Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2000 (23/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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4.- Que sus vehiculos menores MORDAZA conducidos por personas autorizadas portando la respectiva Licencia de Conducir y su Credencial de Conductor, Certificado de Operacion y documento que acredite contar con la Poliza de Seguro correspondiente. 5.- Mantener vigente las Polizas de Seguro. 6.- Suministrar al Registro de Personas Juridicas o Naturales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA la informacion actualizada del servicio de transporte en vehiculos menores que presta, los mismos que consisten en: a) Toda modificacion que altere la informacion contenida en la Resolucion de Circulacion y el Certificado de Operacion correspondiente. b) El retiro total de prestacion del servicio, procediendo a la devolucion de los Certificados de Operacion emitidos, previa comunicacion del hecho a la Municipalidad Distrital con una anticipacion no menor de 15 dias calendario, generandose con ello automaticamente la cancelacion de la Resolucion de Circulacion. c) El retiro de servicio de las unidades autorizadas, procediendo a la devolucion del Certificado de Operacion emitidos, previa comunicacion del hecho a la Autoridad Municipal con una anticipacion de 15 dias calendario, generandose la Cancelacion automatica del Certificado de Operacion. d) Toda transaccion de venta o transferencia onerosa o gratuita del derecho de propiedad del vehiculo del servicio, devolviendo el Certificado de Operacion emitido. e) Los reemplazos de los vehiculos y conductores autorizados, de acuerdo a las disposiciones que emanen de la Municipalidad de MORDAZA Anita. f) Los cambios de domicilio legal que efectue. 7.- Mantener y controlar adecuadamente los paraderos autorizados. 8.- Verificar el estricto cumplimiento de los programas de capacitacion de conductores que disponga la Municipalidad de MORDAZA Anita. 9.- Cumplir con la constatacion de caracteristicas anual realizada por la Municipalidad, hasta que se implemente la revision tecnica. 10.- Mantener en buen estado de MORDAZA, funcionamiento y seguridad los vehiculos menores. 11.- Uniformizar su flota de acuerdo con las disposiciones que al respecto dicte la Municipalidad de MORDAZA Anita. 12.- Para el otorgamiento de las autorizaciones respectivas, la persona juridica o natural debera haber regularizado la Tarjeta de Propiedad del vehiculo menor e inscribirlo en el Registro de Propiedad Vehicular correspondiente al nombre del solicitante. 13.- La persona juridica o natural efectuara el pago indicado en el Articulo 4º de la presente Ordenanza, dentro de los 5 (cinco) dias utiles siguientes a la finalizacion del mes al que corresponda el pago, vencido el cual se aplicaran los recargos respectivos. Al realizar el pago, la persona juridica o natural presentara la relacion de todas sus unidades autorizadas a operar, especificando a cuales de ellas corresponden los aportes, segun el formato de pago entregado por la Municipalidad. En caso de incumplimiento del pago anteriormente mencionado, se adoptaran las siguientes medidas: a) Si del analisis del record de pagos de la persona juridica o natural se aprecia, que por una o mas de sus unidades no se han efectuado pagos hasta por tres meses, estas seran suspendidas del servicio por un periodo de 6 (seis) meses, no pudiendo reemplazarla por otras unidades. b) Si la falta de pago correspondiente a una o mas unidades, alcanzara a 6 meses, la suspension de las unidades sera definitiva, perdiendo la persona juridica o natural todo derecho a la autorizacion concedida a las mismas para prestar servicio, no pudiendo sustituirlas

por otras unidades, perdiendo asi el cupo por igual numero que el de las unidades inhabilitadas. Articulo 7º.- Obligaciones del conductor que presta servicio de Transporte en Vehiculos Menores.- El conductor que presta servicio de Transporte en Vehiculos Menores se obliga a : 1.- Contar con licencia de conducir expedida por una Municipalidad Provincial del territorio de la Republica o por la autoridad competente. 2.- Prestar el servicio de transporte cuidando su apariencia e higiene personal y uniformarse distintivamente de acuerdo a las disposiciones que al respecto establezca la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. 3.- No movilizar por ningun motivo a mas de tres pasajeros por servicio. 4.- Mantener los vehiculos limpios y en correcto funcionamiento; no fumar, ingerir alimentos o bebidas mientras se presta el servicio; tratar a los pasajeros en forma cortes; velar por la seguridad y los efectos personales de los mismos. 5.- Llevar consigo la licencia de conducir, las Autorizaciones Municipales respectivas, el documento que acredite contar con la Poliza de Seguro, y conservar en buen estado los signos identificatorios del vehiculo menor autorizado. 6.- Revisar permanentemente las condiciones de seguridad del vehiculo, utilizar la MORDAZA y/o vias de trabajo autorizados para el traslado de sus pasajeros, completar el servicio para el cual fue contratado, salvo desperfectos del vehiculo, en cuyo caso debera procurar que otros vehiculos menores completen el servicio. 7.- Prestar el servicio en las zonas y/o vias autorizados, encontrandose prohibido de prestar el servicio por carreteras, vias expresas colectoras y arteriales. Excepcionalmente los transportistas en vehiculos menores podran cruzar las carreteras, vias arteriales y colectoras por intersecciones semaforizadas o que cuenten con Direccion Policial. 8.- Los conductores no podran hacer uso de equipos de sonido que moleste a los vecinos en los paraderos, ni al pasajero cuando la unidad se encuentre en circulacion, asi mismo, que impida escuchar las ordenes emitidas por las autoridades Municipales y Policiales. 9.- No llevar pasajeros en la parte delantera del vehiculo menor (costado del asiento del conductor). Articulo 8º.- Obligaciones del pasajero.- Los pasajeros, usuarios del servicio de transporte en vehiculos menores, estan obligados a pagar el precio acordado por el servicio contratado. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 9º.- Obligacion del tramite de la Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion y Credencial de Conductor.- Las personas juridicas o naturales que prestan el servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores, estan obligadas a tramitar ante la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA la Resolucion de Circulacion, los Certificados de Operacion y las Credenciales de los Conductores, sin las cuales no podran prestar el servicio. Articulo 10º.- Plazo para expedir la Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion y Credencial de Conductor.- La Municipal de MORDAZA MORDAZA debera expedir las autorizaciones referidas en el articulo anterior en un plazo no mayor de 15 dias utiles. Si en dicho plazo no se formula observaciones o no se expide la autorizacion, la persona juridica o natural interesada podra considerar que su solicitud ha sido denegada e interponer los recursos que considere pertinentes. Articulo 11º.- Requisitos necesarios para solicitar la Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion y Credencial del Conductor.Para obtener la Resolucion de Circulacion, Certificado

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