitrariamente la calidad profesional de Arquitecta, debido a que el ex Jefe del Area de Infraestructura, Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le otorgo tal tratamiento desde la invitacion para presentar su propuesta economica, hechos que configuran la presunta comision del delito de simulacion de cargo o funcion; Que, el delito MORDAZA indicado esta tipificado en el Articulo 362º del Codigo Penal, el mismo que senala que quien, publicamente, se arroga grado academico, titulo profesional u MORDAZA que no le corresponden, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no mayor de un ano o con prestacion de servicio comunitario de diez a veinte jornadas; Que, por tales consideraciones, el aludido Informe senala que el Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Area de Infraestructura, al haber otorgado el tratamiento de arquitecta a una persona que no tenia el titulo profesional correspondiente, incurrio en responsabilidad administrativa y en presunta responsabilidad penal; Que, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA al haberse arrogado en sus relaciones contractuales con el Poder Judicial la calidad de Arquitecta, habria cometido presuntamente el delito mencionado en los considerandos anteriores; En uso de las funciones y atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en defensa y representacion del Estado, promueva las acciones judiciales pertinentes, contra el Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de conformidad con lo senalado en el Informe del Visto y la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, remitiendosele los antecedentes respectivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 1325

PODER JUDICIAL
Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de perjuicio ocasionado durante ejecucion de contrato de obra en Edificio MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 062-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 1 de febrero de 2000 VISTO: El Informe Nº 021-99-PJ-SE-OIG, de 30 de diciembre de 1999, emitido por la Oficina de Inspectoria General; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Inspectoria General ha desarrollado un "Examen Especial a los Trabajos de Acondicionamiento y Otros en el Edificio MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex MEF", luego de efectuado el cual se ha emitido el Informe Nº 021-99-PJSE-OIG; Que, en el referido Informe se ha concluido que los pagos efectuados por la ex Gerencia Ejecutiva de Proyectos a favor de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA por una suma total de catorce mil soles (S/. 14 000,00) se efectuaron de manera indebida por el trabajo no ejecutado en los terminos y plazos establecidos en las Clausulas Tercera y Cuarta del contrato de Servicios Nº 13-96, del 2 de octubre de 1996; Que, por tales consideraciones, el aludido Informe senala que los pagos efectuados fueron solicitados por el Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Area de Infraestructura, lo que deriva en responsabilidad administrativa y civil de la referida persona, por el perjuicio economico ocasionado al Poder Judicial; Que, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA no cumplio con entregar los trabajos para los que fue contratada de acuerdo con los terminos en que fueron estipulados ni dentro de los plazos senalados, por lo que el pago efectuado en su favor resulta irregular; Que, toda vez que se ha producido un perjuicio economico en desmedro del patrimonio del Poder Judicial, es necesario que se busque las formas de reparar el dano irrogado a la Institucion, por lo que la persona que autorizo la realizacion del pago resulta ser la mas indicada para efectuar la devolucion del dinero indebidamente pagado; Que, asimismo, en el Informe de Visto se ha concluido que la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sus relaciones

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Precisan alcances de resolucion referida a la suspension de actividades jurisdiccionales por motivo de vacaciones de magistrados y personal del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1086-CME-PJ MORDAZA, 27 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546, modificada, ampliada y prorrogada con las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un periodo de excepcion, las funciones de gobierno y gestion de este Poder del Estado; Que, por Resolucion Administrativa Nº 1082-CME-PJ, se aprobo las normas relacionadas con la suspension de actividades jurisdiccionales por razon de vacaciones, siendo necesario precisar sus alcances; En uso a las facultades conferidas por las Leyes mencionadas en el primer considerando, la Resolucion Administrativa Nº 018-CME-PJ y su modificatoria Resolucion Administrativa Nº 032-CME-PJ, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, y estando a lo acordado en la sesion de la fecha;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.